III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-15394)
Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión al Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias, para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos de identificación varietal de avellano y nogal (juglans regia y juglans spp) y sus patrones para el Registro de variedades vegetales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227
Miércoles 21 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 129961
– Asegurar la custodia del material vegetal, proporcionado en virtud del presente
convenio, limitando su uso a la realización del examen técnico, en las condiciones
especificadas en el anexo 2. El material de las colecciones de referencia, una vez
descrito e inscrito en los registros de variedades comerciales y/o protegidas, así como el
material recibido para la realización de ensayos para la OCVV se constituye como
muestra oficial del material registrado y por tanto estará disponible en todo momento
para el MAPA para el ejercicio de sus competencias, incluidas las de vigilancia y control.
– Asegurar que la cesión de cualquier material vegetal relacionado con las
actividades objeto del presente convenio sea tratado de acuerdo con la política de la
Oficina Europea de Variedades Vegetales sobre estatus del material vegetal empleado
para el examen DHE y de la legislación nacional e internacional vigente en materia de
propiedad de las obtenciones vegetales.
– Someterse a las auditorías de la OCVV y de la OEVV de acuerdo con la norma y
sistema de gestión de la calidad de ambas instituciones y garantizar el cumplimiento de
los aspectos que éstos contemplan.
– Asegurar que el personal que participe directamente en la realización de los
ensayos DHE no se encuentre involucrado en programas de obtención de variedades de
las especies incluidas en el ámbito del presente convenio y garantizar la ausencia de
conflictos de intereses en los procedimientos de examen DHE en los que intervenga el
centro de ensayos.
– Limitar el acceso a los campos de ensayo del personal no relacionado con la
ejecución del mismo, salvo previa autorización expresa de la OEVV, la cual determinará
el alcance y condiciones en las que la visita debe ser realizada.
– Prestar asistencia técnica, a requerimiento de la OEVV y en colaboración con la
misma, en materias relacionadas con este convenio, para casos de contravención de
derechos, elaboración de informes, levantamiento de actas y peritaje en casos de
infracciones de los derechos del obtentor.
Tercera.
Actuaciones del MAPA.
El MAPA a través de la OEVV realizará las siguientes operaciones:
– Remitir al IRTA toda la información de las solicitudes de registro recibidas,
denominaciones varietales aceptadas, solicitud de examen o informe de la OCVV,
necesaria para la correcta ejecución de los trabajos a realizar, según se indica en el
anexo 2 del convenio.
– Fijar y facilitar los criterios y protocolos a utilizar en los trabajos y participar en el
seguimiento de los mismos. Esta participación se llevará a cabo mediante visitas
periódicas por técnicos especialistas de la OEVV y reuniones relacionadas con la
ejecución de los trabajos.
– Financiar los gastos derivados de la relación de las actuaciones encomendadas en
los términos previstos en la cláusula cuarta.
Presupuesto y financiación.
El presupuesto necesario para la financiación de esta encomienda de gestión
asciende a un total de 424.784,00 euros que se imputarán a la aplicación
presupuestaria 21.05.412C.640.08 o aquella que le sustituya de acuerdo con la Ley de
Presupuestos Generales del Estado correspondiente.
cve: BOE-A-2022-15394
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 227
Miércoles 21 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 129961
– Asegurar la custodia del material vegetal, proporcionado en virtud del presente
convenio, limitando su uso a la realización del examen técnico, en las condiciones
especificadas en el anexo 2. El material de las colecciones de referencia, una vez
descrito e inscrito en los registros de variedades comerciales y/o protegidas, así como el
material recibido para la realización de ensayos para la OCVV se constituye como
muestra oficial del material registrado y por tanto estará disponible en todo momento
para el MAPA para el ejercicio de sus competencias, incluidas las de vigilancia y control.
– Asegurar que la cesión de cualquier material vegetal relacionado con las
actividades objeto del presente convenio sea tratado de acuerdo con la política de la
Oficina Europea de Variedades Vegetales sobre estatus del material vegetal empleado
para el examen DHE y de la legislación nacional e internacional vigente en materia de
propiedad de las obtenciones vegetales.
– Someterse a las auditorías de la OCVV y de la OEVV de acuerdo con la norma y
sistema de gestión de la calidad de ambas instituciones y garantizar el cumplimiento de
los aspectos que éstos contemplan.
– Asegurar que el personal que participe directamente en la realización de los
ensayos DHE no se encuentre involucrado en programas de obtención de variedades de
las especies incluidas en el ámbito del presente convenio y garantizar la ausencia de
conflictos de intereses en los procedimientos de examen DHE en los que intervenga el
centro de ensayos.
– Limitar el acceso a los campos de ensayo del personal no relacionado con la
ejecución del mismo, salvo previa autorización expresa de la OEVV, la cual determinará
el alcance y condiciones en las que la visita debe ser realizada.
– Prestar asistencia técnica, a requerimiento de la OEVV y en colaboración con la
misma, en materias relacionadas con este convenio, para casos de contravención de
derechos, elaboración de informes, levantamiento de actas y peritaje en casos de
infracciones de los derechos del obtentor.
Tercera.
Actuaciones del MAPA.
El MAPA a través de la OEVV realizará las siguientes operaciones:
– Remitir al IRTA toda la información de las solicitudes de registro recibidas,
denominaciones varietales aceptadas, solicitud de examen o informe de la OCVV,
necesaria para la correcta ejecución de los trabajos a realizar, según se indica en el
anexo 2 del convenio.
– Fijar y facilitar los criterios y protocolos a utilizar en los trabajos y participar en el
seguimiento de los mismos. Esta participación se llevará a cabo mediante visitas
periódicas por técnicos especialistas de la OEVV y reuniones relacionadas con la
ejecución de los trabajos.
– Financiar los gastos derivados de la relación de las actuaciones encomendadas en
los términos previstos en la cláusula cuarta.
Presupuesto y financiación.
El presupuesto necesario para la financiación de esta encomienda de gestión
asciende a un total de 424.784,00 euros que se imputarán a la aplicación
presupuestaria 21.05.412C.640.08 o aquella que le sustituya de acuerdo con la Ley de
Presupuestos Generales del Estado correspondiente.
cve: BOE-A-2022-15394
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.