III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-14874)
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Mapfre Grupo Asegurador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219

Lunes 12 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 125843

2. Mapfre ha definido una política de prevención de riesgos laborales, cuyo objetivo
es proporcionar en sus centros de trabajo entornos seguros y saludables, velando por el
derecho de las personas a la protección de su salud e integridad.
Dicha política contempla como criterios generales que la prevención es una más de
las áreas de gestión a desarrollar en el seno de las empresas, y debe contar con los
recursos adecuados para el desarrollo de la actividad preventiva. La misma contempla el
derecho de la plantilla a participar en todo aquello que pueda afectar a su salud en el
trabajo y a recibir formación en esta materia.
A tal efecto, la formación en prevención, tanto del personal, como de las personas
encargadas de la prevención en Mapfre, los delegados y delegadas de prevención y los
miembros del Comité de Seguridad y Salud, estará contemplada en los planes de
formación de la Empresa.
Artículo 28.

Comité de seguridad y salud.

1. En virtud de lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales y en el artículo 78 del Convenio del Sector de Seguros, se acuerda la
constitución de un Comité Estatal de Seguridad y Salud que tendrá competencias sobre
todos los centros de trabajo y el personal afectado por el presente convenio.
2. El Comité de Seguridad y Salud, estará formado por seis miembros por parte de
la Dirección de la Empresa y otros seis en representación de la plantilla.
3. El Comité de Seguridad y Salud establecerá su reglamento de actuación, y se
reunirá con una periodicidad trimestral.
4. Será considerado como tiempo de trabajo efectivo, sin imputación al crédito
horario de la representación de los trabajadores, el que destinen a las reuniones del
Comité de Seguridad y Salud y a las actividades que dicho comité pudiera
encomendarles. Serán por cuenta de la Empresa los gastos derivados de estas
actuaciones.
CAPÍTULO X
Sostenibilidad

La sostenibilidad es un concepto transversal que implica alcanzar un equilibrio entre
lo económico y el buen gobierno corporativo, lo social y lo medioambiental. Ser
sostenible significa crear valor para la compañía y sus grupos de interés, principalmente
aquellos con los que tiene una relación más directa como la plantilla, los accionistas, los
proveedores, los distribuidores y también para la sociedad en que la Empresa desarrolla
su actividad.
Por ello, los valores empresariales de Mapfre –Solvencia, innovación, servicio,
integridad, y equipo multicultural y diverso– determinan la forma en la que se deben
construir las relaciones de confianza, y el Código Ético y de Conducta de Mapfre sienta
las normas de conducta que deben regir el comportamiento y actuación entre las
personas empleadas y en su relación con la Empresa y con terceros.
La política corporativa de Sostenibilidad, es una de las herramientas que nos
permiten actuar en este ámbito, define la estrategia, los compromisos internacionales y
establece los principios generales y específicos de actuación en esta materia, con el
objetivo de ser más sostenibles.
Ser sostenible es una responsabilidad de todas las personas que trabajan en Mapfre
y de aquéllas que colaboran directamente con la compañía para desarrollar el negocio.
Por ello, Mapfre reconoce a la representación sindical de sus trabajadores y trabajadoras
como organización representativa del grupo de interés de su plantilla.

cve: BOE-A-2022-14874
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 29. Sostenibilidad.