III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2022-15161)
Orden CIN/894/2022, de 12 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para incentivar la consolidación investigadora, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 127982

documento de Disposiciones Operativas (Operational Arrangements) aprobado por la
Comisión Europea.
El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia regulado en el Reglamento
(UE) 2021/241, de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, se ha configurado como un instrumento en el que la
subvencionalidad de las medidas (reformas e inversiones) financiadas con cargo al mismo
se determina según lo dispuesto en el artículo 17 de dicho Reglamento y en el que los
pagos, conforme al artículo 24, se realizarán por la Comisión Europea tras el cumplimiento
de los hitos y objetivos previamente fijados en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y en cumplimiento de lo acordado por la Comisión en el CID.
Esta medida no tiene asociada una etiqueta verde ni digital en los términos previstos por
los anexos VI y VII del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Por otro lado, en cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 de 12 de febrero
de 2021, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión
(2021/C 58/01), en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un
perjuicio significativo», así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España (CID), todas las actuaciones que se deriven de la presente orden deben
respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio
DNSH, por sus siglas en inglés Do No Significant Harm). Ello incluye el cumplimiento de
las condiciones específicas previstas en el componente 17, Inversión I4 en la que se
enmarcan y especialmente en el Anexo a la CID y las recogidas en los apartados 3 y 8
del documento del Componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Con el fin de optimizar la gestión de estos fondos por parte de la Administración
Pública española, se promulgó el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En particular,
en dicha norma se recogen una serie de medidas de agilización de las ayudas
financiables con los fondos europeos asignados al Plan de recuperación.
Por Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas
urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el
autoconsumo y el despliegue de energías renovables, se modificaron determinados
aspectos de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
con el fin de habilitar la posibilidad, ya contemplada de manera genérica en la ley, de que
la evaluación positiva obtenida por el personal contratado mediante el contrato de
acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación o que haya participado
en programas postdoctorales análogos, tenga efecto en su valoración en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público fijo, en forma de exención o compensación
de parte de las pruebas o fases de evaluación curricular o equivalentes; estableciéndose,
además, una reserva para el acceso de dichas personas a las Escalas de personal
investigador de los Organismos Públicos de Investigación, así como a los cuerpos
docentes universitarios y al profesorado permanente laboral.
Se pretende por lo tanto dar cumplida cuenta de los compromisos contenidos en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo componente 17, relativo a la
reforma del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación, prevé la creación de
una carrera científica atractiva y estable, estableciendo las bases de un nuevo itinerario
postdoctoral al que los investigadores puedan acceder de forma competitiva y en el que,
tras la finalización del programa y una evaluación favorable, opten a un puesto de trabajo
estable y puedan disfrutar de un start-up package que les permita consolidarse como
investigadores en un/a proyecto/línea de investigación nuevo/a o participando en un
grupo ya establecido. Este modelo aportará, en definitiva, un horizonte de estabilidad, y
redundará en mayor atracción de talento y en el retorno de investigadores del extranjero

cve: BOE-A-2022-15161
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Núm. 223