III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2022-14774)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Centro de Edafología y Biología Aplicada del Segura, para la elaboración y ejecución del programa de formación de formadores sobre las directrices científico-técnicas en aplicación del principio de "No causar un perjuicio significativo al medio ambiente" en el Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218
Sábado 10 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 125190
medio ambiente» en el Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en
regadíos, publicado en el BOE de 2 de diciembre de 2021.
El CEBAS-CSIC elaboró e hizo entrega de los siguientes documentos a la DGDRIFA,
según lo establecido en el citado acuerdo de encomienda:
1. Directrices científico-técnicas para establecimiento de sistemas de
monitorización por sensores del contenido de humedad del suelo.
2. Directrices científico-técnicas para el establecimiento de sistemas colectivos de
monitorización automática para el control y seguimiento de la calidad del agua de riego.
3. Directrices científico-técnicas de diseño, gestión y mantenimiento de medidas
para mitigar daños a la fauna en las balsas de riego e infraestructuras asociadas.
4. Directrices científico-técnicas para la ejecución y mantenimiento de estructuras
vegetales de conservación.
5. Programa de divulgación y formación en buenas prácticas agrarias.
Cuarto.
Las directrices científico-técnicas serán de aplicación en los proyectos del Plan
según las características y tipología de los mismos, si bien la número 5, relativa al
programa de divulgación y formación en buenas prácticas agrarias es de observancia
obligatoria en todos ellos, ya que el anexo III del convenio MAPA-SEIASA establece que
«el proyecto incorporará, dentro del anexo medioambiental, en todos los casos acciones
concretas de divulgación y formación en buenas prácticas agrícolas».
La Directriz 5 es la guía para que los redactores de proyectos den cumplimiento a
dicha medida e integren en cada proyecto las acciones de divulgación y formación
referidas, que se impartirán en la fase de ejecución por la correspondiente empresa
adjudicataria a los miembros de las comunidades de regantes.
Quinto.
– El ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en
materia de regadíos e infraestructuras rurales de interés general y, en particular, la
planificación, coordinación, ejecución, modernización y seguimiento de los planes de
regadíos y de sus instrumentos, y de las actuaciones de gestión, construcción, mejora y
difusión del Programa de Caminos Naturales.
– La realización, supervisión y control de estudios, proyectos y obras de su
competencia y las actuaciones de emergencia y de reparación de daños catastróficos, en
el ámbito de actuación del Departamento.
– La tutela de la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA) y la
coordinación de las relaciones institucionales y la actuación del Departamento en
relación con ésta.
– Cooperar con las Comunidades Autónomas y las entidades más representativas
en las materias antes señaladas, así como elaborar las propuestas que permitan
establecer la posición española sobre dichos asuntos ante la Unión Europea y otras
organizaciones o foros internacionales, y representar y actuar como interlocutor ante
dichas instancias internacionales, sin menoscabo de las competencias de otros órganos
directivos del Departamento.
cve: BOE-A-2022-14774
Verificable en https://www.boe.es
En el apartado 1 del artículo 5 del Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se
establecen entre las competencias de la Dirección General de Desarrollo Rural,
Innovación y Formación Agroalimentaria (DGDRIFA):
Núm. 218
Sábado 10 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 125190
medio ambiente» en el Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en
regadíos, publicado en el BOE de 2 de diciembre de 2021.
El CEBAS-CSIC elaboró e hizo entrega de los siguientes documentos a la DGDRIFA,
según lo establecido en el citado acuerdo de encomienda:
1. Directrices científico-técnicas para establecimiento de sistemas de
monitorización por sensores del contenido de humedad del suelo.
2. Directrices científico-técnicas para el establecimiento de sistemas colectivos de
monitorización automática para el control y seguimiento de la calidad del agua de riego.
3. Directrices científico-técnicas de diseño, gestión y mantenimiento de medidas
para mitigar daños a la fauna en las balsas de riego e infraestructuras asociadas.
4. Directrices científico-técnicas para la ejecución y mantenimiento de estructuras
vegetales de conservación.
5. Programa de divulgación y formación en buenas prácticas agrarias.
Cuarto.
Las directrices científico-técnicas serán de aplicación en los proyectos del Plan
según las características y tipología de los mismos, si bien la número 5, relativa al
programa de divulgación y formación en buenas prácticas agrarias es de observancia
obligatoria en todos ellos, ya que el anexo III del convenio MAPA-SEIASA establece que
«el proyecto incorporará, dentro del anexo medioambiental, en todos los casos acciones
concretas de divulgación y formación en buenas prácticas agrícolas».
La Directriz 5 es la guía para que los redactores de proyectos den cumplimiento a
dicha medida e integren en cada proyecto las acciones de divulgación y formación
referidas, que se impartirán en la fase de ejecución por la correspondiente empresa
adjudicataria a los miembros de las comunidades de regantes.
Quinto.
– El ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en
materia de regadíos e infraestructuras rurales de interés general y, en particular, la
planificación, coordinación, ejecución, modernización y seguimiento de los planes de
regadíos y de sus instrumentos, y de las actuaciones de gestión, construcción, mejora y
difusión del Programa de Caminos Naturales.
– La realización, supervisión y control de estudios, proyectos y obras de su
competencia y las actuaciones de emergencia y de reparación de daños catastróficos, en
el ámbito de actuación del Departamento.
– La tutela de la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA) y la
coordinación de las relaciones institucionales y la actuación del Departamento en
relación con ésta.
– Cooperar con las Comunidades Autónomas y las entidades más representativas
en las materias antes señaladas, así como elaborar las propuestas que permitan
establecer la posición española sobre dichos asuntos ante la Unión Europea y otras
organizaciones o foros internacionales, y representar y actuar como interlocutor ante
dichas instancias internacionales, sin menoscabo de las competencias de otros órganos
directivos del Departamento.
cve: BOE-A-2022-14774
Verificable en https://www.boe.es
En el apartado 1 del artículo 5 del Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se
establecen entre las competencias de la Dirección General de Desarrollo Rural,
Innovación y Formación Agroalimentaria (DGDRIFA):