III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2022-15443)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Administración Pública, por el que se formaliza el criterio de distribución correspondiente a la inversión 3 del componente 11 destinada a la transformación digital y modernización de las comunidades autónomas, Ingesa y de las ciudades de Ceuta y Melilla del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para los ejercicios 2021, 2022 y 2023, así como el reparto resultante del crédito asignado en los años 2022 y 2023 por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el Ministerio de Hacienda y Función Pública para la transformación digital y modernización de las comunidades autónomas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 130282

– Reutilización de los proyectos por otras administraciones que lo requieran, si su
naturaleza lo permite.
– Aportación de datos para facilitar la oferta de servicios a la ciudadanía a través de
«Mi carpeta ciudadana», con el objetivo de conformar un espacio de datos eficiente y
eficaz para la ciudadanía y las empresas.
– Integración de información en las plataformas comunes de gestión de contratación
pública electrónica y de subvenciones que se indiquen.
– Desarrollo de los proyectos y plataformas que gestionen datos bajo la perspectiva
de integración y federación de datos, en especial con otros data lake y en concreto con
el de la AGE, de forma que se permita habilitar proyectos interoperables entre distintas
administraciones públicas.
– No se financiarán actuaciones que nos sean acordes al principio DNSH.
– Las entidades beneficiarias deberán contribuir al objetivo de autonomía estratégica
y digital de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena de
suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier
componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución,
mediante la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software
asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
– En materia de empleo, los beneficiarios estarán obligados a crear en España todo
el empleo necesario para la realización de la actividad, que se realizará con personal
contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento de
este requisito tendrá que justificarse documentalmente.
d) Los proyectos a realizar por cada entidad ejecutora (comunidad autónoma y por
las ciudades de Ceuta y Melilla) que vayan a ser financiados con las transferencias
recibidas deberán quedar claramente identificados y descritos en el sistema integrado
para la gestión y la notificación de los hitos y objetivos con el fin de cumplir los requisitos
específicos de gestión y presentación de informes descritos en el PRTR, que desarrollará
la autoridad responsable del PRTR, con arreglo a lo previsto en el artículo 22 del
Reglamento (UE) 2021/241. Las entidades ejecutoras deberán cargar la información de
los subproyectos autonómicos en el sistema informático de acuerdo a lo dispuesto en la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y a lo establecido en la
Orden HFP/1031/2021, de 20 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y
formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal,
Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de
ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) Para asegurar un adecuado seguimiento de los proyectos, las entidades
ejecutoras (comunidades autónomas, Ingesa y las ciudades de Ceuta y Melilla) deberán
proporcionar a través del sistema identificado en la letra anterior la información relativa a
los diferentes proyectos de inversión que se propongan financiar en cada ejercicio con
cargo a los fondos a los que se refiere el presente acuerdo. Las entidades ejecutoras
deberán cargar la información de los subproyectos autonómicos en el sistema
informático de acuerdo a lo dispuesto en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, y a lo establecido en la Orden HFP/1031/2021, de 20 de septiembre, por la
que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las
Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del
cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las
medidas de los componentes el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
f) A fin de cumplir con los Hitos y Objetivos e Indicadores adicionales del anexo de
la Decisión de la Comisión por la que se aprueban los acuerdos operativos entre la
Comisión y España en virtud del Reglamento (UE) 2021/241 de 29 de octubre

cve: BOE-A-2022-15443
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Núm. 228