III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15686)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132199
6.- Se recomienda planificar e implementar una estrategia de comunicación y de formación que
permita transmitir al personal del MAUC y en particular al personal de la CD, no sólo
conocimientos sobre igualdad de género, sino también información fiable y periódica sobre la
situación de las mujeres en el seno del ministerio. Asimismo, en el caso de que el ministerio
estableciese una estrategia explícita tendente a equilibrar la posición de las mujeres en puestos
directivos o en determinados destinos, sugerimos que considere desarrollar una estrategia de
comunicación interna para facilitar su conocimiento e implementación por parte de todos los
actores involucrados.
IV.2. RECOMENDACIONES DIRIGIDAS AL MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y
FUNCIÓN PÚBLICA36
7.- Sería aconsejable que se valorase la adopción de instrucciones acerca del contenido mínimo
de los informes previstos en la LOI 3/2007 y que los departamentos ministeriales han de rendir
periódicamente, así como el establecimiento de un calendario de remisión y, en su caso, de
publicación37.
8.- Se recomienda que se publique regularmente información estadística que permita realizar un
seguimiento efectivo de la situación de la mujer en la AGE con datos desagregados que permitan
conocer la presencia de mujeres en los diferentes entes por niveles de complemento de destino
y grupos profesionales. Asimismo, se sugiere que se estudie la publicación periódica de
información sobre la brecha salarial en la AGE, así como la adopción de medidas que refuercen
la transparencia salarial.
9.- Se recomienda que se valore la incorporación en los planes de captación del talento de la AGE
de estrategias singularizadas para fomentar la participación de mujeres en los procesos
selectivos de los cuerpos funcionariales en los que se han encontrado históricamente
infrarrepresentadas.
Madrid, 27 de julio de 2021
LA PRESIDENTA
36
El MPTFP alegó que el III Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la AGE aprobado por Acuerdo del Consejo
de Ministros de 9 de diciembre de 2020 y publicado en el BOE de 1 de enero de 2021 contenía medidas que se
correspondían con las recomendaciones contenidas en este informe y dirigidas a este ministerio. Sin perjuicio de que más
adelante se discuta la interpretación realizada por el MPTFP de una de ellas, el hecho de que estas recomendaciones
puedan ser coincidentes con algunos contenidos del III Plan, no les restan validez, ya que el Plan acaba de ser aprobado
y aún no ha sido implementado.
37 El MPTFP alegó que en el Eje 1 del III Plan de Igualdad de la AGE se prevé un fortalecimiento de las Unidades de
Igualdad de los departamentos ministeriales. Sin embargo, esa medida no guarda relación con el contenido de la
recomendación.
cve: BOE-A-2022-15686
Verificable en https://www.boe.es
María José de la Fuente y de la Calle
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132199
6.- Se recomienda planificar e implementar una estrategia de comunicación y de formación que
permita transmitir al personal del MAUC y en particular al personal de la CD, no sólo
conocimientos sobre igualdad de género, sino también información fiable y periódica sobre la
situación de las mujeres en el seno del ministerio. Asimismo, en el caso de que el ministerio
estableciese una estrategia explícita tendente a equilibrar la posición de las mujeres en puestos
directivos o en determinados destinos, sugerimos que considere desarrollar una estrategia de
comunicación interna para facilitar su conocimiento e implementación por parte de todos los
actores involucrados.
IV.2. RECOMENDACIONES DIRIGIDAS AL MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y
FUNCIÓN PÚBLICA36
7.- Sería aconsejable que se valorase la adopción de instrucciones acerca del contenido mínimo
de los informes previstos en la LOI 3/2007 y que los departamentos ministeriales han de rendir
periódicamente, así como el establecimiento de un calendario de remisión y, en su caso, de
publicación37.
8.- Se recomienda que se publique regularmente información estadística que permita realizar un
seguimiento efectivo de la situación de la mujer en la AGE con datos desagregados que permitan
conocer la presencia de mujeres en los diferentes entes por niveles de complemento de destino
y grupos profesionales. Asimismo, se sugiere que se estudie la publicación periódica de
información sobre la brecha salarial en la AGE, así como la adopción de medidas que refuercen
la transparencia salarial.
9.- Se recomienda que se valore la incorporación en los planes de captación del talento de la AGE
de estrategias singularizadas para fomentar la participación de mujeres en los procesos
selectivos de los cuerpos funcionariales en los que se han encontrado históricamente
infrarrepresentadas.
Madrid, 27 de julio de 2021
LA PRESIDENTA
36
El MPTFP alegó que el III Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la AGE aprobado por Acuerdo del Consejo
de Ministros de 9 de diciembre de 2020 y publicado en el BOE de 1 de enero de 2021 contenía medidas que se
correspondían con las recomendaciones contenidas en este informe y dirigidas a este ministerio. Sin perjuicio de que más
adelante se discuta la interpretación realizada por el MPTFP de una de ellas, el hecho de que estas recomendaciones
puedan ser coincidentes con algunos contenidos del III Plan, no les restan validez, ya que el Plan acaba de ser aprobado
y aún no ha sido implementado.
37 El MPTFP alegó que en el Eje 1 del III Plan de Igualdad de la AGE se prevé un fortalecimiento de las Unidades de
Igualdad de los departamentos ministeriales. Sin embargo, esa medida no guarda relación con el contenido de la
recomendación.
cve: BOE-A-2022-15686
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María José de la Fuente y de la Calle