I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-15756)
Real Decreto 782/2022, de 27 de septiembre, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 499/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233
Miércoles 28 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 133033
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 782/2022, de 27 de septiembre, por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto
499/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real
Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura
de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su
organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.
El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Trabajo y Economía Social como
Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de empleo, economía social y responsabilidad social de las empresas. A
continuación, el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, estableció, en el
artículo 8, la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social
determinando sus órganos superiores y directivos hasta el nivel de dirección general, a
tenor de lo previsto en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. Finalmente, el Real Decreto 499/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía
Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se
establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y
se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo, abordó la
necesidad de detallar la estructura del Departamento.
Enmarcadas como las competencias del Ministerio de Trabajo y Economía Social se
encuentran: El diseño de las políticas públicas de impulso y promoción de la Economía
Social, así como el diseño, gestión y seguimiento de estrategias y programas de difusión
y fomento de la Economía Social. Estas áreas están íntimamente ligadas con el
desarrollo de un modelo productivo que ponga en el centro a las personas y no deje a
nadie atrás. En este sentido, cada vez son más los actores que reconocen la trayectoria
de la Economía Social y su enorme potencial para generar riqueza de manera
innovadora y sostenible, económica, social y medioambientalmente; manteniendo y
generando empleo estable; tejiendo cohesión social y desarrollo inclusivo; contribuyendo
a vertebrar el territorio y demostrando que la eficacia económica no es tal si no tiene
impacto social.
El cuidado de las personas y del entorno en el que se desarrollan, así como la
participación de las entidades de la Economía Social en este ecosistema, ha venido
siendo una cadena de valor tradicional que requiere de adaptaciones e innovaciones
para una prestación del servicio más eficaz y cercano, así como para adaptarse a las
nuevas formas de prestación y exigencias del mercado.
Esta es la tendencia acogida por instrumentos estratégicos internacionales de tanto
calado como el Plan de Acción Europeo de la Economía Social, aprobado en diciembre
de 2021, y que sienta las bases para el desarrollo futuro de este modelo empresarial en
el continente. En el mismo sentido se orienta la recomendación de la OCDE sobre
Economía Social y Solidaria e Innovación Social y en las recomendaciones y
conclusiones sobre Trabajo Decente y Economía Social y Solidaria aprobadas de
manera consensuada en la 110.ª Conferencia Internacional de la OIT, ambas de 10 de
junio de 2022.
cve: BOE-A-2022-15756
Verificable en https://www.boe.es
15756
Núm. 233
Miércoles 28 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 133033
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 782/2022, de 27 de septiembre, por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto
499/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real
Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura
de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su
organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.
El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Trabajo y Economía Social como
Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de empleo, economía social y responsabilidad social de las empresas. A
continuación, el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, estableció, en el
artículo 8, la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social
determinando sus órganos superiores y directivos hasta el nivel de dirección general, a
tenor de lo previsto en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. Finalmente, el Real Decreto 499/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía
Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se
establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y
se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo, abordó la
necesidad de detallar la estructura del Departamento.
Enmarcadas como las competencias del Ministerio de Trabajo y Economía Social se
encuentran: El diseño de las políticas públicas de impulso y promoción de la Economía
Social, así como el diseño, gestión y seguimiento de estrategias y programas de difusión
y fomento de la Economía Social. Estas áreas están íntimamente ligadas con el
desarrollo de un modelo productivo que ponga en el centro a las personas y no deje a
nadie atrás. En este sentido, cada vez son más los actores que reconocen la trayectoria
de la Economía Social y su enorme potencial para generar riqueza de manera
innovadora y sostenible, económica, social y medioambientalmente; manteniendo y
generando empleo estable; tejiendo cohesión social y desarrollo inclusivo; contribuyendo
a vertebrar el territorio y demostrando que la eficacia económica no es tal si no tiene
impacto social.
El cuidado de las personas y del entorno en el que se desarrollan, así como la
participación de las entidades de la Economía Social en este ecosistema, ha venido
siendo una cadena de valor tradicional que requiere de adaptaciones e innovaciones
para una prestación del servicio más eficaz y cercano, así como para adaptarse a las
nuevas formas de prestación y exigencias del mercado.
Esta es la tendencia acogida por instrumentos estratégicos internacionales de tanto
calado como el Plan de Acción Europeo de la Economía Social, aprobado en diciembre
de 2021, y que sienta las bases para el desarrollo futuro de este modelo empresarial en
el continente. En el mismo sentido se orienta la recomendación de la OCDE sobre
Economía Social y Solidaria e Innovación Social y en las recomendaciones y
conclusiones sobre Trabajo Decente y Economía Social y Solidaria aprobadas de
manera consensuada en la 110.ª Conferencia Internacional de la OIT, ambas de 10 de
junio de 2022.
cve: BOE-A-2022-15756
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