III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-15022)
Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de diciembre de 2021, en el que se declara a varias comunidades autónomas "Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126815
cve: BOE-A-2022-15022
Verificable en https://www.boe.es
5. Se acepta de plano el desistimiento de la solicitud, de conformidad con el
artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
6. Las infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios objeto de solicitud
no están adscritos al ejercicio de una competencia vinculada al artículo 25.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, tal y como exige
el apartado cuarto del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de diciembre de 2021, y
el apartado segundo.1 de la resolución de convocatoria.
7. La entidad solicitante no es la titular del bien sobre el que se ejecutará la obra.
8. No se ha aportado junto con la solicitud, ni durante el periodo de subsanación
concedido, la documentación prevista en el artículo 6.4 de la Orden HAP/196/2015,
de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37, de 12 de
febrero de 2015), por lo que conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le
tiene por desistido de su petición.
9. Duplicidad de solicitud en el objeto de proyecto.
10. El ámbito temporal o el episodio catastrófico señalado en la solicitud no está
entre los contemplados en el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de
diciembre de 2021, por el que se declara a varias comunidades autónomas «Zona
afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil», por lo que queda fuera
del ámbito de la resolución de convocatoria.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126815
cve: BOE-A-2022-15022
Verificable en https://www.boe.es
5. Se acepta de plano el desistimiento de la solicitud, de conformidad con el
artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
6. Las infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios objeto de solicitud
no están adscritos al ejercicio de una competencia vinculada al artículo 25.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, tal y como exige
el apartado cuarto del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de diciembre de 2021, y
el apartado segundo.1 de la resolución de convocatoria.
7. La entidad solicitante no es la titular del bien sobre el que se ejecutará la obra.
8. No se ha aportado junto con la solicitud, ni durante el periodo de subsanación
concedido, la documentación prevista en el artículo 6.4 de la Orden HAP/196/2015,
de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37, de 12 de
febrero de 2015), por lo que conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le
tiene por desistido de su petición.
9. Duplicidad de solicitud en el objeto de proyecto.
10. El ámbito temporal o el episodio catastrófico señalado en la solicitud no está
entre los contemplados en el anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de
diciembre de 2021, por el que se declara a varias comunidades autónomas «Zona
afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil», por lo que queda fuera
del ámbito de la resolución de convocatoria.
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