III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-15694)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Transportes y Movilidad, por la que se publican Convenios de colaboración para la gestión de las subvenciones dentro del programa de eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132542
En virtud de la representación que ostentan, y reconociéndose mutuamente plena
capacidad para actuar y suscribir el presente Convenio,
EXPONEN
1. Que, de conformidad con lo establecido en el número 3 del apartado noveno de
la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias, se
delega en el titular de la Secretaría General de Transportes y Movilidad, en su ámbito
funcional, el ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye al titular
del Departamento en materia de subvenciones y ayudas cuando se supere el límite
establecido en el número 2 del apartado primero de la citada Orden.
2. Que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece
en su artículo 12 que los órganos concedentes de subvenciones pueden servirse de
entidades colaboradoras para la gestión de aquéllas, pudiendo ejercer tales funciones
las personas jurídicas privadas que reúnan las condiciones de solvencia y eficacia que
se establezcan.
3. Que la Orden TMA/391/2022 de 26 de abril, aprueba y convoca el procedimiento
de selección de entidades colaboradoras para la gestión de las subvenciones del ecoincentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito
ambiental y socioeconómico en el marco del PRTR. Asimismo, designa como órgano
competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones a la
Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
4. Que finalizado el procedimiento de selección, la entidad Brittany Ferries Bilbao
S.L. reúne los requisitos establecidos para ser entidad colaboradora en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, en las bases reguladoras y en la convocatoria, y ha sido designada
en la «Orden TMA/821/2022, de 22 de agosto, por la que se resuelve la concesión de la
condición de entidad colaboradora dentro del programa de eco-incentivo para el impulso
del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia» publicada en el
BOE el 26 de agosto de 2022.
5. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 16.1 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, se formalizará un convenio de colaboración entre el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y las entidades colaboradoras seleccionadas
en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por éstas.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, y con la finalidad de mejorar la eficiencia
de la gestión de las subvenciones reguladas en la presente orden, se suscribe el
presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer los términos de la colaboración entre el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de la Secretaria General
de Transportes y Movilidad, y la entidad colaboradora Brittany Ferries Bilbao S.L., para
que actuando en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos
relacionados con las subvenciones previstas en la presente orden, colabore en la gestión
de las subvenciones sin que se produzca la previa entrega y distribución de los fondos
recibidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
cve: BOE-A-2022-15694
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132542
En virtud de la representación que ostentan, y reconociéndose mutuamente plena
capacidad para actuar y suscribir el presente Convenio,
EXPONEN
1. Que, de conformidad con lo establecido en el número 3 del apartado noveno de
la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias, se
delega en el titular de la Secretaría General de Transportes y Movilidad, en su ámbito
funcional, el ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye al titular
del Departamento en materia de subvenciones y ayudas cuando se supere el límite
establecido en el número 2 del apartado primero de la citada Orden.
2. Que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece
en su artículo 12 que los órganos concedentes de subvenciones pueden servirse de
entidades colaboradoras para la gestión de aquéllas, pudiendo ejercer tales funciones
las personas jurídicas privadas que reúnan las condiciones de solvencia y eficacia que
se establezcan.
3. Que la Orden TMA/391/2022 de 26 de abril, aprueba y convoca el procedimiento
de selección de entidades colaboradoras para la gestión de las subvenciones del ecoincentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito
ambiental y socioeconómico en el marco del PRTR. Asimismo, designa como órgano
competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones a la
Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
4. Que finalizado el procedimiento de selección, la entidad Brittany Ferries Bilbao
S.L. reúne los requisitos establecidos para ser entidad colaboradora en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, en las bases reguladoras y en la convocatoria, y ha sido designada
en la «Orden TMA/821/2022, de 22 de agosto, por la que se resuelve la concesión de la
condición de entidad colaboradora dentro del programa de eco-incentivo para el impulso
del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia» publicada en el
BOE el 26 de agosto de 2022.
5. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 16.1 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, se formalizará un convenio de colaboración entre el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y las entidades colaboradoras seleccionadas
en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por éstas.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, y con la finalidad de mejorar la eficiencia
de la gestión de las subvenciones reguladas en la presente orden, se suscribe el
presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer los términos de la colaboración entre el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de la Secretaria General
de Transportes y Movilidad, y la entidad colaboradora Brittany Ferries Bilbao S.L., para
que actuando en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos
relacionados con las subvenciones previstas en la presente orden, colabore en la gestión
de las subvenciones sin que se produzca la previa entrega y distribución de los fondos
recibidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
cve: BOE-A-2022-15694
Verificable en https://www.boe.es
Primera.