III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15449)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., para la realización del encuentro «La evaluación de la investigación en biomedicina. Encuentro de la Alianza de Institutos de Investigación Sanitaria».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Jueves 22 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 130331

ISCIII se compromete a participar con profesorado experto en las actividades docentes
de carácter científico técnico, bajo la dirección de su Director, que asumirá la dirección
académica del encuentro. Actuará como Secretaria académica la Subdirectora General
de Terapia Celular y Medicina Regenerativa.
Tercera.
Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes en
la UIMP, y de las pautas sobre contenidos marcadas por ambas partes y especialmente
por el ISCIII, según se recoge en el resumen y objetivos del encuentro que se adjunta
como anexo I, la dirección académica se encargará de elaborar el programa del
encuentro y propondrá los profesores participantes.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP, sin perjuicio de las obligadas variaciones
que sea imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias por causa de
imprevistos o por motivos de otra índole valorados por la dirección, con la aprobación de
ambas instituciones a través de sus responsables de seguimiento del convenio.
Cuarta.
La UIMP avalará académicamente el encuentro objeto de este convenio, emitiendo
los correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de
asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las
certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del
control de asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a becas, criterios de
admisión, o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Colaboración en la organización y gestión: actuaciones de las partes (excluidas las
académicas citadas en la cláusula anterior).
Quinta.
La UIMP, dada su experiencia en la organización de este tipo de actividades
docentes, así como su infraestructura general de instalaciones, equipos y recursos
humanos, será la entidad que se encargue de la ejecución y celebración del encuentro
citado, de acuerdo con el programa y presupuesto aprobados, haciéndose cargo de toda
la gestión económica y administrativa que de ello se derive. En concreto, la UIMP se
encargará de:
– En relación con el director, el secretario, los conferenciantes y los participantes en
mesas redondas:

– Publicidad de la celebración del encuentro dentro del plan general de publicidad de
la UIMP.
– Diseño y distribución del programa.
– Servicio de Secretaría de Alumnos:
Información, selección y matriculación de alumnos.
Control de asistencia.
Expedición de diplomas y certificaciones.
– Servicio de Gabinete de Prensa.
– Organización, en su caso, de actos de inauguración y clausura.

cve: BOE-A-2022-15449
Verificable en https://www.boe.es

Honorarios.
Viaje.
Alojamiento y manutención en sus propias instalaciones.
Desplazamientos aeropuerto-lugar de alojamiento-aeropuerto.