III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-14876)
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Europcar IB, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Lunes 12 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 125945
Cancelation fee: Incluido.
Cargo fumar en veh: Excluido.
Contribución Medioambiental: WLTP: Incluido.
ANEXO 5
Recibo de anticipo
D/Dña: ........................................................................................................................
Departamento: .............................................................................................................
Ha recibido de Europcar IB S.A. la cantidad de ........................................ euros,
importe correspondiente a un anticipo de haberes devengados.
Fecha: ........................................
Firma: .......................................
__________________
Son ................. euros
_________________
ANEXO 6 a)
Sistema de clasificación profesional de Europcar
Los elementos y condiciones del sistema de clasificación profesional de Europcar
son los siguientes:
Primero.
Metodología utilizada.
a) Descripción de los puestos de trabajo: Para llevar a cabo el desarrollo el sistema
de clasificación profesional se procedió a realizar una descripción de los puestos de
trabajo de la Compañía, acordándose con la representación de los trabajadores llevar a
cabo un análisis de la totalidad de posiciones funcionales que pudieran considerarse
diferentes desde el punto de vista de su prestación laboral.
b) Proceso de valoración: Una vez realizado el proceso de descripción se procedió
a llevar a cabo una valoración de los puestos de trabajo de los mismos, y según la
metodología Hay de Escalas y Perfiles.
La metodología utilizada ha sido puesta de manifiesto a la representación de los
trabajadores en sucesivas reuniones informativas.
El sistema de valoración de Escalas y Perfiles ha sido aceptado por la representación
de los trabajadores como metodología de análisis del contenido organizativo de los
puestos de trabajo que ha servido para llevar a cabo la división funcional de los puestos
de trabajo de la Empresa, y para el desarrollo del nuevo sistema de clasificación
profesional.
Resultado clasificatorio.
Como resultado del proceso técnico desarrollado se procedió a presentar a la
representación de los trabajadores la división funcional de los puestos de trabajo de la
Compañía (mapa de puestos), y la equiparación de los mismos a las nuevas parcelas
organizativas: puestos tipo y niveles de responsabilidad dentro de los puestos tipo.
El resultado del proceso se describe en el Anexo 6.b), siendo los elementos
clasificatorios los siguientes:
Grupos Profesionales.
Puestos Tipo.
Niveles de Responsabilidad.
Su definición se contempla en el Art. 33 y desarrollado en el Anexo 6.b).
cve: BOE-A-2022-14876
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 219
Lunes 12 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 125945
Cancelation fee: Incluido.
Cargo fumar en veh: Excluido.
Contribución Medioambiental: WLTP: Incluido.
ANEXO 5
Recibo de anticipo
D/Dña: ........................................................................................................................
Departamento: .............................................................................................................
Ha recibido de Europcar IB S.A. la cantidad de ........................................ euros,
importe correspondiente a un anticipo de haberes devengados.
Fecha: ........................................
Firma: .......................................
__________________
Son ................. euros
_________________
ANEXO 6 a)
Sistema de clasificación profesional de Europcar
Los elementos y condiciones del sistema de clasificación profesional de Europcar
son los siguientes:
Primero.
Metodología utilizada.
a) Descripción de los puestos de trabajo: Para llevar a cabo el desarrollo el sistema
de clasificación profesional se procedió a realizar una descripción de los puestos de
trabajo de la Compañía, acordándose con la representación de los trabajadores llevar a
cabo un análisis de la totalidad de posiciones funcionales que pudieran considerarse
diferentes desde el punto de vista de su prestación laboral.
b) Proceso de valoración: Una vez realizado el proceso de descripción se procedió
a llevar a cabo una valoración de los puestos de trabajo de los mismos, y según la
metodología Hay de Escalas y Perfiles.
La metodología utilizada ha sido puesta de manifiesto a la representación de los
trabajadores en sucesivas reuniones informativas.
El sistema de valoración de Escalas y Perfiles ha sido aceptado por la representación
de los trabajadores como metodología de análisis del contenido organizativo de los
puestos de trabajo que ha servido para llevar a cabo la división funcional de los puestos
de trabajo de la Empresa, y para el desarrollo del nuevo sistema de clasificación
profesional.
Resultado clasificatorio.
Como resultado del proceso técnico desarrollado se procedió a presentar a la
representación de los trabajadores la división funcional de los puestos de trabajo de la
Compañía (mapa de puestos), y la equiparación de los mismos a las nuevas parcelas
organizativas: puestos tipo y niveles de responsabilidad dentro de los puestos tipo.
El resultado del proceso se describe en el Anexo 6.b), siendo los elementos
clasificatorios los siguientes:
Grupos Profesionales.
Puestos Tipo.
Niveles de Responsabilidad.
Su definición se contempla en el Art. 33 y desarrollado en el Anexo 6.b).
cve: BOE-A-2022-14876
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.