III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-14875)
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Lidl Supermercados, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Lunes 12 de septiembre de 2022
Artículo 49.
Artículo 50.
Capítulo XII.
Sec. III. Pág. 125860
Descuento en compras.
Ayuda de natalidad.
Faltas y sanciones.
Artículo 51. Régimen disciplinario.
Artículo 52. Régimen de sanciones.
Capítulo XIII. Comisión de interpretación y aplicación del Convenio Colectivo.
Artículo 53.
Comisión de interpretación y aplicación del Convenio Colectivo.
Disposición adicional primera. Ámbito de aplicación.
Disposición adicional segunda. Horas Suplementarias.
Disposición adicional tercera. Reducciones de Jornada.
Disposición adicional cuarta. Mozos/as gestión administrativa en área logística.
Disposición adicional quinta. Estructura de Tienda.
Disposición transitoria primera. Descuento en compras.
Disposición transitoria segunda. Comisión de Seguimiento Funciones de Bake Off.
Disposición transitoria tercera. Tratamiento de Jornada.
Disposición transitoria cuarta. Sistema de consolidación de Jornada de los
contratos a tiempo parcial.
Disposición transitoria quinta. Cláusula de garantía de poder adquisitivo.
Disposición transitoria sexta. Condición especial promoción asistente. Creación
Comisión de Seguimiento.
Disposición transitoria séptima. Tiendas Alta Actividad.
Disposición transitoria octava. Retribuciones salariales.
Disposición transitoria novena. Domingos y festivos consolidados.
Disposición transitoria décima. Distribución jornada y domingos y festivos.
Disposición final primera. Plataformas logísticas.
Disposición final segunda. E-Commerce.
Disposición final tercera. Compromiso de adhesión.
Disposición derogatoria.
Anexo I.
Tabla de puestos de trabajo
CAPÍTULO I
Ámbito y revisión
Artículo 1. Partes que lo conciertan.
Artículo 2. Ámbito funcional y territorial.
El presente Convenio Colectivo regula las condiciones de trabajo de las personas
trabajadoras de la Empresa Lidl Supermercados, SAU, en todo el territorio del Estado
español.
cve: BOE-A-2022-14875
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio Colectivo se concierta entre la Representación de la Empresa
Lidl Supermercados, SAU, y las Representaciones Sindicales de CCOO y UGT, que
tienen la mayoría absoluta de los componentes de los Comités de Centro y
Delegados/as de Personal de la Empresa.
Núm. 219
Lunes 12 de septiembre de 2022
Artículo 49.
Artículo 50.
Capítulo XII.
Sec. III. Pág. 125860
Descuento en compras.
Ayuda de natalidad.
Faltas y sanciones.
Artículo 51. Régimen disciplinario.
Artículo 52. Régimen de sanciones.
Capítulo XIII. Comisión de interpretación y aplicación del Convenio Colectivo.
Artículo 53.
Comisión de interpretación y aplicación del Convenio Colectivo.
Disposición adicional primera. Ámbito de aplicación.
Disposición adicional segunda. Horas Suplementarias.
Disposición adicional tercera. Reducciones de Jornada.
Disposición adicional cuarta. Mozos/as gestión administrativa en área logística.
Disposición adicional quinta. Estructura de Tienda.
Disposición transitoria primera. Descuento en compras.
Disposición transitoria segunda. Comisión de Seguimiento Funciones de Bake Off.
Disposición transitoria tercera. Tratamiento de Jornada.
Disposición transitoria cuarta. Sistema de consolidación de Jornada de los
contratos a tiempo parcial.
Disposición transitoria quinta. Cláusula de garantía de poder adquisitivo.
Disposición transitoria sexta. Condición especial promoción asistente. Creación
Comisión de Seguimiento.
Disposición transitoria séptima. Tiendas Alta Actividad.
Disposición transitoria octava. Retribuciones salariales.
Disposición transitoria novena. Domingos y festivos consolidados.
Disposición transitoria décima. Distribución jornada y domingos y festivos.
Disposición final primera. Plataformas logísticas.
Disposición final segunda. E-Commerce.
Disposición final tercera. Compromiso de adhesión.
Disposición derogatoria.
Anexo I.
Tabla de puestos de trabajo
CAPÍTULO I
Ámbito y revisión
Artículo 1. Partes que lo conciertan.
Artículo 2. Ámbito funcional y territorial.
El presente Convenio Colectivo regula las condiciones de trabajo de las personas
trabajadoras de la Empresa Lidl Supermercados, SAU, en todo el territorio del Estado
español.
cve: BOE-A-2022-14875
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio Colectivo se concierta entre la Representación de la Empresa
Lidl Supermercados, SAU, y las Representaciones Sindicales de CCOO y UGT, que
tienen la mayoría absoluta de los componentes de los Comités de Centro y
Delegados/as de Personal de la Empresa.