III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15449)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., para la realización del encuentro «La evaluación de la investigación en biomedicina. Encuentro de la Alianza de Institutos de Investigación Sanitaria».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130332
– Recopilación y reproducción de la documentación del encuentro y grabación en
vídeo de las sesiones.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización del encuentro (locales, megafonía, equipos audiovisuales, e informáticos,
servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal).
– Servicios complementarios (cafetería, actividades culturales).
Todo ello siempre dentro de las normas establecidas al efecto por el Consejo de
Gobierno de la UIMP y lo acordado con el ISCIII.
Sexta.
El ISCIII por su parte:
– Podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro, a través de
su propia web, con anuncios complementarios en prensa mediante la difusión directa del
programa entre el público específico y llevando a cabo cuantas otras acciones estimen
convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria
de la UIMP.
– Podrá apoyar a través de su propio Gabinete de Comunicación la labor realizada
por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria coordinación y
apoyo mutuo.
Colaboración en la financiación del encuentro
Séptima.
Ambas partes aprueban el presupuesto para la organización y celebración del
encuentro por parte de la UIMP que asciende a veintiún mil ochocientos cuatro euros
(21.804,00 €), según desglose que se adjunta como Anexo II a este convenio.
Octava.
– El ISCIII asume un compromiso económico en virtud de este convenio de
diecisiete mil quinientos euros (17.500,00 €), como aportación a los gastos asumidos por
la UIMP para la celebración del encuentro, en concreto para cubrir las partidas que se
indican en el presupuesto del anexo II. El ISCIII no asumirá ninguna aportación a
la UIMP por importe superior a la cantidad indicada en este párrafo.
El ISCIII abonará a la UIMP el importe mencionado con cargo al concepto
presupuestario 28.107.000X.414, mediante ingreso en la cuenta número:
ES95-9000-0001-20-0200008606, entidad bancaria: Banco de España, agencia: Madrid,
Alcalá, 50, una vez concluido el encuentro de conformidad con lo establecido en el
convenio, hecho que certificarán los responsables del mecanismo de seguimiento y control
del mismo, y emitida por parte de la UIMP la correspondiente factura. El pago deberá
hacerse en el plazo máximo de 40 días desde la emisión de la factura.
– La UIMP asumirá directamente la financiación de cuatro mil trescientos cuatro
euros (4.304,00 €), para cubrir las partidas indicadas en el presupuesto del Anexo II.
Esta financiación no implica un traspaso de fondos al ISCIII, sino que se materializa
mediante la aportación directa de personal, así como de otros servicios con cargo al
concepto presupuestario 33.101.322C.226.06 de su presupuesto ordinario vigente. En
los conceptos citados existe crédito adecuado y suficiente y para su gestión y pago la
UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes de gasto para el conjunto de
su programación según los procedimientos legalmente establecidos.
cve: BOE-A-2022-15449
Verificable en https://www.boe.es
La financiación del encuentro será asumida por el ISCIII y por la UIMP en las
cuantías que se indican más abajo.
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130332
– Recopilación y reproducción de la documentación del encuentro y grabación en
vídeo de las sesiones.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización del encuentro (locales, megafonía, equipos audiovisuales, e informáticos,
servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal).
– Servicios complementarios (cafetería, actividades culturales).
Todo ello siempre dentro de las normas establecidas al efecto por el Consejo de
Gobierno de la UIMP y lo acordado con el ISCIII.
Sexta.
El ISCIII por su parte:
– Podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro, a través de
su propia web, con anuncios complementarios en prensa mediante la difusión directa del
programa entre el público específico y llevando a cabo cuantas otras acciones estimen
convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria
de la UIMP.
– Podrá apoyar a través de su propio Gabinete de Comunicación la labor realizada
por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria coordinación y
apoyo mutuo.
Colaboración en la financiación del encuentro
Séptima.
Ambas partes aprueban el presupuesto para la organización y celebración del
encuentro por parte de la UIMP que asciende a veintiún mil ochocientos cuatro euros
(21.804,00 €), según desglose que se adjunta como Anexo II a este convenio.
Octava.
– El ISCIII asume un compromiso económico en virtud de este convenio de
diecisiete mil quinientos euros (17.500,00 €), como aportación a los gastos asumidos por
la UIMP para la celebración del encuentro, en concreto para cubrir las partidas que se
indican en el presupuesto del anexo II. El ISCIII no asumirá ninguna aportación a
la UIMP por importe superior a la cantidad indicada en este párrafo.
El ISCIII abonará a la UIMP el importe mencionado con cargo al concepto
presupuestario 28.107.000X.414, mediante ingreso en la cuenta número:
ES95-9000-0001-20-0200008606, entidad bancaria: Banco de España, agencia: Madrid,
Alcalá, 50, una vez concluido el encuentro de conformidad con lo establecido en el
convenio, hecho que certificarán los responsables del mecanismo de seguimiento y control
del mismo, y emitida por parte de la UIMP la correspondiente factura. El pago deberá
hacerse en el plazo máximo de 40 días desde la emisión de la factura.
– La UIMP asumirá directamente la financiación de cuatro mil trescientos cuatro
euros (4.304,00 €), para cubrir las partidas indicadas en el presupuesto del Anexo II.
Esta financiación no implica un traspaso de fondos al ISCIII, sino que se materializa
mediante la aportación directa de personal, así como de otros servicios con cargo al
concepto presupuestario 33.101.322C.226.06 de su presupuesto ordinario vigente. En
los conceptos citados existe crédito adecuado y suficiente y para su gestión y pago la
UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes de gasto para el conjunto de
su programación según los procedimientos legalmente establecidos.
cve: BOE-A-2022-15449
Verificable en https://www.boe.es
La financiación del encuentro será asumida por el ISCIII y por la UIMP en las
cuantías que se indican más abajo.