III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-15114)
Resolución de 30 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social de Canarias, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 127343
convenios adicionales a los anteriores). Asimismo, estas ayudas contribuirán al
cumplimiento del hito 351 del CID, relativo a la aprobación de la evaluación del Plan de
Recuperación y Resiliencia de España, previsto para el primer trimestre de 2024, que
consiste en la publicación de una evaluación de, al menos dieciocho proyectos piloto,
que incluirá recomendaciones específicas para mejorar la tasa de acceso a la prestación
y mejorar la eficacia de las políticas de inclusión social.
Para ello, la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión
Social asume los siguientes compromisos en el marco de estas ayudas:
a) Proporcionar a Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión Social
de Canarias apoyo para el diseño de las actuaciones a realizar para la ejecución y
seguimiento del objeto de la subvención, así como para el perfilado de los potenciales
participantes del proyecto piloto.
b) Diseñar la metodología de ensayo controlado aleatorizado (RCT) del proyecto
piloto objeto de las subvenciones reguladas en el Real Decreto 378/2022, de 17 de
mayo, en coordinación con Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión
Social de Canarias.
c) Evaluar el proyecto piloto objeto de las subvenciones reguladas en el Real
Decreto 378/2022, de 17 de mayo, en coordinación con Red Europea de Lucha Contra la
Pobreza y la Exclusión Social de Canarias.
2. La responsabilidad de la gestión, control y cumplimiento de los hitos y objetivos
de la subvención le corresponde al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, sin que pueda delegarse la misma en otras entidades.
Sexta. Compromisos asumidos por Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la
Exclusión Social de Canarias.
1. En virtud del presente convenio, Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la
Exclusión Social de Canarias deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:
a) Cumplir el objetivo, realizar la actividad y adoptar el comportamiento en que se
fundamenta la concesión de subvención, en la forma, condiciones y plazo establecidos
en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, la resolución de concesión y en el presente
convenio.
b) En la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicarán
significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
c) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para el diseño de la metodología RCT, y proporcionar la información
necesaria para ello, de acuerdo con los mecanismos de intercambio de información
previstos en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, en la resolución de concesión de
la subvención y en el presente convenio.
d) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para la ejecución de la evaluación de los proyectos piloto objeto de las
subvenciones reguladas en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo.
e) Someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la aplicación de los
fondos destinados al proyecto subvencionado mediante la verificación de documentos y
a la evaluación continua y final por parte de los órganos gestores de las respectivas
subvenciones, así como al control financiero de los mismos por la Intervención General
de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.
f) Asegurar que los participantes en los itinerarios de inclusión social objeto del
presente Convenio son adecuadamente informados y aceptan voluntariamente su
cve: BOE-A-2022-15114
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 222
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convenios adicionales a los anteriores). Asimismo, estas ayudas contribuirán al
cumplimiento del hito 351 del CID, relativo a la aprobación de la evaluación del Plan de
Recuperación y Resiliencia de España, previsto para el primer trimestre de 2024, que
consiste en la publicación de una evaluación de, al menos dieciocho proyectos piloto,
que incluirá recomendaciones específicas para mejorar la tasa de acceso a la prestación
y mejorar la eficacia de las políticas de inclusión social.
Para ello, la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión
Social asume los siguientes compromisos en el marco de estas ayudas:
a) Proporcionar a Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión Social
de Canarias apoyo para el diseño de las actuaciones a realizar para la ejecución y
seguimiento del objeto de la subvención, así como para el perfilado de los potenciales
participantes del proyecto piloto.
b) Diseñar la metodología de ensayo controlado aleatorizado (RCT) del proyecto
piloto objeto de las subvenciones reguladas en el Real Decreto 378/2022, de 17 de
mayo, en coordinación con Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión
Social de Canarias.
c) Evaluar el proyecto piloto objeto de las subvenciones reguladas en el Real
Decreto 378/2022, de 17 de mayo, en coordinación con Red Europea de Lucha Contra la
Pobreza y la Exclusión Social de Canarias.
2. La responsabilidad de la gestión, control y cumplimiento de los hitos y objetivos
de la subvención le corresponde al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, sin que pueda delegarse la misma en otras entidades.
Sexta. Compromisos asumidos por Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la
Exclusión Social de Canarias.
1. En virtud del presente convenio, Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la
Exclusión Social de Canarias deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:
a) Cumplir el objetivo, realizar la actividad y adoptar el comportamiento en que se
fundamenta la concesión de subvención, en la forma, condiciones y plazo establecidos
en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, la resolución de concesión y en el presente
convenio.
b) En la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicarán
significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
c) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para el diseño de la metodología RCT, y proporcionar la información
necesaria para ello, de acuerdo con los mecanismos de intercambio de información
previstos en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, en la resolución de concesión de
la subvención y en el presente convenio.
d) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para la ejecución de la evaluación de los proyectos piloto objeto de las
subvenciones reguladas en el Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo.
e) Someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la aplicación de los
fondos destinados al proyecto subvencionado mediante la verificación de documentos y
a la evaluación continua y final por parte de los órganos gestores de las respectivas
subvenciones, así como al control financiero de los mismos por la Intervención General
de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.
f) Asegurar que los participantes en los itinerarios de inclusión social objeto del
presente Convenio son adecuadamente informados y aceptan voluntariamente su
cve: BOE-A-2022-15114
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 222