V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2022-27681)
Anuncio de información pública de la Dirección General de Energía sobre resolución número 1356/2022, de 6 de septiembre, por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, de la instalación eléctrica de alta tensión denominada "Línea aéreo/subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito, entre las subestaciones de Arinaga y Escobar", expediente número AT15R056.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de septiembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 42955

desarrollado, solo se permiten uso y obras provisionales, coartando además el
normal desarrollo del sector en cuestión, ya que la línea de alta supondrá una
carga gravosa en el desarrollo del sector del suelo".
Noveno.- Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias sobre la ejecución del
Proyecto.
El Consejo de Gobierno de Canarias aprueba el Decreto 169/2022, de 28 de
julio (Boletín Oficial de Canarias número 154 de 4 de agosto de 2022), por el que
se acuerda la ejecución del proyecto denominado "Línea aéreo/subterránea de
transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito, entre las subestaciones de
Arinaga y Escobar", número de expediente AT 15R056, promovido por Red
Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, y se ordena la iniciación de
la modificación de los planeamientos afectados. El citado Decreto concluye lo
siguiente:
"Primero.- Acordar la ejecución del proyecto denominado "Línea aéreo/
subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito, entre las
subestaciones de Arinaga y Escobar", promovido por Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima Unipersonal en los municipios de Agüimes e Ingenio, y obrante
en la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y
Planificación Territorial.
Segundo.- Ordenar paralelamente la iniciación del procedimiento de
modificación del Plan General de Ordenación de Agüimes y del Plan General de
Ordenación de Ingenio, con ocasión de la primera modificación sustancial de los
mismos, respecto de todas aquellas determinaciones que resulten necesarias para
la ejecución del proyecto objeto del presente Decreto. "
Fundamentos jurídicos
I.- La ejecución de las instalaciones contempladas en el expediente de
referencia requiere de autorización administrativa de acuerdo con lo establecido en
el artículo 6 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos
administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones
eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y
en el resto de normativa vigente, en particular la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector
Eléctrico Canario, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 1955/
2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades del transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por
el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias ITC-LAT 01 a 09 y el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por
el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas
Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
II.- Las instalaciones proyectadas se encuentran contempladas en el Plan de
Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026 aprobado
mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022, publicado
por Resolución de 8 de abril de 2022 de la Secretaría de Estado de Energía
(Boletín Oficial del Estado número 93 de 19 de abril de 2022), resultando

cve: BOE-B-2022-27681
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Núm. 221