III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15684)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018.
117 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131977

Interior (PERI-2) aprobado en 2016, en aplicación del PGOU de Lorca. Se trata de una promoción
de iniciativa privada en cuatro parcelas colindantes en el centro urbano para las que a la fecha de
finalización de los trabajos de fiscalización todavía no se habían recibido los programas de actuación
de los promotores. Según la documentación facilitada, la ejecución de esta promoción permitiría la
construcción de 158 viviendas.
Por otra parte, el Ayuntamiento de Lorca tampoco ha realizado actuaciones para el fomento del
alquiler privado, limitándose las mismas a la información y asistencia a los ciudadanos en relación
con las líneas de ayuda estatales o autonómicos vigentes en el periodo.
Sin perjuicio de este contexto general, en el periodo 2015-2019 destaca una actuación municipal
para la promoción de viviendas protegidas en la reconstrucción del barrio de San Fernando que,
como se ha indicado, tuvo que ser demolido a consecuencia de los graves daños originados por el
terremoto de 2011. Además, el Ayuntamiento de Lorca realiza otras actuaciones en materia de
vivienda dirigidas, fundamentalmente, a los colectivos en riesgo de exclusión social.
En los siguientes subepígrafes se exponen los resultados de estas actuaciones municipales.
Actuación municipal para la reconstrucción del barrio de San Fernando
El barrio de San Fernando fue uno de los más afectados por el terremoto de 2011. Estaba
constituido por 232 viviendas, distribuidas en 15 bloques de edificios de 5 plantas en el que
habitaban 660 personas, que quedaron en estados de ruina inminente13 o técnica. Todos los bloques
fueron demolidos por el Ayuntamiento, financiándose la operación con cargo a los fondos del RDL
6/2011, en los casos de peligro de derrumbe por ruina inminente, o con las ayudas recibidas por los
propietarios privados, en los casos de ruina técnica.
El 25 de marzo de 2014 se aprobó el Plan Especial de Renovación Urbana del Barrio de San
Fernando, mediante Resolución de la Directora General de Territorio y Vivienda de la Consejería
de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, lo que permitió la construcción de viviendas en la
promoción denominada Nuevo San Fernando.
Para ejecutar el proyecto de reconstrucción, en 2015 el Ayuntamiento expropió 78 de las 232 cuotas de
propiedad14, motivando la actuación en el incumplimiento de la función social prevista para el solar;
además, se alcanzó un acuerdo con el resto de los propietarios para la reconstrucción del barrio por el
sistema de cooperación entre el Ayuntamiento de Lorca, la CARM y la asociación de propietarios del
barrio del que resultó un reparto de 59, 19 y 154 viviendas, respectivamente. En correspondencia con
esta distribución se asignaron los locales y garajes construidos en la promoción.

Los expedientes de declaración de ruina fueron iniciados mediante Resolución del Teniente Alcalde Delegado de
Urbanismo, que solicitó la emisión de los correspondientes informes la Policía Local y a los Servicios Técnicos
Municipales. Corresponde a los Servicios Técnicos de la Dirección General de Territorio y Vivienda de la CARM la
valoración de los daños existentes, procediendo a la declaración del estado de ruina cuando estos no son reparables, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 224 RDL 1/2005 de 10 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Suelo de la Región de Murcia. En base a estos informes se ordenó la demolición de los edificios declarados en estado
de ruina.
14

La JGLl aprobó el 15 de mayo de 2015 la "Moción de la Alcaldía relativa a la expropiación por incumplimiento de la función
social en el Barrio de San Fernando", asumiendo el Ayuntamiento la financiación de las expropiaciones para la reconstrucción
que fueran necesarias. El 28 de septiembre de 2015, previo trámite de audiencia, se acordó por el Pleno del Ayuntamiento la
aprobación inicial de la expropiación de 78 cuotas de propiedad ubicadas en el Barrio de San Fernando.

cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es

13