III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15684)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Gráfico 7.

Sec. III. Pág. 131947

Mapa de las pedanías del municipio de Lorca

Fuente: Ayuntamiento de Lorca

I.6.

RENDICIÓN DE CUENTAS

Las tres entidades analizadas han remitido al Tribunal de Cuentas la cuenta general del ejercicio
2018 en la que se integran las cuentas de sus entidades dependientes. Los Ayuntamientos de
Murcia y Cartagena rindieron sus cuentas en plazo, mientras que el Ayuntamiento de Lorca lo hizo
el 17 de octubre de 2019, excediéndose en dos días del plazo máximo establecido por el artículo
223.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRH).

cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es

La sujeción al régimen de contabilidad pública establecida legalmente para las entidades locales en
el artículo 114 de la LRBRL, desarrollada en el capítulo III, Título VI del TRLRHL, supone la
obligación de rendir cuentas de sus operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, al Tribunal de
Cuentas, según establece el artículo 201 de dicho Texto Refundido. En iguales términos se
manifiesta la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del
modelo normal de contabilidad local, vigente en el ejercicio 2018.