II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Navales. (BOE-A-2022-15427)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Navales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 130165
72. Código Internacional de Gaseros (Código CIG)de la Organización Marítima
Internacional (OMI) [enmendado y modificado hasta la Resolución MSC.441(99)] II:
Capítulo 7-Control de la presión y de la temperatura de la carga, Capítulo 8-Sistemas de
respiración de los tanques de carga, Capítulo 9-Control ambiental, Capítulo 10Instalaciones eléctricas, Capítulo 11-Prevención y extinción de incendios, Capítulo 12Ventilación mecánica en la zona de la carga, Capítulo 13-Instrumentos (de medición, de
detección de gas), Capítulo 14-Protección del personal, Capítulo 15-Límites de llenado
de los tanques de carga, Capítulo 16-Empleo de la carga como combustible, Capítulo 17Prescripciones especiales, Capítulo 18- Prescripciones de orden operacional y
Capítulo 19-Resumen de prescripciones mínimas.
73. Código Internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI)
de la Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución MSC.98(73), enmendada
hasta la Resolución MSC.410(97)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.
74. Código internacional para la aplicación de procedimientos de ensayo de
exposición al fuego de la Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución
MSC.307(88) enmendado hasta la Resolución MSC.437(99)]. Instrumento a través del
cual se hace obligatorio.
75. Código internacional de dispositivos de salvamento (Código IDS) de la
Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución MSC.48(66), enmendado hasta la
Resolución MSC 425(98)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.
76. Código de Normas internacionales y prácticas recomendadas para la
investigación de los aspectos de seguridad de siniestros y sucesos marítimos (Código de
Investigación de siniestros), adoptado mediante Resolución MSC.255(84) y enmendado
por la Resolución MSC.390(94). Instrumento a través del cual se hace obligatorio.
Reglamento (UE) n.° 1286/2011 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2011, por el que
se adopta, con arreglo al artículo 5, apartado 4, de la Directiva 2009/18/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, una metodología común para la investigación de
siniestros e incidentes marítimos. Real Decreto 800/2011, de 10 de junio, por el que se
regula la investigación de los accidentes e incidentes marítimos y la Comisión
permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos.
77. Código Internacional de Estabilidad sin avería, 2008 (Código IS 2008) de la
Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución MSC.267(85) enmendado hasta
la Resolución MSC.444(99)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.
78. Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel (Código IMSBC) de la
Organización Marítima Internacional (OMI) [aprobado por la Resolución MSC.268(85) y
enmendado hasta la Resolución MSC.462(101)]. Instrumento a través del cual se hace
obligatorio.
79. Código internacional para transporte sin riesgos de grano a granel de la
Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución MSC.23 (59)]. Instrumento a
través del cual se hace obligatorio.
80. Código para las Organizaciones Reconocidas (Código OR), de la Organización
Marítima Internacional (OMI) [resoluciones MSC.349 (92) y MEPC. 237(65)]. Instrumento
a través del cual se hace obligatorio.
81. Código técnico sobre los NOx 2008 de la Organización Marítima Internacional
(OMI) [adoptado por la Resolución MEPC.177(58), enmendado hasta la Resolución
MEPC.317(74)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.
82. Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG) de la
Organización Marítima Internacional (OMI) [aprobado por la Resolución MSC.122 (75), y
enmendado hasta la Resolución MSC.477(102)]. Instrumento a través del cual se hace
obligatorio.
83. Código de prácticas de seguridad para la estiba y sujeción de la carga (código
CSS) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución A. 714(17)
enmendada hasta la Circular MSC.1/Circ.1352-Rev1].
84. Código de alertas e indicadores 2009 [Resolución A. 1021(26)].
cve: BOE-A-2022-15427
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 130165
72. Código Internacional de Gaseros (Código CIG)de la Organización Marítima
Internacional (OMI) [enmendado y modificado hasta la Resolución MSC.441(99)] II:
Capítulo 7-Control de la presión y de la temperatura de la carga, Capítulo 8-Sistemas de
respiración de los tanques de carga, Capítulo 9-Control ambiental, Capítulo 10Instalaciones eléctricas, Capítulo 11-Prevención y extinción de incendios, Capítulo 12Ventilación mecánica en la zona de la carga, Capítulo 13-Instrumentos (de medición, de
detección de gas), Capítulo 14-Protección del personal, Capítulo 15-Límites de llenado
de los tanques de carga, Capítulo 16-Empleo de la carga como combustible, Capítulo 17Prescripciones especiales, Capítulo 18- Prescripciones de orden operacional y
Capítulo 19-Resumen de prescripciones mínimas.
73. Código Internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI)
de la Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución MSC.98(73), enmendada
hasta la Resolución MSC.410(97)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.
74. Código internacional para la aplicación de procedimientos de ensayo de
exposición al fuego de la Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución
MSC.307(88) enmendado hasta la Resolución MSC.437(99)]. Instrumento a través del
cual se hace obligatorio.
75. Código internacional de dispositivos de salvamento (Código IDS) de la
Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución MSC.48(66), enmendado hasta la
Resolución MSC 425(98)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.
76. Código de Normas internacionales y prácticas recomendadas para la
investigación de los aspectos de seguridad de siniestros y sucesos marítimos (Código de
Investigación de siniestros), adoptado mediante Resolución MSC.255(84) y enmendado
por la Resolución MSC.390(94). Instrumento a través del cual se hace obligatorio.
Reglamento (UE) n.° 1286/2011 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2011, por el que
se adopta, con arreglo al artículo 5, apartado 4, de la Directiva 2009/18/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, una metodología común para la investigación de
siniestros e incidentes marítimos. Real Decreto 800/2011, de 10 de junio, por el que se
regula la investigación de los accidentes e incidentes marítimos y la Comisión
permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos.
77. Código Internacional de Estabilidad sin avería, 2008 (Código IS 2008) de la
Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución MSC.267(85) enmendado hasta
la Resolución MSC.444(99)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.
78. Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel (Código IMSBC) de la
Organización Marítima Internacional (OMI) [aprobado por la Resolución MSC.268(85) y
enmendado hasta la Resolución MSC.462(101)]. Instrumento a través del cual se hace
obligatorio.
79. Código internacional para transporte sin riesgos de grano a granel de la
Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución MSC.23 (59)]. Instrumento a
través del cual se hace obligatorio.
80. Código para las Organizaciones Reconocidas (Código OR), de la Organización
Marítima Internacional (OMI) [resoluciones MSC.349 (92) y MEPC. 237(65)]. Instrumento
a través del cual se hace obligatorio.
81. Código técnico sobre los NOx 2008 de la Organización Marítima Internacional
(OMI) [adoptado por la Resolución MEPC.177(58), enmendado hasta la Resolución
MEPC.317(74)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.
82. Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG) de la
Organización Marítima Internacional (OMI) [aprobado por la Resolución MSC.122 (75), y
enmendado hasta la Resolución MSC.477(102)]. Instrumento a través del cual se hace
obligatorio.
83. Código de prácticas de seguridad para la estiba y sujeción de la carga (código
CSS) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución A. 714(17)
enmendada hasta la Circular MSC.1/Circ.1352-Rev1].
84. Código de alertas e indicadores 2009 [Resolución A. 1021(26)].
cve: BOE-A-2022-15427
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Núm. 228