III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15523)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Consejo Superior de Deportes, para la asignación de equipos portátiles en el marco de la Iniciativa Puesto de Trabajo Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229
Viernes 23 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131029
EXPONEN
Primero.
Que la Agenda España Digital 2025 incluye un eje estratégico específico sobre la
Transformación Digital del Sector Público y el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (España Puede) incluye entre sus diez políticas palanca de reforma
estructural para un crecimiento sostenible e inclusivo, lograr una Administración
modernizada a través de su digitalización, tanto a nivel transversal como en ámbitos
estratégicos, que actúe como tractor de los cambios tecnológicos. El último hito en
estrategia transformadora lo constituye el Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas 2021-2025 que establece, entre las medidas encomendadas a la SGAD, la
Medida 8: Puesto de Trabajo Inteligente.
Esta medida, que se conoce como proyecto Puesto de Trabajo Inteligente de Nueva
Generación (PDTI-NG), tiene como objeto dotar al personal al servicio de la
Administración General del Estado de soluciones colaborativas y de movilidad en los
puestos de trabajo.
La medida está orientada a aumentar la productividad del empleado público permitiéndole
trabajar con herramientas de última generación, desde cualquier dispositivo y esté donde
esté, asegurando la conectividad, seguridad y disponibilidad del dispositivo.
Segundo.
Que el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece como uno de los principios generales de actuación de las
Administraciones Públicas, el principio de cooperación, colaboración y coordinación entre
las Administraciones Públicas y la propia Ley regula en su capítulo VI del Título
Preliminar el Convenio como instrumento con efectos jurídicos para la formalización de
acuerdos entre Administraciones para un fin común.
Tercero.
Que, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, la Secretaría General de Administración Digital (en
adelante SGAD), asume, entre otras funciones, la gestión compartida, mediante
coordinación o prestación directa, en un marco de corresponsabilidad, de los servicios
comunes, declarados o no como compartidos, de sistemas de información y
comunicación para la Administración General del Estado y sus organismos públicos, en
los términos que se establezcan por resolución del titular de la SGAD y la de impulsar la
consolidación de servicios, infraestructuras TIC, equipamientos y redes informáticas
comunes de la Administración y sus organismos públicos. Asimismo, corresponde a la
SGAD la provisión de servicios en materias de tecnologías de la información y
comunicaciones a aquellos órganos con los que se acuerde.
Que el Consejo Superior de Deportes tiene como atribuciones/funciones establecidas
en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte la gestión de medios materiales del
Organismo.
Quinto.
Que el Consejo Superior de Deportes, considera de gran utilidad disponer de los
equipos portátiles enmarcados en la iniciativa de Puesto de Trabajo Inteligente del Plan
de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 para el desempeño de la
actividad de sus trabajadores.
cve: BOE-A-2022-15523
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 229
Viernes 23 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131029
EXPONEN
Primero.
Que la Agenda España Digital 2025 incluye un eje estratégico específico sobre la
Transformación Digital del Sector Público y el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (España Puede) incluye entre sus diez políticas palanca de reforma
estructural para un crecimiento sostenible e inclusivo, lograr una Administración
modernizada a través de su digitalización, tanto a nivel transversal como en ámbitos
estratégicos, que actúe como tractor de los cambios tecnológicos. El último hito en
estrategia transformadora lo constituye el Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas 2021-2025 que establece, entre las medidas encomendadas a la SGAD, la
Medida 8: Puesto de Trabajo Inteligente.
Esta medida, que se conoce como proyecto Puesto de Trabajo Inteligente de Nueva
Generación (PDTI-NG), tiene como objeto dotar al personal al servicio de la
Administración General del Estado de soluciones colaborativas y de movilidad en los
puestos de trabajo.
La medida está orientada a aumentar la productividad del empleado público permitiéndole
trabajar con herramientas de última generación, desde cualquier dispositivo y esté donde
esté, asegurando la conectividad, seguridad y disponibilidad del dispositivo.
Segundo.
Que el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece como uno de los principios generales de actuación de las
Administraciones Públicas, el principio de cooperación, colaboración y coordinación entre
las Administraciones Públicas y la propia Ley regula en su capítulo VI del Título
Preliminar el Convenio como instrumento con efectos jurídicos para la formalización de
acuerdos entre Administraciones para un fin común.
Tercero.
Que, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, la Secretaría General de Administración Digital (en
adelante SGAD), asume, entre otras funciones, la gestión compartida, mediante
coordinación o prestación directa, en un marco de corresponsabilidad, de los servicios
comunes, declarados o no como compartidos, de sistemas de información y
comunicación para la Administración General del Estado y sus organismos públicos, en
los términos que se establezcan por resolución del titular de la SGAD y la de impulsar la
consolidación de servicios, infraestructuras TIC, equipamientos y redes informáticas
comunes de la Administración y sus organismos públicos. Asimismo, corresponde a la
SGAD la provisión de servicios en materias de tecnologías de la información y
comunicaciones a aquellos órganos con los que se acuerde.
Que el Consejo Superior de Deportes tiene como atribuciones/funciones establecidas
en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte la gestión de medios materiales del
Organismo.
Quinto.
Que el Consejo Superior de Deportes, considera de gran utilidad disponer de los
equipos portátiles enmarcados en la iniciativa de Puesto de Trabajo Inteligente del Plan
de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 para el desempeño de la
actividad de sus trabajadores.
cve: BOE-A-2022-15523
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.