I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Inspección técnica de vehículos. (BOE-A-2022-15359)
Real Decreto 766/2022, de 20 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 563/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en territorio español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227
Miércoles 21 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 129579
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 766/2022, de 20 de septiembre, por el que se modifica el Real
Decreto 563/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las inspecciones
técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en territorio
español.
El Real Decreto 563/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las inspecciones técnicas
en carretera de vehículos comerciales que circulan en territorio español, incorporó a nuestro
ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2014/47/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a las inspecciones técnicas en carretera de vehículos
comerciales que circulan en la Unión y por la que se deroga la Directiva 2000/30/CE.
Con posterioridad, se ha aprobado la Directiva Delegada (UE) 2021/1716 de la Comisión,
de 29 de junio de 2021, que modifica la Directiva 2014/47/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, por lo que respecta a los cambios en las designaciones de las categorías de
vehículos derivados de las modificaciones de la legislación sobre homologación de tipo.
La Directiva Delegada (UE) 2021/1716 de la Comisión, de 29 de junio de 2021,
menciona la vigente legislación europea en materia de homologación de tipo de
vehículos que se debe tener en consideración para determinar las categorías de
vehículos incluidos en su ámbito de aplicación, ya que la normativa que citaba la
Directiva 2014/47/UE, constituida por la Directiva 2003/37/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 26 de mayo de 2003, relativa a la homologación de los tractores
agrícolas o forestales, de sus remolques y de su maquinaria intercambiable remolcada,
así como de los sistemas, componentes y unidades técnicas de dichos vehículos y por la
que se deroga la Directiva 74/150/CEE, y la Directiva 2007/46/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se crea un marco para la
homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y
unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos, está derogada.
En la actualidad, la legislación europea sobre homologación de tipo está integrada por el
Reglamento (UE) n.º 167/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de febrero
de 2013, relativo a la homologación de los vehículos agrícolas o forestales, y a la vigilancia del
mercado de dichos vehículos, y por el Reglamento (UE) n.º 2018/858 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre la homologación y la vigilancia del mercado de
los vehículos de motor y sus remolques, y de los sistemas, los componentes y las unidades
técnicas independientes destinados a dichos vehículos, por el que se modifican los Reglamento
(CE) n.º 715/2007 y (CE) n.º 595/2009 y por el que se deroga la Directiva 2007/46/CE.
Además, la Directiva Delegada (UE) 2021/1716 de la Comisión, de 29 de junio de 2021,
actualiza las designaciones de las categorías de vehículos incluidos en su ámbito de
aplicación como consecuencia de los cambios que ha introducido el Reglamento (UE)
n.º 167/2013. Así, en este Reglamento figuran las nuevas categorías T1b, T2b, T3b, T4.1b,
T4.2b y T4.3b, relativa a los tractores de ruedas con una velocidad nominal máxima superior
a 40 km/h, que en la derogada Directiva 2003/37/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 26 de mayo de 2003, estaban incluidas dentro de la categoría T5.
Mediante este real decreto se modifica el citado Real Decreto 563/2017, de 2 de
junio, para incorporar al ordenamiento jurídico la mencionada Directiva Delegada
(UE) 2021/1716 de la Comisión, de 29 de junio de 2021.
A estos efectos y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, este real decreto observa los principios de buena regulación.
cve: BOE-A-2022-15359
Verificable en https://www.boe.es
15359
Núm. 227
Miércoles 21 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 129579
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 766/2022, de 20 de septiembre, por el que se modifica el Real
Decreto 563/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las inspecciones
técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en territorio
español.
El Real Decreto 563/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las inspecciones técnicas
en carretera de vehículos comerciales que circulan en territorio español, incorporó a nuestro
ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2014/47/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a las inspecciones técnicas en carretera de vehículos
comerciales que circulan en la Unión y por la que se deroga la Directiva 2000/30/CE.
Con posterioridad, se ha aprobado la Directiva Delegada (UE) 2021/1716 de la Comisión,
de 29 de junio de 2021, que modifica la Directiva 2014/47/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, por lo que respecta a los cambios en las designaciones de las categorías de
vehículos derivados de las modificaciones de la legislación sobre homologación de tipo.
La Directiva Delegada (UE) 2021/1716 de la Comisión, de 29 de junio de 2021,
menciona la vigente legislación europea en materia de homologación de tipo de
vehículos que se debe tener en consideración para determinar las categorías de
vehículos incluidos en su ámbito de aplicación, ya que la normativa que citaba la
Directiva 2014/47/UE, constituida por la Directiva 2003/37/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 26 de mayo de 2003, relativa a la homologación de los tractores
agrícolas o forestales, de sus remolques y de su maquinaria intercambiable remolcada,
así como de los sistemas, componentes y unidades técnicas de dichos vehículos y por la
que se deroga la Directiva 74/150/CEE, y la Directiva 2007/46/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se crea un marco para la
homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y
unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos, está derogada.
En la actualidad, la legislación europea sobre homologación de tipo está integrada por el
Reglamento (UE) n.º 167/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de febrero
de 2013, relativo a la homologación de los vehículos agrícolas o forestales, y a la vigilancia del
mercado de dichos vehículos, y por el Reglamento (UE) n.º 2018/858 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre la homologación y la vigilancia del mercado de
los vehículos de motor y sus remolques, y de los sistemas, los componentes y las unidades
técnicas independientes destinados a dichos vehículos, por el que se modifican los Reglamento
(CE) n.º 715/2007 y (CE) n.º 595/2009 y por el que se deroga la Directiva 2007/46/CE.
Además, la Directiva Delegada (UE) 2021/1716 de la Comisión, de 29 de junio de 2021,
actualiza las designaciones de las categorías de vehículos incluidos en su ámbito de
aplicación como consecuencia de los cambios que ha introducido el Reglamento (UE)
n.º 167/2013. Así, en este Reglamento figuran las nuevas categorías T1b, T2b, T3b, T4.1b,
T4.2b y T4.3b, relativa a los tractores de ruedas con una velocidad nominal máxima superior
a 40 km/h, que en la derogada Directiva 2003/37/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 26 de mayo de 2003, estaban incluidas dentro de la categoría T5.
Mediante este real decreto se modifica el citado Real Decreto 563/2017, de 2 de
junio, para incorporar al ordenamiento jurídico la mencionada Directiva Delegada
(UE) 2021/1716 de la Comisión, de 29 de junio de 2021.
A estos efectos y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, este real decreto observa los principios de buena regulación.
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