II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2022-14763)
Resolución 452/38355/2022, de 6 de septiembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo y promoción, con titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 10 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 125108

Administraciones Públicas. Así mismo, indicarán, en su caso, las plazas a las que no se
puede optar por no cumplir los requisitos.
Los aspirantes omitidos y excluidos condicionales dispondrán de un plazo de diez
(10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución
en la dirección electrónica indicada, para subsanar la omisión o el defecto que haya
motivado la exclusión. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan encontrado errores en
la consignación de sus datos personales o deseen desistir del procedimiento podrán
manifestarlo en el mismo plazo. En ambos casos, los escritos de subsanación,
alegaciones y/o desistimientos se remitirán a la Dirección General de Reclutamiento y
Enseñanza Militar como se indica en el punto 2.2 de la base anterior.
Resueltas las alegaciones, reclamaciones o, en su caso, aceptados los
desistimientos, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar dictará una
resolución por la que se aprueben los listados definitivos de aspirantes admitidos y
excluidos.
Una vez publicado el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos al proceso
de selección y hasta la finalización del mismo, toda aportación de documentación,
solicitud de información o trámite se realizará a través de la Secretaría del Órgano de
Selección. Toda la documentación así generada y la electrónica que pudiera aportar la
persona interesada, se cursará al Presidente del Órgano de Selección de manera
individual con el mismo procedimiento señalado en el punto 2.2 de la base anterior.
En la dirección electrónica indicada anteriormente se publicará, junto con el listado
definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, la dirección SIMENDEF, la dirección postal
y el número de teléfono la Secretaría del Órgano de Selección.
Adicionalmente, los aspirantes podrán tener contacto con el Órgano de Selección a
través de las direcciones de correo citadas en la base cuarta. El contenido de los correos
tiene una finalidad informativa, careciendo de cualquier eficacia administrativa como
argumento en recursos, peticiones o reclamaciones.
Sexta. Órganos de Selección, Tribunal Médico Militar de Apelación y Secretaría de
Procesos de Selección.
Para el desarrollo y resolución de los procesos de selección de esta convocatoria se
constituye el Órgano de Selección que se establece en el apéndice 4.
La indemnización por residencia eventual o por gastos de viaje que pudiera
corresponder a este personal correrá a cargo de la Subdirección General de
Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial
Disponibilidad.
Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Órgano de Selección según lo
señalado en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del
Sector Público, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la
citada Ley y lo previsto en el artículo 13 del Reglamento.
Como órganos asesores y de apoyo, dependientes del Órgano de Selección, se
constituirá una Junta de Reconocimiento Médico y una Junta de Educación Física, y se
nombrarán asesores en la prueba de lengua inglesa y en aquellas otras materias que se
consideren. Igualmente, se constituirá una Secretaría para la gestión de cada proceso de
selección.
Se constituirá un Tribunal Médico Militar de Apelación, con la finalidad de resolver las
revisiones de los resultados del reconocimiento médico que los aspirantes,
expresamente, pudieran solicitar ante el órgano de selección. Su composición se
establece en el apéndice 4.
Finalmente, existirán diversos órganos de apoyo de carácter técnico, administrativo o
de servicios, que contribuirán al correcto desarrollo del proceso de selección.
La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar será el órgano
responsable del desarrollo del proceso de selección, de la aprobación y publicación de
las listas de admitidos y excluidos a las pruebas y de la relación de los aspirantes
propuestos para ingresar como alumnos o alumnas en los centros docentes militares de

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