III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Copa América. (BOE-A-2022-14773)
Orden PCM/861/2022, de 8 de septiembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de septiembre de 2022, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento de entrada y permanencia de nacionales de terceros países que participan profesionalmente en la 37.ª Copa América de Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 10 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 125183

También se estima que la celebración del evento significará un impulso al
emprendimiento con la creación de 1000 nuevas empresas y spin-off que vendrán a
reforzar el marco empresarial en Barcelona y toda su área, siguiendo la estela de
explosión de actividades de I+D+i que acompañaron la celebración de la Copa América
de Valencia en 2007.
Por otro lado, cabe añadir que las personas participantes en la Copa América son
mayoritariamente nacionales de terceros países no miembros de la Unión Europea, que
contribuyen con el desarrollo de sus actividades profesionales a la internacionalización
de la economía española. Sus perfiles son diversos, e incluyen, entre otros, a
profesionales de la ingeniería, perfiles técnicos, navegantes, profesionales de la
comunicación y la logística, así como regatistas, profesionales de la medicina deportiva,
de la náutica y de la gestión de grandes eventos internacionales.
Las figuras contempladas en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los
emprendedores y su internacionalización, si bien pueden en algunos casos coincidir con
algunos de los perfiles profesionales que participan en la Copa América, no son
suficientes para alcanzar la diversidad de los perfiles participantes y las características
de los traslados junto con sus familias que se prevén desde el inicio de las tareas
preparatorias de la competición.
Tampoco las instrucciones adoptadas por Acuerdo de Consejo de ministros, en su
reunión del día 15 de julio de 2005, por las que se determina el procedimiento para
autorizar la residencia y el desarrollo de actividades laborales deportivas profesionales
por extranjeros son de aplicación a regatistas que participan en la competición. De
hecho, estas instrucciones sólo son de aplicación para entrenadoras, entrenadores y
deportistas que participen en las siguientes competiciones deportivas: baloncesto, fútbol,
ciclismo, balonmano y voleibol.
Los preparativos de esta competición requieren, por su parte, que la mayor parte de
las personas implicadas en la celebración de la competición empiecen a llegar y a residir
en España con una antelación de dos años previos a esta. La preparación incluye, no
sólo los entrenamientos, sino también la construcción y adecuación de los veleros a las
condiciones del mar.
Adicionalmente, una vez finalizado el evento deportivo, previsiblemente a finales
de 2024, la desmantelación de las instalaciones y otras actividades accesorias requieren
la presencia de profesionales que entran en el ámbito de aplicación de estas
instrucciones hasta el 30 de abril de 2025, fecha que se establece como límite para la
validez de las autorizaciones de residencia y sus renovaciones.
La disposición final undécima de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a
los emprendedores y su internacionalización, establece que, de acuerdo con la
evaluación del informe sobre la aplicación de la sección 2.ª del título V de dicha ley, el
Consejo de Ministros podrá aprobar instrucciones por las que se establezca el
procedimiento de entrada y permanencia por motivos económicos de interés nacional en
supuestos no previstos específicamente en dicha ley.
En desarrollo de esta disposición, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, de forma conjunta con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el
Ministerio de Cultura y Deporte y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital, debido a los motivos económicos de interés nacional más arriba mencionados,
han elaborado las presentes Instrucciones con el fin de regular el procedimiento de
entrada y permanencia en España de extranjeros y nacionales de terceros países que
participan profesionalmente en la 37.ª Copa América de Barcelona.
Estas instrucciones articulan una vía para permitir que nacionales de terceros países
puedan venir a residir y ejercer su actividad profesional durante la preparación y
celebración de la 37.ª Copa América de Barcelona a través de un procedimiento ágil y
sencillo.
Además, es necesario habilitar la posibilidad de que las personas participantes
puedan permanecer en España con sus cónyuges o parejas con análoga relación de

cve: BOE-A-2022-14773
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Núm. 218