I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Vehículos. (BOE-A-2022-14968)
Real Decreto 750/2022, de 13 de septiembre, por el que se modifican el artículo 3 y el anexo I del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221

Miércoles 14 de septiembre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 750/2022, de 13 de septiembre, por el que se modifican el
artículo 3 y el anexo I del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el
que se regula la inspección técnica de vehículos.

El Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección
técnica de vehículos, establece los requisitos mínimos del régimen de inspecciones
técnicas de los vehículos que se empleen para circular por la vía pública. Asimismo,
determina los requisitos y obligaciones mínimas que deben cumplir las estaciones de
inspección técnica de vehículos
El Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, transpone al ordenamiento jurídico
español la Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril
de 2014, relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de
sus remolques, y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE y, parcialmente, la
Directiva 2014/46/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, por
la que se modifica la Directiva 1999/37/CE del Consejo, relativa a los documentos de
matriculación de los vehículos.
El 27 de septiembre de 2021 se publicó en el «Diario Oficial de la Unión Europea» la
Directiva Delegada (UE) 2021/1717 de la Comisión, de 9 de julio de 2021, por la que se
modifica la Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que
respecta a la actualización de la designación de determinadas categorías de vehículos y
a la inclusión de «eCall» en la lista de los elementos objeto de inspección, los métodos,
las causas de rechazo y la valoración de las deficiencias en los anexos I y III de dicha
Directiva. El sistema «eCall» integrado en los vehículos es un sistema de emergencia
que transmite un conjunto mínimo de datos y establece un canal audio, basado en el
número 112.
Esta Directiva modifica la Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 3 de abril de 2014, en primer lugar, para adaptar la denominación de
determinadas categorías de vehículos a las definidas en los Reglamentos (UE) n.º
167/2013 del Parlamento y del Consejo, de 5 de febrero de 2013 (UE) n.º 168/2013, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013, y (UE) 2018/858 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018; y, en segundo lugar, para
incluir las inspecciones técnicas periódicas del sistema «eCall» como uno de los puntos
que debe llevarse a cabo periódicamente de conformidad con la Directiva 2014/45/UE. El
sistema "eCall" basado en el número 112 integrado en los vehículos, al ser un sistema de
urgencia, requiere el máximo nivel de fiabilidad posible, debiendo garantizarse la
precisión y la calidad del conjunto mínimo de datos y de la transmisión de voz.
Con base en todo ello, y en cumplimiento de las obligaciones derivadas del Tratado
de Adhesión de España a la Unión Europea, así como de lo dispuesto en el artículo 2.1
de la Directiva Delegada (UE) 2021/1717 de la Comisión, de 9 de julio de 2021, es
preciso dictar las disposiciones nacionales que adapten la legislación española a las
previsiones contenidas en la mencionada directiva.
Por tanto, este real decreto tiene por objeto fundamental la trasposición al
ordenamiento jurídico español de la Directiva Delegada (UE) 2021/1717 de la Comisión,
de 9 de julio de 2021, por la que se modifica la Directiva 2014/45/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, en lo que respecta a la actualización de la
designación de determinadas categorías de vehículos y a la inclusión de «eCall» en la

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