III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-15583)
Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Hispánica de Desarrollos Sostenibles, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Las Majas de 99 MW y las líneas eléctricas a 30 kV, en los municipios de Azuara, Aguilón y Almonacid de la Cuba (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Sábado 24 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131319
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Hispánica de Desarrollos
Sostenibles, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Las
Majas de 99 MW y las líneas eléctricas a 30 kV, en los municipios de Azuara,
Aguilón y Almonacid de la Cuba (Zaragoza).
Hispánica de Desarrollos Sostenibles, SL, en adelante Hispánica de Desarrollos
Sostenibles, solicitó, con fecha 27 de agosto de 2020, autorización administrativa previa
del parque eólico Las Majas de 99 MW y las líneas eléctricas a 30 kV para la evacuación
de energía eléctrica.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Zaragoza, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 20 de octubre de 2020 en el
«Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» y el 26 de octubre de 2020 en el «Boletín
Oficial del Estado». Con fecha 14 de noviembre de 2020 se publicó en el «Boletín Oficial
del Estado» una corrección de errores al anuncio publicado el 26 de octubre. Se
recibieron alegaciones por parte de la Asociación Española para la Conservación y el
Estudio de los Murciélagos (SECEMU), la cual emite un informe sobre los posibles
impactos de la construcción del parque eólico a los murciélagos, así como proponiendo
distintas medidas para minimizarlos.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Energía y Minas del
Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de
Aragón; de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana; de la Confederación Hidrográfica del Ebro; y del
Ayuntamiento Almonacid de la Cuba, las cuales no muestran oposición a la autorización
de la instalación. Se ha dado traslado a Hispánica de Desarrollos Sostenibles de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras y del Consejo
de Ordenación del Territorio en Aragón (COTA) del Departamento de Vertebración del
Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón; del Consejo Provincial de
Urbanismo de Zaragoza; de la Dirección General de Interior y Protección Civil del
Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales; y del Ayuntamiento de
Aguilón, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado a Hispánica
de Desarrollos Sostenibles de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad
con las mismas.
cve: BOE-A-2022-15583
Verificable en https://www.boe.es
15583
Núm. 230
Sábado 24 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131319
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Hispánica de Desarrollos
Sostenibles, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Las
Majas de 99 MW y las líneas eléctricas a 30 kV, en los municipios de Azuara,
Aguilón y Almonacid de la Cuba (Zaragoza).
Hispánica de Desarrollos Sostenibles, SL, en adelante Hispánica de Desarrollos
Sostenibles, solicitó, con fecha 27 de agosto de 2020, autorización administrativa previa
del parque eólico Las Majas de 99 MW y las líneas eléctricas a 30 kV para la evacuación
de energía eléctrica.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Zaragoza, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 20 de octubre de 2020 en el
«Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» y el 26 de octubre de 2020 en el «Boletín
Oficial del Estado». Con fecha 14 de noviembre de 2020 se publicó en el «Boletín Oficial
del Estado» una corrección de errores al anuncio publicado el 26 de octubre. Se
recibieron alegaciones por parte de la Asociación Española para la Conservación y el
Estudio de los Murciélagos (SECEMU), la cual emite un informe sobre los posibles
impactos de la construcción del parque eólico a los murciélagos, así como proponiendo
distintas medidas para minimizarlos.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Energía y Minas del
Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de
Aragón; de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana; de la Confederación Hidrográfica del Ebro; y del
Ayuntamiento Almonacid de la Cuba, las cuales no muestran oposición a la autorización
de la instalación. Se ha dado traslado a Hispánica de Desarrollos Sostenibles de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras y del Consejo
de Ordenación del Territorio en Aragón (COTA) del Departamento de Vertebración del
Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón; del Consejo Provincial de
Urbanismo de Zaragoza; de la Dirección General de Interior y Protección Civil del
Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales; y del Ayuntamiento de
Aguilón, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado a Hispánica
de Desarrollos Sostenibles de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad
con las mismas.
cve: BOE-A-2022-15583
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