III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-15570)
Resolución 420/38368/2022, de 16 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la impartición y desarrollo de prácticas externas por parte de los alumnos matriculados en el Máster en Psicología General Sanitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Sábado 24 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131241

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

El presente convenio tendrá como finalidad completar la formación práctica de los
estudiantes matriculados en el Máster de Psicología General Sanitaria impartido por la
Universidad Rey Juan Carlos (URJC) mediante la realización de prácticas académicas
externas en el Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla«, Centro Sanitario de Vida y
Esperanza, en Madrid (HCDGU-CSVE).
Segunda.

Aportaciones del Ministerio de Defensa.

1. El Ministerio de Defensa (MINISDEF) a través del HCDGU-CSVE, se
compromete a llevar a cabo los cometidos que le corresponden para la realización de la
actividad académica formativa complementaria de los alumnos designados de la URJC,
asumida en este convenio, que se concretará seguidamente.
2. El responsable del HCDGU-CSVE realizará los cometidos siguientes:
a) Concretar el número máximo de plazas para 1.º y 2.º del Máster Universitario de
Psicología General Sanitaria de la URJC que puedan concurrir a las prácticas y los
adscribirá a la estructura de la organización en la que puedan conocer y aplicar los
aspectos prácticos de su formación junto a los profesionales en ejercicio.
b) Fijar el proyecto formativo del estudiante, de común acuerdo con la URJC.
c) Informar al estudiante sobre la organización interna, funcionamiento y normativa
sobre seguridad y prevención de riesgos laborales del HCDGU-CSVE.
d) Designar los profesores-tutores de prácticas, encargados de acoger a los
estudiantes y organizar su actividad, de común acuerdo con el profesor-tutor académico
que participará en el proceso de Garantía de Calidad del Programa de Prácticas,
mediante la contestación a un cuestionario sobre el desarrollo de las mismas.
e) Prestar ayuda y asistencia al estudiante durante su estancia en prácticas.
f) Elaborar los informes preceptivos con la evaluación del rendimiento y el
aprovechamiento de las prácticas por parte del estudiante, según modelos facilitados por
la URJC, que serán sometidos al profesor-tutor académico, como responsable de la
orientación y supervisión de las prácticas y, en su caso, de la validación académica
previa y de la evaluación final del estudiante.
g) Comunicar a la URJC eventuales renuncias o bajas anticipadas.
h) Facilitar a cada estudiante un certificado acreditativo de sus prácticas.
No cubrir, ni siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo en plantilla con
los estudiantes que realicen prácticas en el HCDGU-CSVE.
Aportaciones de la Universidad Rey Juan Carlos.

1. La URJC reconocerá al HCDGU-CSVE como colaborador en las enseñanzas
prácticas.
2. La URJC acordará con el HCDGU-CSVE la selección de los profesionales que
realizarán la labor de profesores-tutores de las prácticas de los estudiantes. Dichos
profesores pertenecerán necesariamente a la plantilla del HCDGU-CSVE y su número y
dedicación será propuesto anualmente a la URJC por la Comisión de Seguimiento,
definida en la cláusula undécima, de acuerdo con la legislación vigente.
3. La ampliación o reducción del número de tutores de prácticas, así como su
categoría, se hará previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento a solicitud de los
departamentos universitarios correspondientes.

cve: BOE-A-2022-15570
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.