III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15681)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131564

III. OTRAS DISPOSICIONES

CORTES GENERALES
15681

Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de
obras públicas paralizadas en las entidades locales de la Región de Murcia.

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 28 de junio de 2022, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de
obras públicas paralizadas en las entidades locales de la región de Murcia, acuerda:

– Destinar los medios necesarios para dotarse de inventarios de bienes, instrumento
fundamental para el control y la gestión de su patrimonio, poniendo especial atención a
que contengan toda la información necesaria debidamente actualizada.
– Disponer de sistemas informáticos de registro y control de los inventarios
debidamente integrados con los de contabilidad de forma que los registros contables de
las operaciones con repercusión patrimonial se reflejen automáticamente en los
inventarios.
– Establecer procedimientos de control sobre la situación registral de sus inmuebles,
de forma que se detecten y se rectifiquen las omisiones de inscripción en el Registro de
la Propiedad.
– Revisar los procedimientos de registro contable de las inversiones en inmuebles y,
en su caso, las dotaciones a la amortización de estos bienes, de forma que los saldos de
las correspondientes rúbricas del inmovilizado representen la imagen fiel de esta masa
patrimonial.
– Que las incorporaciones de los inmuebles al patrimonio municipal formen parte de
un proyecto en el que estén debidamente determinadas las necesidades públicas a
satisfacer, los medios que se van a emplear y los plazos de ejecución de las actuaciones
previstas para que estos bienes entren en funcionamiento.
– Adoptar medidas para poner en funcionamiento, enajenar o modificar la situación
de los inmuebles titularidad de los ayuntamientos, que actualmente están sin uso, de
forma que no se prolongue aún más en el tiempo la inmovilización de los recursos
empleados y la depreciación de los bienes.
– Que los contratos de arrendamiento de inmuebles, en los casos de entidades que
disponen de inmuebles sin uso de su titularidad, vayan precedidos de los estudios
suficientes para analizar si los inmuebles disponibles podrían destinarse a las funciones
previstas en los que se prevé arrendar, evaluando los posibles costes de adaptación de
los inmuebles existentes en relación con el precio de los alquileres, de forma que se
permita adoptar las decisiones más eficientes.
– Establecer protocolos de revisión del contenido de sus portales de transparencia,
para que la información que ponen a disposición de los ciudadanos esté
permanentemente actualizada.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de junio de 2022.–El Presidente de la
Comisión, Santos Cerdán León.–El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel
Alonso Jiménez.

cve: BOE-A-2022-15681
Verificable en https://www.boe.es

1. Instar a las administraciones competentes a asumir el contenido del informe, sus
conclusiones y recomendaciones.
2. Instar a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a: