V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2022-27681)
Anuncio de información pública de la Dirección General de Energía sobre resolución número 1356/2022, de 6 de septiembre, por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, de la instalación eléctrica de alta tensión denominada "Línea aéreo/subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito, entre las subestaciones de Arinaga y Escobar", expediente número AT15R056.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 42949
informe de fecha 10 de febrero de 2021 y referencia 2020/00014354H, que
concluye lo siguiente en cuanto a la conformidad o disconformidad del proyecto
con el planeamiento urbanístico en vigor: "Vista la documentación presentada, el
proyecto contempla la ejecución de un trazado aéreo que discurre por pieza de
suelo clasificada por suelo rústico de protección agraria intensiva, lo cual no
cumple con lo estipulado en el Plan General de Ordenación de la Villa de
Agüimes".
Mediante escrito de referencia DTMA/TR/21-0126, de fecha 19 de febrero de
2021, el promotor presenta alegaciones al informe del Ayuntamiento de Agüimes.
Trasladado dicho escrito al Ayuntamiento de Agüimes, con fecha de 25 de febrero
de 2021 se recibe un segundo informe del en el mismo sentido que el anterior, e
indicando que el Plan General de Ordenación de la Villa de Agüimes limita el uso
de redes aéreas en suelo rústico a aquellas que se adapten ambientalmente.
Mediante escrito de referencia DTMA/TR/21-0145, de fecha 1 de marzo de
2021, el promotor toma razón de lo informado por el Ayuntamiento, ratificándose
en las consideraciones anteriormente trasladadas en el orden legislativo,
administrativo, técnico y ambiental.
2) Ayuntamiento de Ingenio: con fecha de 4 de mayo de 2021 se recibe informe
(expediente 11608/2016) que concluye que el subsuelo de uso proyectado
titularidad de ese Ayuntamiento tiene la naturaleza de dominio de uso público, y
por lo tanto el uso común especial está sujeto a autorización administrativa. Así
mismo, indica que las referencias gráficas georreferenciadas para la localización
de la línea eléctrica subterránea de 66 kV, se muestran insuficientes en el estudio
de la intercepción o posible solapamiento con otras autorizaciones o usos
otorgados por ese Ayuntamiento.
Mediante escrito de referencia DTMA/TR/21-0342, de fecha 6 de mayo de
2021, el promotor presenta alegaciones que son trasladadas al Ayuntamiento,
recibiéndose con fecha 18 de mayo de 2021 nuevo informe de dicho Organismo,
de referencia 11608/2016, en el que se reitera la disconformidad y oposición al
proyecto por las siguientes cuestiones:
- El trazado propuesto de la línea de transporte de alta tensión por el interior
del casco antiguo del Carrizal generará grandes inconvenientes, tanto durante la
ejecución de las obras, como durante la vida útil de la instalación de alta tensión.
- El trazado proyectado no es el más adecuado porque existen varias
alternativas que disminuyen la longitud del mismo, y consecuentemente las
molestias que se generan en general sobre los vecinos del municipio, tanto en la
ejecución de las obras, como en la vida útil de la línea de transporte,
proponiéndose como vía alternativa que discurra la línea de transporte de alta
tensión barranco arriba, hasta la llegada al Cementerio del Carrizal, para proseguir
con la propuesta que se recoge en el proyecto reformado.
- La disconformidad con el planeamiento municipal del tramo de la línea que
discurre por el suelo urbano con la categoría de no consolidado, y denominado La
Alcantarilla (UA-37), al no estar desarrollada, solo se pueden ejecutar los obras y
usos provisionales como así se recoge en la Ley 4/2017, del Suelo y de los
Espacios Naturales de Canarias.
- La disconformidad con el planeamiento municipal del tramo de la línea de
transporte de alta tensión que discurre por el suelo urbanizable sectorizado no
cve: BOE-B-2022-27681
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 42949
informe de fecha 10 de febrero de 2021 y referencia 2020/00014354H, que
concluye lo siguiente en cuanto a la conformidad o disconformidad del proyecto
con el planeamiento urbanístico en vigor: "Vista la documentación presentada, el
proyecto contempla la ejecución de un trazado aéreo que discurre por pieza de
suelo clasificada por suelo rústico de protección agraria intensiva, lo cual no
cumple con lo estipulado en el Plan General de Ordenación de la Villa de
Agüimes".
Mediante escrito de referencia DTMA/TR/21-0126, de fecha 19 de febrero de
2021, el promotor presenta alegaciones al informe del Ayuntamiento de Agüimes.
Trasladado dicho escrito al Ayuntamiento de Agüimes, con fecha de 25 de febrero
de 2021 se recibe un segundo informe del en el mismo sentido que el anterior, e
indicando que el Plan General de Ordenación de la Villa de Agüimes limita el uso
de redes aéreas en suelo rústico a aquellas que se adapten ambientalmente.
Mediante escrito de referencia DTMA/TR/21-0145, de fecha 1 de marzo de
2021, el promotor toma razón de lo informado por el Ayuntamiento, ratificándose
en las consideraciones anteriormente trasladadas en el orden legislativo,
administrativo, técnico y ambiental.
2) Ayuntamiento de Ingenio: con fecha de 4 de mayo de 2021 se recibe informe
(expediente 11608/2016) que concluye que el subsuelo de uso proyectado
titularidad de ese Ayuntamiento tiene la naturaleza de dominio de uso público, y
por lo tanto el uso común especial está sujeto a autorización administrativa. Así
mismo, indica que las referencias gráficas georreferenciadas para la localización
de la línea eléctrica subterránea de 66 kV, se muestran insuficientes en el estudio
de la intercepción o posible solapamiento con otras autorizaciones o usos
otorgados por ese Ayuntamiento.
Mediante escrito de referencia DTMA/TR/21-0342, de fecha 6 de mayo de
2021, el promotor presenta alegaciones que son trasladadas al Ayuntamiento,
recibiéndose con fecha 18 de mayo de 2021 nuevo informe de dicho Organismo,
de referencia 11608/2016, en el que se reitera la disconformidad y oposición al
proyecto por las siguientes cuestiones:
- El trazado propuesto de la línea de transporte de alta tensión por el interior
del casco antiguo del Carrizal generará grandes inconvenientes, tanto durante la
ejecución de las obras, como durante la vida útil de la instalación de alta tensión.
- El trazado proyectado no es el más adecuado porque existen varias
alternativas que disminuyen la longitud del mismo, y consecuentemente las
molestias que se generan en general sobre los vecinos del municipio, tanto en la
ejecución de las obras, como en la vida útil de la línea de transporte,
proponiéndose como vía alternativa que discurra la línea de transporte de alta
tensión barranco arriba, hasta la llegada al Cementerio del Carrizal, para proseguir
con la propuesta que se recoge en el proyecto reformado.
- La disconformidad con el planeamiento municipal del tramo de la línea que
discurre por el suelo urbano con la categoría de no consolidado, y denominado La
Alcantarilla (UA-37), al no estar desarrollada, solo se pueden ejecutar los obras y
usos provisionales como así se recoge en la Ley 4/2017, del Suelo y de los
Espacios Naturales de Canarias.
- La disconformidad con el planeamiento municipal del tramo de la línea de
transporte de alta tensión que discurre por el suelo urbanizable sectorizado no
cve: BOE-B-2022-27681
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 221