III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15683)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Mancomunidad de Los Alcores para la gestión de los residuos sólidos urbanos, ejercicios 2017 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131885

reconocidos a 31 de diciembre de cada ejercicio los créditos aprobados por el Ayuntamiento de
Mairena del Alcor en sus respectivos presupuestos anuales en las aplicaciones presupuestarias
correspondientes y no los importes que correspondería reconocer para que la aportación del
Ayuntamiento financie el coste del servicio que recibe.
II.7.2 Recogida selectiva
La Mancomunidad de los Alcores lleva a cabo la prestación de forma directa del servicio de recogida
selectiva de papel, cartón, vidrio y envases a los municipios de Alcalá de Guadaíra, Carmona,
Mairena del Alcor y El Viso del Alcor.
El servicio se financia con el precio público de gestión de recogida selectiva de papel, cartón, vidrio
y envases en el ámbito de la Mancomunidad y, la parte del coste no cubierto por éstos, mediante
aportaciones de los ayuntamientos mancomunados calculadas en función de su número de
habitantes.
La ordenanza fiscal de la Mancomunidad de los Alcores reguladora, entre otros, del precio público
por la prestación del servicio de recogida selectiva de papel, cartón, vidrio y envases publicada en
el BOP de Sevilla de 14 de febrero de 2014, establece que la cuota tributaria referente a los precios
públicos de gestión de la recogida de papel, cartón, vidrio y envases es la derivada de los siguientes
convenios:


Recogida selectiva de papel-cartón y envases: Según convenio con ECOEMBES.



Recogida selectiva de vidrio: Según convenio con ECOVIDRIO.

Este precio público fue determinado sin la elaboración del estudio de costes preceptivo para
determinar que el precio público establecido cubriese el coste del servicio, circunstancia que fue
advertida por informe de la secretaria interventora.
La prestación del servicio de recogida selectiva de vidrio se regula a través de la adhesión a un
Convenio de Colaboración con ECOVIDRIO de 24 de noviembre de 2016 y la prestación de los
servicios de recogida selectiva de papel cartón y envases se regula a través de Convenio marco de
colaboración con ECOEMBES al que la Mancomunidad se adhirió el 17 de noviembre de 2016.
De acuerdo con los estudios de costes elaborados por la entidad, el coste del servicio de recogida
selectiva ha sido de 734.918,02 euros en 2017 y de 727.182,45 en 2018. Sin embargo, el precio
público satisfecho por las entidades convenidas ascendió a 558.838,95 euros en 2017 y 564.696,50
euros en 2018, que no cubren la totalidad del coste del servicio, tal y como exige el artículo 44
TRLRHL, por lo que este servicio se financia en la parte no cubierta por el precio público mediante
aportaciones de los ayuntamientos receptores del servicio.

Estas aportaciones ascendieron a 176.079,07 euros en 2017 y 162.485,94 en 2018, con la siguiente
distribución por ayuntamientos: Alcalá de Guadaíra 90.516,18 euros en 2017 y 83.445,08 en 2018;
Carmona 34.395,81 euros en 2017 y 31.734,32 euros en 2018; Mairena del Alcor 27.986,67 euros
en 2017 y 26.027,25 en 2018 y El Viso del Alcor 23.180,41 euros en 2017 y 21.279,29 en 2018.

cve: BOE-A-2022-15683
Verificable en https://www.boe.es

La ausencia de una memoria económico-financiera que justificara el importe del precio público y
garantizase un adecuado grado de cobertura de la prestación de servicio ha permitido que los costes
económicos originados por esta prestación no fuesen cubiertos por el importe de este precio público,
como preceptúa el artículo 44 del TRLRHL en desarrollo del artículo 25 de la Ley 8/1989, de 13 de
abril, de Tasas y Precios Públicos, conllevando la realización de aportaciones económicas por los
Ayuntamientos para la prestación de servicios que deberían ser cubiertos por el precio público.