III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15522)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Centro de Investigaciones Sociológicas, para la asignación de equipos portátiles en el marco de la Iniciativa Puesto de Trabajo Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229

Viernes 23 de septiembre de 2022
Segunda.
1.

Sec. III. Pág. 131018

Obligaciones de las partes.

Son obligaciones de la SGAD:

a) Realizar la recepción de los equipos ante la Intervención General de la
Administración del Estado.
b) Registrar en el sistema de inventario, a nombre de la SGAD, la titularidad de los
equipos de acuerdo con las directrices de la Intervención General de la Administración
del Estado.
c) Mantener los equipos identificados y asignados para su uso al CIS, con el DIR3
correspondiente y correctamente etiquetados.
d) Reasignar en el sistema de inventario la transferencia del derecho de uso de los
equipos en caso de cambio organizativo, a la entidad u entidades que sustituyan al CIS,
siguiendo el convenio de distribución facilitado por los interesados.
e) Desafectar los equipos dándolos de baja en el sistema de inventario de acuerdo
con las directrices de la Intervención General de la Administración del Estado,
procediendo al borrado de los datos que contengan y a su destrucción según las pautas
dictadas por la Guía Técnica de la Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación
del «principio no causar perjuicio significativo al medioambiente» que se recoge en la
clausula sexta de este convenio.
f) Facilitar al CIS los datos de contacto de los proveedores para la tramitación de
incidencias durante la garantía de los equipos, la cual se extenderá por un periodo de
cinco años desde su adquisición.
Son obligaciones del CIS:

a) Colaborar en todo lo necesario para la recepción de los equipos por parte de la
SGAD ante la Intervención General de la Administración del Estado.
b) Colaborar en todas las obligaciones de auditoría y trazabilidad derivadas del
Fondo de Recuperación y Resiliencia.
c) Mantener, en colaboración con la SGAD, la identificación mediante etiquetas de
los equipos para su trazabilidad en el sistema de inventario de acuerdo con las
directrices de la Intervención General de la Administración del Estado.
d) Actualizar la relación de la asignación de los equipos en el que caso de
redistribución de sus usuarios entre uno o más nuevos órganos del Departamento.
e) Facilitar a la SGAD una denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado o, en su caso, policía autonómica de cualquier robo de los equipos contenidos en
los anexos de este convenio.
f) Realizar la interlocución directa con los proveedores de los equipos para la
tramitación de incidencias en la garantía, comunicando a la SGAD cualquier cambio en
los números de serie del parque asignado que se produzca como resultado de una
avería o reposición de equipos.
g) Facilitar a los trabajadores del CIS, unas normas de buen uso de los equipos
informáticos puestos a su disposición.
h) Asumir la responsabilidad en caso de daños o extravíos por uso negligente de
los equipos. Por tanto, al tratarse de situaciones que no se encuentran bajo la cobertura
de la garantía, el CIS se encargará de la reparación del daño o de la desafectación si
fuese irreparable.
i) Emplear los equipos como herramienta habilitadora para cumplir por parte de la
Administración General del Estado con lo dispuesto en el artículo 47.4 bis del Real
Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico
del Empleado Público.
Tercera.

Régimen económico.

Las actuaciones previstas en el presente convenio no generarán gasto ni darán lugar
a contraprestación financiera entre las partes firmantes. Cada parte cubrirá los costes

cve: BOE-A-2022-15522
Verificable en https://www.boe.es

2.