III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-15326)
Resolución 420/38366/2022, de 12 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Naturgy Renovables, SLU, en relación con la construcción del parque eólico "Puerto del Rosario" en las proximidades de la propiedad denominada "centro SCTM Temejereque" (Fuerteventura).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 129386
ANEXO I
Informe sobre la afectación del parque eólico de Puerto del Rosario
al RCT-Temejereque
Objeto
Este informe tiene como objeto analizar la situación de los radioenlaces de defensa
que puedan verse afectados por la instalación de un nuevo parque eólico en
Temejereque. Este parque estará compuesto por 8 elementos G132 de Gamesa de 3,65
MW, con 132 m de diámetro de pala y 97 metros de buje.
Estudio
Como consecuencia del oficio del CESTIC de fecha 14/08/2020 n.º [...]-002521,
dirigido al Subdirector General de Patrimonio, se indica que:
a) Existen afectaciones del Parque Eólico que estaba construyendo Naturgy
Renovables, SLU, a los centros de la RCT-960 Temejereque / RCT-962 Pto. Rosario.
b) Los aerogeneradores n.º 3 y n.º 5 tienen incidencia grave por incumplimiento de
las normas de seguridad radioeléctrica establecidas.
El 4 de junio de 2021, el jefe del CEZMAN n.º 9, informa al CESTIC que se están
produciendo cortes intermitentes en el enlace entre los centros de la RCT-960
Temejereque / RCT-962 Pto. Rosario. Se observa que uno de los aerogeneradores está
girando e invade francamente El Centro del Haz del Radioenlace.
Conclusión
Tras Analizar la situación del radioenlace es necesario que para que los
aerogeneradores 3 y 5 no interfieran la comunicación de datos, tendrían que alejarse una
distancia mínima de 95 metros sobre la línea de visión directa. Actualmente están a 29
y 23 m respectivamente de la visual del enlace; desplazando la base de ambos
generadores a unos 95 metros se evitaría que el movimiento de rotación de las palas
provocase la interrupción del radioenlace.
Madrid, 14 de agosto de 2020.
ANEXO II
Pliego de prescripciones técnicas para solventar la vulneración a la servidumbre
de la señal radioeléctrica perteneciente al radioenlace, como solución temporal
entre Puerto del Rosario al RCT-Temejereque
El presente anexo tiene por objeto ofrecer a Ministerio de Defensa una solución de
carácter temporal, según las necesidades comunicadas por dicho Ministerio.
Realizando una interconexión directa mediante fibra óptica (en adelante FO),
ofreciendo una solución capaz de garantizar los servicios de emulación de un circuito no
estructurado de 155 Mbit/s.
La solución consiste en conducir la señal radioenlace a través FO (12 enlaces de 2
MB) existente de un operador de telecomunicaciones en el área del radioenlace, entre la
torre «RCT-960 Temejereque» y «RCT-962 Puerto Rosario» de la Red Conjunta de
Telecomunicaciones (RCT) de Defensa, durante un plazo de tres años ampliable por un
año más previa petición expresa del Ministerio de Defensa.
El servicio de comunicaciones permite la interconexión de emplazamientos sin
ningún tipo de restricción, ni modificación sobre el tráfico transportado, comportándose
como si estuvieran ubicados en un único edificio.
cve: BOE-A-2022-15326
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 226
Martes 20 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 129386
ANEXO I
Informe sobre la afectación del parque eólico de Puerto del Rosario
al RCT-Temejereque
Objeto
Este informe tiene como objeto analizar la situación de los radioenlaces de defensa
que puedan verse afectados por la instalación de un nuevo parque eólico en
Temejereque. Este parque estará compuesto por 8 elementos G132 de Gamesa de 3,65
MW, con 132 m de diámetro de pala y 97 metros de buje.
Estudio
Como consecuencia del oficio del CESTIC de fecha 14/08/2020 n.º [...]-002521,
dirigido al Subdirector General de Patrimonio, se indica que:
a) Existen afectaciones del Parque Eólico que estaba construyendo Naturgy
Renovables, SLU, a los centros de la RCT-960 Temejereque / RCT-962 Pto. Rosario.
b) Los aerogeneradores n.º 3 y n.º 5 tienen incidencia grave por incumplimiento de
las normas de seguridad radioeléctrica establecidas.
El 4 de junio de 2021, el jefe del CEZMAN n.º 9, informa al CESTIC que se están
produciendo cortes intermitentes en el enlace entre los centros de la RCT-960
Temejereque / RCT-962 Pto. Rosario. Se observa que uno de los aerogeneradores está
girando e invade francamente El Centro del Haz del Radioenlace.
Conclusión
Tras Analizar la situación del radioenlace es necesario que para que los
aerogeneradores 3 y 5 no interfieran la comunicación de datos, tendrían que alejarse una
distancia mínima de 95 metros sobre la línea de visión directa. Actualmente están a 29
y 23 m respectivamente de la visual del enlace; desplazando la base de ambos
generadores a unos 95 metros se evitaría que el movimiento de rotación de las palas
provocase la interrupción del radioenlace.
Madrid, 14 de agosto de 2020.
ANEXO II
Pliego de prescripciones técnicas para solventar la vulneración a la servidumbre
de la señal radioeléctrica perteneciente al radioenlace, como solución temporal
entre Puerto del Rosario al RCT-Temejereque
El presente anexo tiene por objeto ofrecer a Ministerio de Defensa una solución de
carácter temporal, según las necesidades comunicadas por dicho Ministerio.
Realizando una interconexión directa mediante fibra óptica (en adelante FO),
ofreciendo una solución capaz de garantizar los servicios de emulación de un circuito no
estructurado de 155 Mbit/s.
La solución consiste en conducir la señal radioenlace a través FO (12 enlaces de 2
MB) existente de un operador de telecomunicaciones en el área del radioenlace, entre la
torre «RCT-960 Temejereque» y «RCT-962 Puerto Rosario» de la Red Conjunta de
Telecomunicaciones (RCT) de Defensa, durante un plazo de tres años ampliable por un
año más previa petición expresa del Ministerio de Defensa.
El servicio de comunicaciones permite la interconexión de emplazamientos sin
ningún tipo de restricción, ni modificación sobre el tráfico transportado, comportándose
como si estuvieran ubicados en un único edificio.
cve: BOE-A-2022-15326
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 226