I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Comunidad Autónoma de Canarias. Traspaso de funciones y servicios. (BOE-A-2022-14778)
Real Decreto 713/2022, de 30 de agosto, de traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de ordenación y gestión del litoral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Lunes 12 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 125213
caso aplicables y en las mismas circunstancias que se especifican en sus expedientes
de personal.
2. Por la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se
notificará a los interesados el traspaso y su nueva situación administrativa tan pronto el
Gobierno apruebe este Acuerdo por real decreto.
Asimismo, se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de
Canarias una copia certificada de todos los expedientes de este personal traspasado, así
como los certificados de haberes referidos a las cantidades a devengar por los mismos
durante el año 2022.
3. En el supuesto de que fuese necesario introducir correcciones o rectificaciones
en la relación contemplada en este apartado, se llevarán a cabo, previa constatación por
ambas Administraciones, mediante certificación expedida por la Secretaría de la
Comisión Mixta de Transferencias.
G)
Valoración definitiva de las cargas financieras de las funciones traspasadas.
1. La valoración provisional, en valores del año base 2007, que corresponde al
coste efectivo anual de las funciones y servicios que se traspasan a la Comunidad
Autónoma de Canarias se eleva a 592.793,15 euros. Dicha valoración será objeto de
revisión en los términos establecidos en el artículo 21.1 de la Ley 22/2009, de 18 de
diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades
Autónomas de régimen común y Ciudades con estatuto de Autonomía y se modifican
determinadas normas tributarias.
2. La financiación, en euros de 2022, que corresponde al coste efectivo anual de
los medios traspasados, se detalla en la relación adjunta número 4.
3. Transitoriamente, hasta tanto se produzca la revisión del Fondo de Suficiencia
Global como consecuencia de la incorporación al mismo del coste efectivo del traspaso,
este coste se financiará mediante la consolidación en la Sección 38 de los Presupuestos
Generales del Estado, de los créditos relativos a los distintos componentes de dicho
coste, por los importes que se determinen, susceptibles de actualización por los
mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos Generales del Estado.
H)
Documentación y expedientes de los servicios que se traspasan.
La entrega de la documentación relativa a los medios que se amplían se realizará en
el plazo de un mes desde la publicación del real decreto por el que se aprueba este
Acuerdo.
I)
Fecha de efectividad del traspaso.
El traspaso de funciones y servicios objeto de este Acuerdo tendrá efectividad a
partir del día 1 de enero de 2023.
Y para que conste, se expide la presente certificación en Santa Cruz de Tenerife,
a 27 de julio de 2022.–Los Secretarios de la Comisión Mixta de Transferencias, Jorge
García Carreño y María Luisa Risueño Díaz.
Medios patrimoniales que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Canarias
1.1
Vehículos que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Canarias
Matrícula
Modelo
Fecha
de matriculación
MMA-05834 FORD KUGA.
2020
MMA-01576 NISSAN TERRANO.
2002
cve: BOE-A-2022-14778
Verificable en https://www.boe.es
RELACIÓN NÚMERO 1
Núm. 219
Lunes 12 de septiembre de 2022
Sec. I. Pág. 125213
caso aplicables y en las mismas circunstancias que se especifican en sus expedientes
de personal.
2. Por la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se
notificará a los interesados el traspaso y su nueva situación administrativa tan pronto el
Gobierno apruebe este Acuerdo por real decreto.
Asimismo, se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de
Canarias una copia certificada de todos los expedientes de este personal traspasado, así
como los certificados de haberes referidos a las cantidades a devengar por los mismos
durante el año 2022.
3. En el supuesto de que fuese necesario introducir correcciones o rectificaciones
en la relación contemplada en este apartado, se llevarán a cabo, previa constatación por
ambas Administraciones, mediante certificación expedida por la Secretaría de la
Comisión Mixta de Transferencias.
G)
Valoración definitiva de las cargas financieras de las funciones traspasadas.
1. La valoración provisional, en valores del año base 2007, que corresponde al
coste efectivo anual de las funciones y servicios que se traspasan a la Comunidad
Autónoma de Canarias se eleva a 592.793,15 euros. Dicha valoración será objeto de
revisión en los términos establecidos en el artículo 21.1 de la Ley 22/2009, de 18 de
diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades
Autónomas de régimen común y Ciudades con estatuto de Autonomía y se modifican
determinadas normas tributarias.
2. La financiación, en euros de 2022, que corresponde al coste efectivo anual de
los medios traspasados, se detalla en la relación adjunta número 4.
3. Transitoriamente, hasta tanto se produzca la revisión del Fondo de Suficiencia
Global como consecuencia de la incorporación al mismo del coste efectivo del traspaso,
este coste se financiará mediante la consolidación en la Sección 38 de los Presupuestos
Generales del Estado, de los créditos relativos a los distintos componentes de dicho
coste, por los importes que se determinen, susceptibles de actualización por los
mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos Generales del Estado.
H)
Documentación y expedientes de los servicios que se traspasan.
La entrega de la documentación relativa a los medios que se amplían se realizará en
el plazo de un mes desde la publicación del real decreto por el que se aprueba este
Acuerdo.
I)
Fecha de efectividad del traspaso.
El traspaso de funciones y servicios objeto de este Acuerdo tendrá efectividad a
partir del día 1 de enero de 2023.
Y para que conste, se expide la presente certificación en Santa Cruz de Tenerife,
a 27 de julio de 2022.–Los Secretarios de la Comisión Mixta de Transferencias, Jorge
García Carreño y María Luisa Risueño Díaz.
Medios patrimoniales que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Canarias
1.1
Vehículos que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Canarias
Matrícula
Modelo
Fecha
de matriculación
MMA-05834 FORD KUGA.
2020
MMA-01576 NISSAN TERRANO.
2002
cve: BOE-A-2022-14778
Verificable en https://www.boe.es
RELACIÓN NÚMERO 1