III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-15285)
Resolución de 13 de septiembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., y la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, O.A., para la realización del encuentro "Aseguramiento de la calidad y reconocimiento de estudios universitarios y de educación superior en el contexto de América Latina y Caribe, y la Unión Europea".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Lunes 19 de septiembre de 2022
Cuarta.
Sec. III. Pág. 129008
Compromisos económicos de las partes.
I. La ANECA asume un compromiso económico en virtud de este convenio de un
máximo de veintitrés mil cuatrocientos setenta y un euros (23.471,00 €), como aportación
a la UIMP para cubrir las partidas que se indican en el presupuesto aprobado que se
adjunta como anexo II.
Esta financiación, que irá con cargo a la aplicación presupuestaria 33.322C.226.06
de su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y suficiente, se
abonará mediante transferencia a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta
a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España,
Agencia de Madrid, estableciéndose como requisitos para el pago que se haya celebrado
el encuentro de conformidad con lo previsto y acordado en este convenio y que se haya
emitido por parte de la UIMP la correspondiente factura acompañada de la liquidación
final del presupuesto en la que se revisarán las unidades realmente ejecutadas de cada
partida de acuerdo con los precios unitarios aprobados en el presupuesto que se incluye
como anexo II. El importe final no podrá superar en ningún caso el máximo indicado en
el párrafo anterior. La comisión de seguimiento del convenio certificará el cumplimiento
de los requisitos establecidos para que se produzca este pago. La factura junto con la
liquidación final del presupuesto deberá presentarse a la ANECA antes del 31 de octubre
de 2022 y el pago deberá hacerse efectivo a la UIMP en el plazo máximo de 30 días
desde la emisión de la citada certificación y en todo caso antes del 31 de diciembre
de 2022.
II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de los gastos de las partidas que se indican en el presupuesto
aprobado que se adjunta como anexo II, que ascienden a nueve mil setecientos noventa
y cinco euros (9.795,00 €). Esta financiación no supone un traspaso de fondos de la
UIMP a la ANECA. Dichos gastos se financian con cargo a los créditos aprobados para
el conjunto de su programación de cursos avanzados en 2022 (33.101.322C.226.06 y
otros diferentes conceptos según la diferente naturaleza de cada uno de los gastos).
Para ello, la UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes de gasto con
carácter general para el conjunto de cursos, según los procedimientos legalmente
establecidos.
La UIMP podrá recabar la financiación de otras entidades públicas o privadas para
cubrir su compromiso económico en relación con este convenio, informando de ello
previamente a la ANECA para su conformidad. Estas entidades en ningún caso
participarán en la organización del encuentro ni en la ejecución del presente convenio,
sino que simplemente aportarán fondos en calidad de entidades colaboradoras o
subvencionadoras, mediante la suscripción de los correspondientes convenios o
documentos jurídicos que procedan. Los acuerdos a los que la UIMP llegue con dichas
entidades sobre su financiación y contraprestaciones no podrán suponer modificación
alguna a lo pactado entre la ANECA y la UIMP en este documento.
Visibilidad de las partes. Difusión. Publicaciones.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración de la ANECA con la UIMP, respetando en todo caso las
directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La ANECA podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro,
llevando a cabo cuantas acciones estime convenientes dentro de sus medios habituales,
tales como difusión a través de su propia web, mediante la difusión directa del programa
entre el público específico, etc., respetando en la medida de lo posible el diseño de la
campaña publicitaria de la UIMP.
Asimismo, la ANECA podrá apoyar, a través de su propio gabinete de prensa y
comunicación, la labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre
con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.
cve: BOE-A-2022-15285
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 225
Lunes 19 de septiembre de 2022
Cuarta.
Sec. III. Pág. 129008
Compromisos económicos de las partes.
I. La ANECA asume un compromiso económico en virtud de este convenio de un
máximo de veintitrés mil cuatrocientos setenta y un euros (23.471,00 €), como aportación
a la UIMP para cubrir las partidas que se indican en el presupuesto aprobado que se
adjunta como anexo II.
Esta financiación, que irá con cargo a la aplicación presupuestaria 33.322C.226.06
de su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y suficiente, se
abonará mediante transferencia a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta
a nombre de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España,
Agencia de Madrid, estableciéndose como requisitos para el pago que se haya celebrado
el encuentro de conformidad con lo previsto y acordado en este convenio y que se haya
emitido por parte de la UIMP la correspondiente factura acompañada de la liquidación
final del presupuesto en la que se revisarán las unidades realmente ejecutadas de cada
partida de acuerdo con los precios unitarios aprobados en el presupuesto que se incluye
como anexo II. El importe final no podrá superar en ningún caso el máximo indicado en
el párrafo anterior. La comisión de seguimiento del convenio certificará el cumplimiento
de los requisitos establecidos para que se produzca este pago. La factura junto con la
liquidación final del presupuesto deberá presentarse a la ANECA antes del 31 de octubre
de 2022 y el pago deberá hacerse efectivo a la UIMP en el plazo máximo de 30 días
desde la emisión de la citada certificación y en todo caso antes del 31 de diciembre
de 2022.
II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de los gastos de las partidas que se indican en el presupuesto
aprobado que se adjunta como anexo II, que ascienden a nueve mil setecientos noventa
y cinco euros (9.795,00 €). Esta financiación no supone un traspaso de fondos de la
UIMP a la ANECA. Dichos gastos se financian con cargo a los créditos aprobados para
el conjunto de su programación de cursos avanzados en 2022 (33.101.322C.226.06 y
otros diferentes conceptos según la diferente naturaleza de cada uno de los gastos).
Para ello, la UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes de gasto con
carácter general para el conjunto de cursos, según los procedimientos legalmente
establecidos.
La UIMP podrá recabar la financiación de otras entidades públicas o privadas para
cubrir su compromiso económico en relación con este convenio, informando de ello
previamente a la ANECA para su conformidad. Estas entidades en ningún caso
participarán en la organización del encuentro ni en la ejecución del presente convenio,
sino que simplemente aportarán fondos en calidad de entidades colaboradoras o
subvencionadoras, mediante la suscripción de los correspondientes convenios o
documentos jurídicos que procedan. Los acuerdos a los que la UIMP llegue con dichas
entidades sobre su financiación y contraprestaciones no podrán suponer modificación
alguna a lo pactado entre la ANECA y la UIMP en este documento.
Visibilidad de las partes. Difusión. Publicaciones.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración de la ANECA con la UIMP, respetando en todo caso las
directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La ANECA podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción del encuentro,
llevando a cabo cuantas acciones estime convenientes dentro de sus medios habituales,
tales como difusión a través de su propia web, mediante la difusión directa del programa
entre el público específico, etc., respetando en la medida de lo posible el diseño de la
campaña publicitaria de la UIMP.
Asimismo, la ANECA podrá apoyar, a través de su propio gabinete de prensa y
comunicación, la labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre
con la necesaria coordinación y apoyo mutuo.
cve: BOE-A-2022-15285
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.