III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2022-14880)
Resolución de 25 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 2 de agosto de 2022, de la Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra, en relación con la Ley Foral 17/2021, de 21 de octubre, por la que se modifica la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219

Lunes 12 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 125996

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
14880

Resolución de 25 de agosto de 2022, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 2 de agosto de
2022, de la Junta de Cooperación Administración General del EstadoComunidad Foral de Navarra, en relación con la Ley Foral 17/2021, de 21 de
octubre, por la que se modifica la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de
Contratos Públicos.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 25 de agosto de 2022.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Junta de Cooperación Administración General del EstadoComunidad Foral de Navarra en relación con la Ley Foral 17/2021, de 21 de
octubre, por la que se modifica la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos
Públicos
La Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de
Navarra ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. Las partes acuerdan que la interpretación conforme al orden competencial de los
siguientes preceptos requiere el respeto a los principios esenciales de la legislación
básica del Estado en materia de contratación, de acuerdo con lo previsto en la
Constitución Española y en el artículo 49.1.d) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de
agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra; y, entre otros,
los principios de igualdad de trato y no discriminación, transparencia, publicidad y libre
concurrencia, todos ellos derivados del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
y las Directivas de contratación, y reflejados en la normativa básica estatal y en la Ley
Foral de Contratos Públicos, que han de ser aplicados en todos los casos, sin excepción,
y de manera conforme a interpretación que de ellos viene realizando, o realice en el
futuro, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. De acuerdo con esta consideración, y

cve: BOE-A-2022-14880
Verificable en https://www.boe.es

I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el grupo de trabajo
constituido por Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Foral de Navarra para la resolución de discrepancias surgidas en
relación con los apartados dos, veintidós, treinta y tres, treinta y cuatro, treinta y nueve,
cincuenta y dos, cincuenta y seis, sesenta y tres y sesenta y cinco del artículo único de la
Ley Foral 17/2021, de 21 de octubre, por la que se modifica la Ley Foral 2/2018, de 13
de abril, de Contratos Públicos («Boletín Oficial de Navarra» núm. 251, de 2 de
noviembre de 2021), ambas partes consideran solventadas las mismas en lo que se
refiere a los preceptos objeto del presente acuerdo y en los términos del mismo, en
razón a los siguientes compromisos: