II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-15216)
Resolución de 12 de septiembre de 2022, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca concurso de movilidad voluntaria para proveer plazas de personal sanitario y no sanitario de Atención Especializada y Atención Primaria de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Lunes 19 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 128477

excedencia voluntaria o reincorporación de suspensión de funciones por delitos contra la
libertad o indemnidad sexual (una vez cumplida la pena o sanción que originó la
suspensión), en cumplimiento de lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia, deberá aportar, en el momento de la toma de posesión, certificación
negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, acreditativa de no haber sido
condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Novena.

Norma final.

La movilidad derivada de este concurso tiene carácter voluntario y no genera
derecho alguno al abono de ninguna clase de indemnización.
Décima.

Recursos.

Contra la presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella
podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección del
Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Madrid, 12 de septiembre de 2022.–La Directora del Instituto Nacional de Gestión
Sanitaria, Belén Hernando Galán.
ANEXO I
Baremo de méritos
1. Servicios prestados en la misma categoría u homologada desde la que se concursa
como personal estatutario/funcionario/laboral, fijo o temporal, por mes completo (30 días).
1.1 En los servicios de salud autonómicos así como en los centros y servicios
sanitarios gestionados por órganos u organismos dependientes de la Administración
General del Estado: 0,50 puntos.
1.2 En otras administraciones sanitarias públicas, distintas a los servicios de salud
autonómicos, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea/Espacio Económico
Europeo o en la administración sanitaria de países del Grupo I de la OCDE: 0,25 puntos.
1.3 En centros privados concertados nacionales: 0,125 puntos.
1.4 En centros privados nacionales: 0,062 puntos.

2.1 En los servicios de salud autonómicos así como en los centros y servicios
sanitarios gestionados por órganos u organismos dependientes de la Administración
General del Estado, como personal estatutario/funcionario/laboral: 0,25 puntos.
2.2 En otras administraciones sanitarias públicas, distintas a los servicios de salud
autonómicos, así como en centros sanitarios públicos de la Unión Europea/Espacio
Económico Europeo: 0,125 puntos.

cve: BOE-A-2022-15216
Verificable en https://www.boe.es

2. Servicios prestados en distinta categoría u homologada desde la que se concursa
como personal estatutario/funcionario/laboral, fijo o temporal, por mes completo (30 días).