III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15447)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima, S.M.E., el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en el marco del desarrollo del Plan de Educación Financiera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130322
– Comisión Nacional del Mercado de Valores: electrónicamente, a través del
procedimiento indicado en el enlace «Protección de datos - Ejercicio de derechos»
(https://www.cnmv.es/Portal/quees/Ejercicio-Derechos.aspx) contenido en la página web
de la CNMV.
Las partes informarán a los interesados cuyos datos personales sean tratados de los
términos previstos en esta cláusula, salvo en los supuestos en los que la normativa
aplicable en materia de protección de datos personales no requiera facilitar tal
información. Además, las partes se asegurarán de que sus empleados cumplan con la
normativa en materia de protección de datos personales.
En el eventual supuesto de que se comuniquen entre las partes datos personales
distintos de los mencionados en el primer párrafo de la presente cláusula con motivo de
la ejecución del presente Convenio, su tratamiento deberá cumplir con lo dispuesto en la
normativa aplicable en materia de protección de datos y llevarse a cabo de conformidad
con lo previsto en la presente cláusula. En cualquier caso, con antelación a la
comunicación, la parte emisora informará de la misma a los interesados cuyos datos
personales sean comunicados (salvo que sea aplicable alguna de las exenciones
previstas en la normativa aplicable en materia de protección de datos personales) y la
parte receptora los tratará de conformidad con lo previsto en el RGPD que establece,
entre otras, la obligación de garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos
personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su
pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u
organizativas apropiadas (integridad y confidencialidad), así como la obligación de
mantenerlos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no más
tiempo del necesario para los fines del tratamiento (limitación del plazo de conservación).
cve: BOE-A-2022-15447
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, por triplicado y en
representación de las partes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El
Presidente de la Corporación Radio Televisión Española, S.A., S.M.E., José Manuel
Pérez Tornero.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, Nadia María Calviño Santamaría.–El Gobernador
del Banco de España, Pablo Hernández de Cos.–El Presidente de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130322
– Comisión Nacional del Mercado de Valores: electrónicamente, a través del
procedimiento indicado en el enlace «Protección de datos - Ejercicio de derechos»
(https://www.cnmv.es/Portal/quees/Ejercicio-Derechos.aspx) contenido en la página web
de la CNMV.
Las partes informarán a los interesados cuyos datos personales sean tratados de los
términos previstos en esta cláusula, salvo en los supuestos en los que la normativa
aplicable en materia de protección de datos personales no requiera facilitar tal
información. Además, las partes se asegurarán de que sus empleados cumplan con la
normativa en materia de protección de datos personales.
En el eventual supuesto de que se comuniquen entre las partes datos personales
distintos de los mencionados en el primer párrafo de la presente cláusula con motivo de
la ejecución del presente Convenio, su tratamiento deberá cumplir con lo dispuesto en la
normativa aplicable en materia de protección de datos y llevarse a cabo de conformidad
con lo previsto en la presente cláusula. En cualquier caso, con antelación a la
comunicación, la parte emisora informará de la misma a los interesados cuyos datos
personales sean comunicados (salvo que sea aplicable alguna de las exenciones
previstas en la normativa aplicable en materia de protección de datos personales) y la
parte receptora los tratará de conformidad con lo previsto en el RGPD que establece,
entre otras, la obligación de garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos
personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su
pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u
organizativas apropiadas (integridad y confidencialidad), así como la obligación de
mantenerlos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no más
tiempo del necesario para los fines del tratamiento (limitación del plazo de conservación).
cve: BOE-A-2022-15447
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, por triplicado y en
representación de las partes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El
Presidente de la Corporación Radio Televisión Española, S.A., S.M.E., José Manuel
Pérez Tornero.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, Nadia María Calviño Santamaría.–El Gobernador
del Banco de España, Pablo Hernández de Cos.–El Presidente de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
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