III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15449)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., para la realización del encuentro «La evaluación de la investigación en biomedicina. Encuentro de la Alianza de Institutos de Investigación Sanitaria».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130335
El cumplimiento y la resolución del convenio darán lugar a la liquidación del mismo
con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes
de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En el caso de resolución anticipada por mutuo acuerdo y cuanto a la liquidación de
obligaciones pendientes, cada parte asumirá la parte proporcional que le corresponda.
En el caso que la resolución sea imputable a una de las partes, la parte que resulte
culpable deberá indemnizar a la contraria de los daños y perjuicios que haya sufrido, sin
perjuicio de poder emprender las acciones legales que se estimen pertinentes.
Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos
Decimoséptima.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por lo dispuesto en
el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimoctava.
Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del
presente Convenio, a través de los responsables del mecanismo de seguimiento y
control. En caso de no ser posible una solución amigable, las cuestiones litigiosas que
puedan surgir del presente convenio serán competencia del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998 de 13 de julio. Todo ello
sin perjuicio de la aplicación, en lo que proceda, de lo dispuesto en los artículos 5 de la
Ley 52/1997, de 27 de noviembre, y 10 del Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio electrónicamente y en el
lugar y fecha indicados.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, Cristóbal Belda
Iniesta.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Carlos Andradas
Heranz.
ANEXO I
Encuentro ISCIII: «La evaluación de la investigación en biomedicina. Encuentro de
la Alianza Institutos de Investigación Sanitaria-IIS»
La evaluación de la investigación en biomedicina. Los procesos de evaluación de la
actividad científica resultan de especial interés como garantía de la calidad e integridad
de la investigación, de la transparencia e imparcialidad en los procesos evaluativos y, en
consecuencia, aumentando la transparencia y capacidad de rendición de cuentas para
avanzar en la valorización de los resultados en la sociedad y el tejido productivo, todo
ello enmarcado en el Espacio Europeo de Investigación.
Esta actividad académica profundizará en las estrategias de mejora de los procesos
de evaluación científica, con especial atención al ámbito de la investigación en
biomedicina y ciencias de la salud. La incorporación de los principios de ciencia abierta
en la evaluación será objeto de reflexión así como la evaluación del impacto que la
actividad científica tiene en el desarrollo económico y social. Se incorporará tanto la
perspectiva de la evaluación en la financiación de la ciencia, como en los aspectos de
desarrollo profesional y reconocimiento de la trayectoria científica, contando con la
participación de los sectores implicados, comunidad científica, SNS, sociedad.
El programa se organiza en cuatro sesiones que se reparten durante los dos días de
curso, con espacio final para conclusiones. Cada sesión cuenta con un moderador y
diferentes ponentes. Dentro de cada sesión, se combinan sesiones monográficas, con
mesas redondas e intervenciones breves, que fomenten la discusión sobre los
cve: BOE-A-2022-15449
Verificable en https://www.boe.es
Resumen y objetivos del encuentro ISCIII
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130335
El cumplimiento y la resolución del convenio darán lugar a la liquidación del mismo
con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes
de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En el caso de resolución anticipada por mutuo acuerdo y cuanto a la liquidación de
obligaciones pendientes, cada parte asumirá la parte proporcional que le corresponda.
En el caso que la resolución sea imputable a una de las partes, la parte que resulte
culpable deberá indemnizar a la contraria de los daños y perjuicios que haya sufrido, sin
perjuicio de poder emprender las acciones legales que se estimen pertinentes.
Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos
Decimoséptima.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por lo dispuesto en
el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimoctava.
Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del
presente Convenio, a través de los responsables del mecanismo de seguimiento y
control. En caso de no ser posible una solución amigable, las cuestiones litigiosas que
puedan surgir del presente convenio serán competencia del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998 de 13 de julio. Todo ello
sin perjuicio de la aplicación, en lo que proceda, de lo dispuesto en los artículos 5 de la
Ley 52/1997, de 27 de noviembre, y 10 del Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio electrónicamente y en el
lugar y fecha indicados.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, Cristóbal Belda
Iniesta.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Carlos Andradas
Heranz.
ANEXO I
Encuentro ISCIII: «La evaluación de la investigación en biomedicina. Encuentro de
la Alianza Institutos de Investigación Sanitaria-IIS»
La evaluación de la investigación en biomedicina. Los procesos de evaluación de la
actividad científica resultan de especial interés como garantía de la calidad e integridad
de la investigación, de la transparencia e imparcialidad en los procesos evaluativos y, en
consecuencia, aumentando la transparencia y capacidad de rendición de cuentas para
avanzar en la valorización de los resultados en la sociedad y el tejido productivo, todo
ello enmarcado en el Espacio Europeo de Investigación.
Esta actividad académica profundizará en las estrategias de mejora de los procesos
de evaluación científica, con especial atención al ámbito de la investigación en
biomedicina y ciencias de la salud. La incorporación de los principios de ciencia abierta
en la evaluación será objeto de reflexión así como la evaluación del impacto que la
actividad científica tiene en el desarrollo económico y social. Se incorporará tanto la
perspectiva de la evaluación en la financiación de la ciencia, como en los aspectos de
desarrollo profesional y reconocimiento de la trayectoria científica, contando con la
participación de los sectores implicados, comunidad científica, SNS, sociedad.
El programa se organiza en cuatro sesiones que se reparten durante los dos días de
curso, con espacio final para conclusiones. Cada sesión cuenta con un moderador y
diferentes ponentes. Dentro de cada sesión, se combinan sesiones monográficas, con
mesas redondas e intervenciones breves, que fomenten la discusión sobre los
cve: BOE-A-2022-15449
Verificable en https://www.boe.es
Resumen y objetivos del encuentro ISCIII