III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15745)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Compañía de Distribución Integral Logista, SAU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232
Martes 27 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132846
Las respuestas profesionales a las dificultades, problemas o imprevistos que se
puedan plantear en su desempeño profesional son normalmente respuestas que
previamente han de ser conocidas o aprendidas entre un abanico limitado.
El nivel de autonomía se halla enmarcado dentro de procedimientos de trabajo
conocidos que pueden y deben solucionar los posibles problemas que se puedan
plantear. Dicho nivel de autonomía está encuadrado dentro de esas directrices que
pueden ser variadas, si bien han de ser supervisadas con posterioridad.
Requisitos exigidos para estar encuadrado en este nivel:
Estar en posesión del título de Graduado Escolar o del título de E.S.O.
Haber realizado el Curso Básico de Seguridad e Higiene de 30 horas, el de Manejo y
manipulación de cargas y uno optativo de los siguientes:
Primeros auxilios.
Prevención de incendios.
Artículo 36. Grupo profesional de administración.
Definición del grupo:
Las funciones profesionales que realizan las personas trabajadoras de Logista, SAU
y que se encuadran dentro de este grupo profesional son aquellas vinculadas a tareas de
carácter administrativo de acuerdo con directrices, procedimientos y procesos definidos
que se orientan al aseguramiento de un adecuado y correcto tratamiento y control de la
información.
Funciones generales:
Gestiones vinculadas a los procesos administrativos propios de la organización.
Introducción y gestión de datos en los correspondientes sistemas informáticos.
Realización de análisis y estadísticas.
Realización de documentos e informes.
Tareas de archivo.
Atención telefónica.
Servicio a clientes.
Recepción.
Nivel 1:
Conocimiento a nivel usuario de ofimática: tratamiento de texto, hoja de cálculo,
presentaciones, correo electrónico.
Se valorarán los conocimientos de idiomas.
Nivel 2:
Las funciones profesionales del nivel 2 se refieren a actividades vinculadas a
procesos administrativos especializados disponiendo de normas y procedimientos que
cve: BOE-A-2022-15745
Verificable en https://www.boe.es
Las funciones profesionales propias de este nivel son aquellas que desarrollan
actividades vinculadas a procesos administrativos, bajo supervisión directa, disponiendo
de normas y procedimientos que permiten el desarrollo de los procesos administrativos.
Son puestos que se enfrentan a problemas en donde las normativas y procedimientos
ejercen una fuerte influencia para su resolución pero no proporcionan todas las
respuestas adecuadas, por lo que realiza tareas de apoyo a sus superiores dentro de su
ámbito de actuación para que estos puedan encontrar alternativas y adoptar la solución
adecuada.
El menor conocimiento de los sistemas y medios de trabajo pueden hacer necesario
una mayor información, formación y/o supervisión.
Requisitos de acceso a nivel 1:
Núm. 232
Martes 27 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132846
Las respuestas profesionales a las dificultades, problemas o imprevistos que se
puedan plantear en su desempeño profesional son normalmente respuestas que
previamente han de ser conocidas o aprendidas entre un abanico limitado.
El nivel de autonomía se halla enmarcado dentro de procedimientos de trabajo
conocidos que pueden y deben solucionar los posibles problemas que se puedan
plantear. Dicho nivel de autonomía está encuadrado dentro de esas directrices que
pueden ser variadas, si bien han de ser supervisadas con posterioridad.
Requisitos exigidos para estar encuadrado en este nivel:
Estar en posesión del título de Graduado Escolar o del título de E.S.O.
Haber realizado el Curso Básico de Seguridad e Higiene de 30 horas, el de Manejo y
manipulación de cargas y uno optativo de los siguientes:
Primeros auxilios.
Prevención de incendios.
Artículo 36. Grupo profesional de administración.
Definición del grupo:
Las funciones profesionales que realizan las personas trabajadoras de Logista, SAU
y que se encuadran dentro de este grupo profesional son aquellas vinculadas a tareas de
carácter administrativo de acuerdo con directrices, procedimientos y procesos definidos
que se orientan al aseguramiento de un adecuado y correcto tratamiento y control de la
información.
Funciones generales:
Gestiones vinculadas a los procesos administrativos propios de la organización.
Introducción y gestión de datos en los correspondientes sistemas informáticos.
Realización de análisis y estadísticas.
Realización de documentos e informes.
Tareas de archivo.
Atención telefónica.
Servicio a clientes.
Recepción.
Nivel 1:
Conocimiento a nivel usuario de ofimática: tratamiento de texto, hoja de cálculo,
presentaciones, correo electrónico.
Se valorarán los conocimientos de idiomas.
Nivel 2:
Las funciones profesionales del nivel 2 se refieren a actividades vinculadas a
procesos administrativos especializados disponiendo de normas y procedimientos que
cve: BOE-A-2022-15745
Verificable en https://www.boe.es
Las funciones profesionales propias de este nivel son aquellas que desarrollan
actividades vinculadas a procesos administrativos, bajo supervisión directa, disponiendo
de normas y procedimientos que permiten el desarrollo de los procesos administrativos.
Son puestos que se enfrentan a problemas en donde las normativas y procedimientos
ejercen una fuerte influencia para su resolución pero no proporcionan todas las
respuestas adecuadas, por lo que realiza tareas de apoyo a sus superiores dentro de su
ámbito de actuación para que estos puedan encontrar alternativas y adoptar la solución
adecuada.
El menor conocimiento de los sistemas y medios de trabajo pueden hacer necesario
una mayor información, formación y/o supervisión.
Requisitos de acceso a nivel 1: