III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15582)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda modificativa del Convenio entre la Dirección General de la Guardia Civil y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, para la prestación de determinados servicios en los órganos centrales y de la estructura periférica de este último.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Sábado 24 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131317

EXPONEN
Primero.
Que, con fecha 1 de febrero de 2021, el Ministerio del Interior y el Instituto Social de
las Fuerzas Armadas (ISFAS), Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Defensa,
suscribieron un convenio que tenía por finalidad establecer un marco de colaboración en
materia de seguridad y funciones de apoyo a desarrollar, tanto en los órganos centrales
del ISFAS, como en los integrados en su estructura periférica, por personal de la Guardia
Civil en situación de reserva, impulsando al mismo tiempo la optimización de los recursos
humanos del Cuerpo de la Guardia Civil que se encontraran en dicha situación.
Segundo.
Que este convenio se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» número 70, el
martes, día 23 de marzo de 2021, mediante Resolución de 17 de marzo de 2021 de la
Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
Tercero.
Que la cláusula novena del convenio establece una vigencia de cuatro años. Ambas
partes consideran que la colaboración desarrollada hasta el momento ha cumplido a
satisfacción la finalidad que constituye su objeto.
Que la cláusula sexta, punto 5, del convenio establece que la Comisión Mixta de
Seguimiento elevará a los órganos intervinientes las propuestas que tengan por fin
actuaciones que modifiquen las previsiones originales del convenio, especialmente
cuando afecten, entre otros puntos, a los recursos económicos y materiales con que el
ISFAS contribuirá para hacer frente a los gastos derivados del presente convenio. En
reunión celebrada el día 14 de diciembre de 2021, la Comisión Mixta de Seguimiento del
convenio ha acordado una nueva tabla de productividad para su aplicación a partir del 1
de enero de 2022, con la que se pretende corregir algunas de las desigualdades que
presentaba la anterior sin que ningún perceptor resulte perjudicado. A los efectos del
cumplimiento de la cláusula quinta, apartado 8 del convenio, se acordó recalcular el total
del importe para el año 2022 y sucesivos.
La cláusula séptima señala que el convenio podrá ser objeto de modificación
mediante la suscripción de la correspondiente adenda, previa propuesta de la Comisión
Mixta de Seguimiento.
Cuarto.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la Adenda modificativa al convenio
precitado, motivo por el que
ACUERDAN
Primero.

8. El convenio se financiará con cargo a la aplicación de los presupuestos del
Organismo, de acuerdo con el siguiente detalle:
Anualidad

Aplicación

Crédito consignado

2022

14113 222M 22799

2.432.000

2023

14113 222M 22799

2.479.000

cve: BOE-A-2022-15582
Verificable en https://www.boe.es

Modificar la cláusula quinta, apartado 8, quedando del siguiente tenor: