III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15686)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132201
ANEXO 1
ESTRUCTURA DE LOS DATOS DE PERSONAL RECIBIDOS Y AJUSTES
REALIZADOS
En el curso de la fiscalización el MAUC aportó la información de la nómina abonada en noviembre
de 2019 que, en términos agregados, contenía los registros que se detallan en el gráfico:
Ilustración 1: Estructura de los datos aportados por el MAUC en la nómina de
noviembre de 2019.
Total
5.872 personas
En el
interior
1.291
En el exterior
4.581
Mujeres
2.134
Hombres
2.139
N.D. 308
Mujeres
567
Hombres
724
N.D. No se dispone de información.
En esta fiscalización, para el cálculo de la brecha salarial, no se tiene en cuenta al personal
contratado en el exterior no sujeto al convenio único de la AGE. Este personal suele estar contratado
según las normativas y retribuciones del país en el que se realiza la contratación, por lo que no es
comparable con el personal que se retribuye de acuerdo con las regulaciones españolas. Al aplicar
este criterio, no se incorporaron a los datos analizados 3.393 personas destinadas todas en el
exterior. Los datos aportados no informaban del sexo de 308 personas.
Ilustración 2: Personal laboral excluido para el cálculo de las brechas salariales
Personal laboral en el
exterior no convenio
(3.393)
En el exterior
(3.393)
Hombres
(1.369)
Desconocido
(308)
Tampoco se incorporaron a los datos que sirvieron de base a los análisis realizados en el marco de
la fiscalización a las personas a las que el MAUC sólo abona trienios (45 personas) o personas
cve: BOE-A-2022-15686
Verificable en https://www.boe.es
Mujeres
(1.716)
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132201
ANEXO 1
ESTRUCTURA DE LOS DATOS DE PERSONAL RECIBIDOS Y AJUSTES
REALIZADOS
En el curso de la fiscalización el MAUC aportó la información de la nómina abonada en noviembre
de 2019 que, en términos agregados, contenía los registros que se detallan en el gráfico:
Ilustración 1: Estructura de los datos aportados por el MAUC en la nómina de
noviembre de 2019.
Total
5.872 personas
En el
interior
1.291
En el exterior
4.581
Mujeres
2.134
Hombres
2.139
N.D. 308
Mujeres
567
Hombres
724
N.D. No se dispone de información.
En esta fiscalización, para el cálculo de la brecha salarial, no se tiene en cuenta al personal
contratado en el exterior no sujeto al convenio único de la AGE. Este personal suele estar contratado
según las normativas y retribuciones del país en el que se realiza la contratación, por lo que no es
comparable con el personal que se retribuye de acuerdo con las regulaciones españolas. Al aplicar
este criterio, no se incorporaron a los datos analizados 3.393 personas destinadas todas en el
exterior. Los datos aportados no informaban del sexo de 308 personas.
Ilustración 2: Personal laboral excluido para el cálculo de las brechas salariales
Personal laboral en el
exterior no convenio
(3.393)
En el exterior
(3.393)
Hombres
(1.369)
Desconocido
(308)
Tampoco se incorporaron a los datos que sirvieron de base a los análisis realizados en el marco de
la fiscalización a las personas a las que el MAUC sólo abona trienios (45 personas) o personas
cve: BOE-A-2022-15686
Verificable en https://www.boe.es
Mujeres
(1.716)