III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15684)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132037
IV. RECOMENDACIONES
A la vista de lo expuesto a lo largo de este proyecto de Informe, y con la finalidad de contribuir a
superar las debilidades y deficiencias puestas de manifiesto y a mejorar los procedimientos en
relación con la competencia de promoción y gestión de la vivienda de protección pública, así como
favorecer el acceso a la vivienda a los colectivos más desfavorecidos, se formulan las siguientes
recomendaciones:
1. Se recomienda la colaboración y cooperación entre los tres niveles de la Administración
española ⎯estatal, autonómico y local⎯ para el diseño e implantación de políticas públicas que
favorezcan el desarrollo de planes de alquiler de viviendas públicas y privadas, y se incentive la
salida al mercado de viviendas desocupadas.
2. El Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia debería establecer mecanismos
de cooperación y coordinación con los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma y, en
especial, de Murcia, Cartagena y Lorca para conseguir una mayor eficacia y eficiencia en sus
respectivas intervenciones en materia de vivienda, facilitando el intercambio de la información
que opera en los registros de demandantes de vivienda operativos en cada una de estas
entidades, así como en relación con los bienes que integran los patrimonios públicos del suelo
y con los planes de vivienda de protección pública.
3. Los Ayuntamientos fiscalizados y la CARM deberían continuar y culminar los trabajos de
regularización de las viviendas sociales, identificar las situaciones de ocupación irregular y
solventarlas.
En relación con las viviendas públicas de la CARM que gestionan los Ayuntamientos de Murcia,
Cartagena y Lorca, deberían formalizarse los correspondientes convenios que determinen las
respectivas responsabilidades y obligaciones en el mantenimiento y conservación de las
viviendas.
4. Se recomienda a los ayuntamientos que realicen análisis de las necesidades habitacionales de
su municipio, de forma que sea posible la elaboración de planes de vivienda dotados con
asignación suficiente de recursos personales y presupuestarios e indicadores que permitan
medir los resultados obtenidos.
5. Los Ayuntamientos deberían coordinar las actuaciones de los servicios encargados de la gestión
del patrimonio y de la contabilidad, a los efectos de que cualquier acto con incidencia patrimonial
formalmente adoptado sea conocido por al área de la contabilidad y adecuadamente registrado,
garantizando la homogeneidad entre el inventario de bienes y derechos y la contabilidad.
6. El Ayuntamiento de Lorca debería analizar la suficiencia y adecuación de las dotaciones de
medios personales, técnicos y organizativos de los servicios encargados de la gestión del
inventario general, de forma que sea posible acometer su revisión y actualización, identificar los
bienes que integran el patrimonio municipal del suelo y proceder a su constitución.
7. En un contexto en el que no se están desarrollando promociones públicas de vivienda protegida,
los Ayuntamientos de Murcia y Cartagena deberían valorar la oportunidad de la continuidad de
cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es
Además, y por lo que se refiere propiamente al patrimonio público del suelo, se deberían
establecer los mecanismos necesarios para realizar un adecuado seguimiento y control de los
bienes y recursos que lo integran, con el fin de garantizar su afectación a las finalidades
previstas en la normativa.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132037
IV. RECOMENDACIONES
A la vista de lo expuesto a lo largo de este proyecto de Informe, y con la finalidad de contribuir a
superar las debilidades y deficiencias puestas de manifiesto y a mejorar los procedimientos en
relación con la competencia de promoción y gestión de la vivienda de protección pública, así como
favorecer el acceso a la vivienda a los colectivos más desfavorecidos, se formulan las siguientes
recomendaciones:
1. Se recomienda la colaboración y cooperación entre los tres niveles de la Administración
española ⎯estatal, autonómico y local⎯ para el diseño e implantación de políticas públicas que
favorezcan el desarrollo de planes de alquiler de viviendas públicas y privadas, y se incentive la
salida al mercado de viviendas desocupadas.
2. El Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia debería establecer mecanismos
de cooperación y coordinación con los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma y, en
especial, de Murcia, Cartagena y Lorca para conseguir una mayor eficacia y eficiencia en sus
respectivas intervenciones en materia de vivienda, facilitando el intercambio de la información
que opera en los registros de demandantes de vivienda operativos en cada una de estas
entidades, así como en relación con los bienes que integran los patrimonios públicos del suelo
y con los planes de vivienda de protección pública.
3. Los Ayuntamientos fiscalizados y la CARM deberían continuar y culminar los trabajos de
regularización de las viviendas sociales, identificar las situaciones de ocupación irregular y
solventarlas.
En relación con las viviendas públicas de la CARM que gestionan los Ayuntamientos de Murcia,
Cartagena y Lorca, deberían formalizarse los correspondientes convenios que determinen las
respectivas responsabilidades y obligaciones en el mantenimiento y conservación de las
viviendas.
4. Se recomienda a los ayuntamientos que realicen análisis de las necesidades habitacionales de
su municipio, de forma que sea posible la elaboración de planes de vivienda dotados con
asignación suficiente de recursos personales y presupuestarios e indicadores que permitan
medir los resultados obtenidos.
5. Los Ayuntamientos deberían coordinar las actuaciones de los servicios encargados de la gestión
del patrimonio y de la contabilidad, a los efectos de que cualquier acto con incidencia patrimonial
formalmente adoptado sea conocido por al área de la contabilidad y adecuadamente registrado,
garantizando la homogeneidad entre el inventario de bienes y derechos y la contabilidad.
6. El Ayuntamiento de Lorca debería analizar la suficiencia y adecuación de las dotaciones de
medios personales, técnicos y organizativos de los servicios encargados de la gestión del
inventario general, de forma que sea posible acometer su revisión y actualización, identificar los
bienes que integran el patrimonio municipal del suelo y proceder a su constitución.
7. En un contexto en el que no se están desarrollando promociones públicas de vivienda protegida,
los Ayuntamientos de Murcia y Cartagena deberían valorar la oportunidad de la continuidad de
cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es
Además, y por lo que se refiere propiamente al patrimonio público del suelo, se deberían
establecer los mecanismos necesarios para realizar un adecuado seguimiento y control de los
bienes y recursos que lo integran, con el fin de garantizar su afectación a las finalidades
previstas en la normativa.