III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15684)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018.
117 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131935

-

El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, aprobado mediante Ley Orgánica 4/1982,
de 9 de junio, que recoge en su artículo 10. Uno.2 la competencia de esta Comunidad
Autónoma para la ordenación del territorio y del litoral, el urbanismo y la vivienda, de
conformidad con la previsión contenida en el artículo 148.1.3º de la CE.

-

La Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia (LVRM). La Sección
Segunda del Título V –Medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la
vivienda y la pobreza energética– fue introducida por la Ley 10/2016, de 7 de junio, de la
Región de Murcia.

-

La Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de
Murcia (LOTURM).

A continuación, se expone el régimen jurídico en relación con los distintos aspectos de la materia
fiscalizada:
Principios rectores de la política de vivienda en la Región de Murcia
La política de vivienda en la Región de Murcia se rige por los principios rectores recogidos en el
artículo 4 de la LVRM, clasificados en principios de orden social, medioambiental y administrativo.
Estos principios son los siguientes:
a) Los principios de orden social se vinculan, fundamentalmente, al artículo 47 de la CE, por
cuanto que la política de vivienda y de las actuaciones de los poderes públicos se dirigirán
promover e impulsar las acciones necesarias para que todos los ciudadanos de la Región de
Murcia tengan acceso a una vivienda digna y adecuada y, especialmente, las personas que
tengan mayor dificultad económica y los grupos de población de características sociales o
circunstancias específicas que los hagan más vulnerables.
b) En el orden medioambiental, la política de vivienda habrá de regirse, entre otros, por los
principios de sostenibilidad medioambiental y de integración de la vivienda con el entorno.
c) Entre los principios de orden administrativo destacan el desarrollo y ejecución de una
planificación de la política de vivienda que atienda las necesidades reales de los ciudadanos,
y la facilitación de la coordinación, cooperación y colaboración entre las administraciones y
con los agentes privados.

La promoción y gestión de vivienda pública constituye una competencia propia de los municipios
reconocida por el artículo 25 de la LRBRL, si bien esta atribución no recae en exclusividad sobre
los Ayuntamientos de la Región de Murcia, dado que el artículo 5 de la LVRM atribuye a la
Comunidad Autónoma la competencia para el “fomento y la promoción de la construcción de
viviendas protegidas que sean necesarias en función de la demanda, con el fin de contribuir a
garantizar la efectividad del derecho a la vivienda”.
En sentido contrario, la asunción de estas competencias de fomento y promoción de la construcción
de viviendas protegidas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) no excluye a
los ayuntamientos del ejercicio de la competencia de promoción y gestión de vivienda pública,
atribuida por el artículo 25.2.a) de la LRBRL. En este sentido, el artículo 5 de la LVRM, en su
apartado 2, establece que, para el ejercicio de la competencia señalada, la Administración de la

cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es

Reparto de competencias entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y las
entidades locales