I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Impuestos. (BOE-A-2022-15288)
Decreto Foral Legislativo 5/2022, de 31 de agosto, de armonización tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 11/2015, de 18 de marzo, por la que se regulan el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero y el Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Martes 20 de septiembre de 2022

Sec. I. Pág. 129056

intracomunitaria de los gases objeto del impuesto que se destinen a ser utilizados
en inhaladores dosificadores para el suministro de ingredientes farmacéuticos.
Estos gases deberán estar etiquetados indicando que se destinan para tal fin
conforme con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento (UE) n.º 517/2014».
Disposición final. Entrada en vigor.
El presente decreto foral legislativo de armonización tributaria entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra», con efectos desde el 1
de septiembre de 2022.
Pamplona, 31 de agosto de 2022.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra.
María Chivite Navascués.–La Consejera de Economía y Hacienda, Elma Saiz Delgado.

cve: BOE-A-2022-15288
Verificable en https://www.boe.es

(Publicado en el «Boletín Oficial de Navarra» número 182, de 13 de septiembre de 2022)

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X