III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15521)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para el impulso de la economía digital.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229
Viernes 23 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131010
misma forma se procederá respecto del secretario, no pudiendo coincidir ambos cargos
simultáneamente en la misma Parte.
Los acuerdos de la Comisión de Seguimiento se adoptarán por unanimidad de sus
miembros, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta que será firmada por
las partes.
Los miembros de la Comisión de Seguimiento podrán requerir la asistencia de
cualquier persona, con voz, pero sin voto, que pueda aportar conocimientos o
asesoramiento adecuados para un mejor desarrollo del objeto del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento se someterá en lo no previsto en el presente convenio a
la regulación del funcionamiento de órganos colegiados dispuesta en la sección 3.ª del
capítulo II, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Corresponden a la Comisión de Seguimiento las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento, vigilancia y coordinación del objeto del Convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del
presente Convenio.
c) Aprobar, para cada ejercicio, el correspondiente plan anual, con detalle de las
actuaciones a realizar y la identificación de quién es la parte ejecutante de cada una de ellas.
Posteriormente a la ejecución de cada plan anual, aprobar las memorias justificativas
de las actuaciones realizadas.
La Comisión de Seguimiento se reunirá en sesión constitutiva en el plazo máximo de
dos (2) meses desde que el presente Convenio adquiera eficacia.
Quinta.
Compromisos económicos.
Las Partes acuerdan destinar al presente Convenio un presupuesto máximo
de 2.000.000,00 euros, repartido en las cuatro (4) anualidades de duración del Convenio,
con la siguiente distribución por ejercicios:
–
–
–
–
–
Ejercicio 2022: un máximo de 350.000,00 euros.
Ejercicio 2023: un máximo de 500.000,00 euros.
Ejercicio 2024: un máximo de 500.000,00 euros.
Ejercicio 2025: un máximo de 500.000,00 euros.
Ejercicio 2026: un máximo de 150.000,00 euros.
Las Partes cofinanciarán a partes iguales cada presupuesto anual según el siguiente
detalle:
2022
–
Euros
2023
–
Euros
2024
–
Euros
2025
–
Euros
2026
–
Euros
Total
–
Euros
Red.es.
175.000,00
250.000,00
250.000,00
250.000,00
75.000,00
1.000.000,00
ICEX.
175.000,00
250.000,00
250.000,00
250.000,00
75.000,00
1.000.000,00
350.000,00
500.000,00
500.000,00
500.000,00
150.000,00
2.000.000,00
Total.
En caso de obtenerse ingresos en la ejecución de las actuaciones acordadas, éstos
minorarán el coste total de las actuaciones. De esta forma, las Partes se benefician por igual
de los ingresos percibidos, manteniéndose un reparto equitativo del gasto efectivo anual.
Una vez finalizadas las actividades correspondientes a cada plan anual y en un plazo
no superior a cinco (5) meses desde la finalización de cada ejercicio del Convenio,
Red.es presentará a la Comisión de Seguimiento una memoria técnica descriptiva de las
actividades realizadas, cuyo detalle deberá coincidir con lo aprobado al efecto por parte
cve: BOE-A-2022-15521
Verificable en https://www.boe.es
Financiación del Convenio
Núm. 229
Viernes 23 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131010
misma forma se procederá respecto del secretario, no pudiendo coincidir ambos cargos
simultáneamente en la misma Parte.
Los acuerdos de la Comisión de Seguimiento se adoptarán por unanimidad de sus
miembros, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta que será firmada por
las partes.
Los miembros de la Comisión de Seguimiento podrán requerir la asistencia de
cualquier persona, con voz, pero sin voto, que pueda aportar conocimientos o
asesoramiento adecuados para un mejor desarrollo del objeto del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento se someterá en lo no previsto en el presente convenio a
la regulación del funcionamiento de órganos colegiados dispuesta en la sección 3.ª del
capítulo II, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Corresponden a la Comisión de Seguimiento las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento, vigilancia y coordinación del objeto del Convenio.
b) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del
presente Convenio.
c) Aprobar, para cada ejercicio, el correspondiente plan anual, con detalle de las
actuaciones a realizar y la identificación de quién es la parte ejecutante de cada una de ellas.
Posteriormente a la ejecución de cada plan anual, aprobar las memorias justificativas
de las actuaciones realizadas.
La Comisión de Seguimiento se reunirá en sesión constitutiva en el plazo máximo de
dos (2) meses desde que el presente Convenio adquiera eficacia.
Quinta.
Compromisos económicos.
Las Partes acuerdan destinar al presente Convenio un presupuesto máximo
de 2.000.000,00 euros, repartido en las cuatro (4) anualidades de duración del Convenio,
con la siguiente distribución por ejercicios:
–
–
–
–
–
Ejercicio 2022: un máximo de 350.000,00 euros.
Ejercicio 2023: un máximo de 500.000,00 euros.
Ejercicio 2024: un máximo de 500.000,00 euros.
Ejercicio 2025: un máximo de 500.000,00 euros.
Ejercicio 2026: un máximo de 150.000,00 euros.
Las Partes cofinanciarán a partes iguales cada presupuesto anual según el siguiente
detalle:
2022
–
Euros
2023
–
Euros
2024
–
Euros
2025
–
Euros
2026
–
Euros
Total
–
Euros
Red.es.
175.000,00
250.000,00
250.000,00
250.000,00
75.000,00
1.000.000,00
ICEX.
175.000,00
250.000,00
250.000,00
250.000,00
75.000,00
1.000.000,00
350.000,00
500.000,00
500.000,00
500.000,00
150.000,00
2.000.000,00
Total.
En caso de obtenerse ingresos en la ejecución de las actuaciones acordadas, éstos
minorarán el coste total de las actuaciones. De esta forma, las Partes se benefician por igual
de los ingresos percibidos, manteniéndose un reparto equitativo del gasto efectivo anual.
Una vez finalizadas las actividades correspondientes a cada plan anual y en un plazo
no superior a cinco (5) meses desde la finalización de cada ejercicio del Convenio,
Red.es presentará a la Comisión de Seguimiento una memoria técnica descriptiva de las
actividades realizadas, cuyo detalle deberá coincidir con lo aprobado al efecto por parte
cve: BOE-A-2022-15521
Verificable en https://www.boe.es
Financiación del Convenio