III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15682)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de inmuebles en los que no se desarrolla ninguna actividad y de obras públicas paralizadas en las entidades locales de Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131745

Comunidad Europea, realizando sobre el edificio actuaciones cuyo coste ascendió a 657.677,12
euros.
El edificio estuvo en uso hasta que el Ayuntamiento acordó el cese de la prestación del servicio
por la supresión de la obligatoriedad al amparo del Real Decreto Ley 7/1996, poniendo de
manifiesto el Ayuntamiento desconocer la fecha exacta en la que el inmueble dejó de utilizarse.
Durante el periodo fiscalizado el recinto ha sido utilizado para el almacenaje de los contenedores
usados en el municipio para la recogida de residuos, uso que se ha mantenido hasta la
finalización de las actuaciones fiscalizadoras, sin que existiese previsión específica de utilizar el
inmueble para otras finalidades.
De acuerdo con la información aportada por el Ayuntamiento, el inmueble se encontraba en buen
estado y no se llevaron a cabo durante el periodo fiscalizado actuaciones de mantenimiento y
conservación ni otras obras de acondicionamiento, mejora o renovación. Tampoco se efectuaron
otras actuaciones destinadas a obtener rendimiento económico del inmueble. Asimismo, el
Ayuntamiento indicó la inexistencia de robos u otros actos de vandalismo durante el periodo, a
pesar de no contar el inmueble con una vigilancia específica.
El inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad y figura en el Inventario de bienes
del Ayuntamiento como un bien patrimonial. El valor asignado en el inventario ascendía a
609.437,79 euros, importe de su construcción, sin que contenga una valoración actualizada por
las obras posteriores realizadas. Asimismo, en el inventario no se identifica la situación de falta de
uso del inmueble.
Además, no consta registrado en el inmovilizado material del balance de situación del
Ayuntamiento al cierre de los ejercicios 2017 y 2018 (ámbito temporal de la fiscalización) poniendo
de manifiesto el Ayuntamiento la ausencia de conciliación y coherencia entre los saldos contables
y la valoración del inventario de bienes. A continuación se muestra una imagen del inmueble
durante los trabajos de fiscalización.

Fuente: Fotografía obtenida durante los trabajos de fiscalización

cve: BOE-A-2022-15682
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Imagen 15: Antiguo matadero municipal de Guadalajara