III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-15202)
Resolución de 8 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona "La Caixa", para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Sábado 17 de septiembre de 2022
Decimoséptima.
Sec. III. Pág. 128303
Incumplimientos y reintegros.
1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, de los
intereses devengados por la subvención, así como la exigencia del interés de demora
correspondiente, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se
acuerde la procedencia del reintegro, en los supuestos recogidos en los artículos 36 y 37
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. El incumplimiento de las obligaciones sobre aportación de la documentación
exigida por la normativa nacional y europea en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y del Marco de Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
así como el incumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo», será
causa de reintegro.
3. En el supuesto de incumplimiento parcial, la fijación de la cantidad que deba ser
reintegrada se determinará en aplicación del principio de proporcionalidad, y teniendo en
cuenta el hecho de que el citado incumplimiento se aproxime significativamente al
cumplimiento total y se acredite por Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de
Barcelona, «La Caixa» una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus
compromisos.
4. El procedimiento para el reintegro se regirá por lo dispuesto en los artículos 41
a 43 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el capítulo II del título III del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
5. El órgano competente para exigir el reintegro de la subvención concedida será el
concedente de la subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Decimoctava.
Régimen sancionador.
Las posibles infracciones que pudiesen ser cometidas por Fundación Bancaria Caixa
d´Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa» se graduarán y sancionarán de acuerdo
con lo establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y título IV de su
Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
De conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son
titulares los firmantes, se firma electrónicamente el presente Convenio.–Por el Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, María Milagros Paniagua San Martín,
Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.–Por la
Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa», Marc Simón
Martínez, Subdirector General de la entidad.
ANEXO I
Descripción del proyecto objeto de la subvención
1.
Título del proyecto.
2.
Objetivo del proyecto.
Los objetivos del proyecto son los siguientes: Desarrollar las competencias
parentales desde el paradigma de la parentalidad positiva con énfasis en el cuidado,
crianza y apoyo educativo; empoderar a madres y padres de infancia 0-3 mediante el
fortalecimiento de habilidades sociales y el apoyo a procesos de inserción laboral y
social; potenciar el desarrollo psicomotriz, cognitivo y social de la infancia 0-3; y
comparar los efectos netos que produce el desarrollo de talleres familiares en la
cve: BOE-A-2022-15202
Verificable en https://www.boe.es
«Espacios infantiles 0-3. Proyecto de apoyo a la primera infancia en familias en
situación de vulnerabilidad social por causa de la pobreza».
Núm. 224
Sábado 17 de septiembre de 2022
Decimoséptima.
Sec. III. Pág. 128303
Incumplimientos y reintegros.
1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, de los
intereses devengados por la subvención, así como la exigencia del interés de demora
correspondiente, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se
acuerde la procedencia del reintegro, en los supuestos recogidos en los artículos 36 y 37
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. El incumplimiento de las obligaciones sobre aportación de la documentación
exigida por la normativa nacional y europea en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y del Marco de Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
así como el incumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo», será
causa de reintegro.
3. En el supuesto de incumplimiento parcial, la fijación de la cantidad que deba ser
reintegrada se determinará en aplicación del principio de proporcionalidad, y teniendo en
cuenta el hecho de que el citado incumplimiento se aproxime significativamente al
cumplimiento total y se acredite por Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de
Barcelona, «La Caixa» una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus
compromisos.
4. El procedimiento para el reintegro se regirá por lo dispuesto en los artículos 41
a 43 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el capítulo II del título III del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
5. El órgano competente para exigir el reintegro de la subvención concedida será el
concedente de la subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Decimoctava.
Régimen sancionador.
Las posibles infracciones que pudiesen ser cometidas por Fundación Bancaria Caixa
d´Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa» se graduarán y sancionarán de acuerdo
con lo establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y título IV de su
Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
De conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son
titulares los firmantes, se firma electrónicamente el presente Convenio.–Por el Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, María Milagros Paniagua San Martín,
Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.–Por la
Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona, «La Caixa», Marc Simón
Martínez, Subdirector General de la entidad.
ANEXO I
Descripción del proyecto objeto de la subvención
1.
Título del proyecto.
2.
Objetivo del proyecto.
Los objetivos del proyecto son los siguientes: Desarrollar las competencias
parentales desde el paradigma de la parentalidad positiva con énfasis en el cuidado,
crianza y apoyo educativo; empoderar a madres y padres de infancia 0-3 mediante el
fortalecimiento de habilidades sociales y el apoyo a procesos de inserción laboral y
social; potenciar el desarrollo psicomotriz, cognitivo y social de la infancia 0-3; y
comparar los efectos netos que produce el desarrollo de talleres familiares en la
cve: BOE-A-2022-15202
Verificable en https://www.boe.es
«Espacios infantiles 0-3. Proyecto de apoyo a la primera infancia en familias en
situación de vulnerabilidad social por causa de la pobreza».