III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Becas. (BOE-A-2022-15162)
Orden CIN/895/2022, de 12 de septiembre, por la que se actualiza el Programa "Junta para la Ampliación de Estudios" y se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las becas para la formación por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223

Viernes 16 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 128012

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
Orden CIN/895/2022, de 12 de septiembre, por la que se actualiza el
Programa «Junta para la Ampliación de Estudios» y se aprueban las bases
reguladoras de la concesión de las becas para la formación por la Agencia
Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

El artículo 4 del Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la
Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su
Estatuto, contempla que el objeto de la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas (en adelante CSIC) es el fomento, la coordinación, el
desarrollo y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter
multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo
económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a
entidades públicas y privadas en estas materias.
Para dar cumplimiento a lo establecido en su objeto, entre las diversas funciones a
que se refiere el artículo 5 del Estatuto de la Agencia Estatal CSIC, aplicables a todas las
áreas científico-técnicas, se encuentra la de formar personal científico, técnico y de
gestión de la ciencia y la tecnología, así como colaborar con las universidades en la
investigación científica y tecnológica y en las enseñanzas especializadas y de postgrado.
Por ello, dentro de la planificación estratégica de la Agencia Estatal CSIC, a través
de esta Orden Ministerial se actualiza y renueva el Programa Junta para la Ampliación
de Estudios JAE (en adelante, Programa JAE), ya contemplado en la Resolución de 16
de julio de 2007, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, con el objetivo de
apoyar la formación en materia de investigación científica y tecnológica, a fin de aportar
una experiencia profesional que facilite a las personas beneficiarias de las mismas la
inserción de calidad en el mercado profesional de la investigación científica y de dar a
conocer las posibilidades de desarrollo que la Agencia ofrece en las diferentes áreas
científico-técnicas. De esta forma se retoma el histórico Programa JAE, que aborda la
formación integral del personal científico, técnico y de gestión de la investigación,
incorporándolo a las estructuras organizativas del CSIC, bien a través de la concesión de
becas, bien a través de contratos de naturaleza preferentemente formativa.
Asimismo, mediante esta Orden Ministerial y en el marco del Programa JAE, se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por parte de la Agencia
Estatal CSIC con el objetivo de introducir a la investigación a estudiantes universitarios,
ya sea cursando un grado universitario o un Máster, como a recién graduados que estén
matriculados o hayan realizado la inscripción o preinscripción de un Master universitario.
Las becas que se otorguen en virtud de esta orden, al cumplir con los requisitos que
establece la normativa vigente en materia de ayudas de Estado para no ser
consideradas como tales, quedarán fuera del ámbito definido en el artículo 107.1 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
presente orden se ajusta a los principios de buena regulación.
Así, se cumple el principio de necesidad y eficacia, por cuanto era necesaria la
aprobación de esta orden ministerial, con objeto de regular el Programa JAE y establecer
las bases reguladoras de la concesión de becas, de conformidad con lo preceptuado por
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Se cumple también el principio de proporcionalidad, por cuanto se ha procurado
atender de forma exclusiva los objetivos estrictamente exigidos y que se recogen a lo
largo de la memoria.

cve: BOE-A-2022-15162
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