I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Ingreso mínimo vital. (BOE-A-2022-15478)
Decreto-ley 5/2022, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un incremento extraordinario para el año 2022 del importe de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229
Viernes 23 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 130472
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
15478
Decreto-ley 5/2022, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se
establece un incremento extraordinario para el año 2022 del importe de la
Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital.
I
II
Este decreto-ley se estructura en dos artículos y una disposición final.
III
La adopción de medidas mediante decreto-ley ha sido avalada por el Tribunal
Constitucional siempre que concurra una motivación explícita y razonada de la
necesidad –entendiendo por tal que la coyuntura de crisis actual exige una rápida
respuesta– y la urgencia –asumiendo como tal que la dilación en el tiempo de la
cve: BOE-A-2022-15478
Verificable en https://www.boe.es
La invasión de Ucrania por parte de Rusia a finales de febrero está generando
importantes consecuencias en todos los órdenes, tanto desde el punto de vista
humanitario como económico. Transcurridos más de cuatro meses desde la invasión, la
persistencia del conflicto continúa tensionando el nivel general de precios, a través
principalmente del gas natural, los carburantes y los alimentos. Las consecuencias
económicas de esta evolución son un aumento de la tasa de inflación y una ralentización
del ritmo de crecimiento. La tasa de inflación ha subido desde un nivel cercano a cero a
principios de 2021 hasta situarse por encima del 8%, reflejando primero el impacto
directo de los precios de la energía, y de manera más reciente, su traslación a los
precios de los bienes y servicios que la utilizan en sus procesos de producción,
afectando a la renta disponible de los hogares, en particular a la de los más vulnerables.
En este escenario, resulta necesario prorrogar hasta final de año las medidas de
apoyo a los sectores de población más vulnerables, previstas para los meses de mayo,
junio y julio de 2022 en el Decreto-ley 4/2022, de 4 de mayo, esto es, el incremento del
importe de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y cuantía
máxima del complemento para gastos de vivienda que tienen reconocido tanto los
titulares de la Prestación Aragonesa Complementaria como del Ingreso Mínimo Vital.
Dicha prórroga está en consonancia con la llevada a cabo en la Administración
General mediante Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se
prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y
sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social
y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, que ha
modificado en el apartado once de su artículo 1, el artículo 45 del Real Decretoley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del
Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en
Ucrania, de forma que el incremento del IMV inicialmente previsto para los meses de
abril a junio, se ha extendido hasta diciembre de 2022.
No obstante, el referido incremento deja fuera de su ámbito de aplicación a las
personas que no pueden acogerse al IMV pero que tienen derecho a la prestación
complementaria que se establece en nuestra Comunidad Autónoma mediante
Ley 3/2021, de 20 de mayo, por lo que resulta necesario prorrogar el incremento del
importe de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital hasta
diciembre de 2022.
Núm. 229
Viernes 23 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 130472
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
15478
Decreto-ley 5/2022, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se
establece un incremento extraordinario para el año 2022 del importe de la
Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital.
I
II
Este decreto-ley se estructura en dos artículos y una disposición final.
III
La adopción de medidas mediante decreto-ley ha sido avalada por el Tribunal
Constitucional siempre que concurra una motivación explícita y razonada de la
necesidad –entendiendo por tal que la coyuntura de crisis actual exige una rápida
respuesta– y la urgencia –asumiendo como tal que la dilación en el tiempo de la
cve: BOE-A-2022-15478
Verificable en https://www.boe.es
La invasión de Ucrania por parte de Rusia a finales de febrero está generando
importantes consecuencias en todos los órdenes, tanto desde el punto de vista
humanitario como económico. Transcurridos más de cuatro meses desde la invasión, la
persistencia del conflicto continúa tensionando el nivel general de precios, a través
principalmente del gas natural, los carburantes y los alimentos. Las consecuencias
económicas de esta evolución son un aumento de la tasa de inflación y una ralentización
del ritmo de crecimiento. La tasa de inflación ha subido desde un nivel cercano a cero a
principios de 2021 hasta situarse por encima del 8%, reflejando primero el impacto
directo de los precios de la energía, y de manera más reciente, su traslación a los
precios de los bienes y servicios que la utilizan en sus procesos de producción,
afectando a la renta disponible de los hogares, en particular a la de los más vulnerables.
En este escenario, resulta necesario prorrogar hasta final de año las medidas de
apoyo a los sectores de población más vulnerables, previstas para los meses de mayo,
junio y julio de 2022 en el Decreto-ley 4/2022, de 4 de mayo, esto es, el incremento del
importe de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y cuantía
máxima del complemento para gastos de vivienda que tienen reconocido tanto los
titulares de la Prestación Aragonesa Complementaria como del Ingreso Mínimo Vital.
Dicha prórroga está en consonancia con la llevada a cabo en la Administración
General mediante Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se
prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y
sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social
y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, que ha
modificado en el apartado once de su artículo 1, el artículo 45 del Real Decretoley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del
Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en
Ucrania, de forma que el incremento del IMV inicialmente previsto para los meses de
abril a junio, se ha extendido hasta diciembre de 2022.
No obstante, el referido incremento deja fuera de su ámbito de aplicación a las
personas que no pueden acogerse al IMV pero que tienen derecho a la prestación
complementaria que se establece en nuestra Comunidad Autónoma mediante
Ley 3/2021, de 20 de mayo, por lo que resulta necesario prorrogar el incremento del
importe de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital hasta
diciembre de 2022.