III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Becas. (BOE-A-2022-14751)
Acuerdo de 13 de julio de 2022, de la Mesa del Congreso de los Diputados, por el que se convocan becas para la formación práctica de licenciados universitarios con conocimientos especializados en la Unión Europea y el sistema constitucional y parlamentario español.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217
Viernes 9 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124750
Cámara; el Secretario General del Congreso de los Diputados o persona en quien
delegue; el Director de Estudios, Análisis y Publicaciones y el Letrado de las Cortes
Generales ante la Unión Europea, que actuará como secretario. Los acuerdos se
adoptarán por mayoría de votos. Se levantará acta de los acuerdos, con la firma del
Secretario y el Visto Bueno de su Presidente.
Cuarta. Condiciones de los solicitantes.
1. Pueden solicitar la concesión de beca los Licenciados o Graduados
universitarios, o título equivalente, españoles o de otros países miembros de la Unión
Europea, que reúnan las siguientes condiciones:
a) Haber obtenido la licenciatura, grado o título equivalente con posterioridad al 1
de enero de 2019, y acreditar documentalmente esta circunstancia. En el caso de
titulaciones extranjeras, se acompañará equivalencia de la titulación en el sistema
español de educación superior.
b) Acreditar preparación teórica específica en materias relacionadas con los
órganos o actividades de la Unión Europea y el sistema constitucional y parlamentario
español y, en su caso, experiencia práctica sobre tales materias.
c) No haber disfrutado de otra beca del Congreso de los Diputados o del Senado.
d) Poseer una competencia suficiente en lengua castellana y en lengua inglesa,
como mínimo, y en otras lenguas de países miembros de la Unión Europea.
e) Haber nacido después del 1 de enero de 1992.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes deberán reunir
las condiciones psicofísicas requeridas para la realización efectiva de las prácticas, y no
deberán haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado
o de cualquier ente territorial.
Quinta.
Solicitudes.
a) Expediente universitario y formación académica adicional en los ámbitos de las
ciencias jurídicas, humanidades o políticas. Hasta un máximo de 9 puntos.
b) Idiomas inglés, francés u otras lenguas oficiales de la Unión Europea,
excluyendo el español. Solo se valorarán los certificados de centros oficiales que
acrediten nivel alcanzado dentro del Marco Común de referencia para las lenguas. Hasta
un máximo de 4 puntos.
c) Otros méritos relacionados con el objeto de la beca. Hasta un máximo de 4
puntos.
cve: BOE-A-2022-14751
Verificable en https://www.boe.es
1. Los solicitantes deben presentar una instancia según el modelo oficial anexo a
esta convocatoria dirigida a la Secretaría General del Congreso de los Diputados, dentro
de los quince días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el
«Boletín Oficial del Estado», en la Secretaría de la Dirección de Estudios, Análisis y
Publicaciones del Congreso de los Diputados (calle de Floridablanca, s/n, primera
ampliación, 2.ª planta, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario
de 10 a 14 horas, de lunes a viernes, o bien, remitirla por correo certificado, con
constancia indubitada de la fecha de remisión y envío por e-mail
(secretaria.estudios@congreso.es), del nombre del solicitante, DNI o pasaporte, fecha
del envío y número de certificado de correos.
2. La instancia deberá cumplimentarse exclusivamente en el modelo que figura en
el anexo, con letra clara y legible, y con expresión de los méritos que concurran en el
candidato, y se acompañará necesariamente de copia del documento nacional de
identidad o pasaporte.
3. El Jurado hará la selección entre los candidatos admitidos, conforme a los
siguientes criterios:
Núm. 217
Viernes 9 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124750
Cámara; el Secretario General del Congreso de los Diputados o persona en quien
delegue; el Director de Estudios, Análisis y Publicaciones y el Letrado de las Cortes
Generales ante la Unión Europea, que actuará como secretario. Los acuerdos se
adoptarán por mayoría de votos. Se levantará acta de los acuerdos, con la firma del
Secretario y el Visto Bueno de su Presidente.
Cuarta. Condiciones de los solicitantes.
1. Pueden solicitar la concesión de beca los Licenciados o Graduados
universitarios, o título equivalente, españoles o de otros países miembros de la Unión
Europea, que reúnan las siguientes condiciones:
a) Haber obtenido la licenciatura, grado o título equivalente con posterioridad al 1
de enero de 2019, y acreditar documentalmente esta circunstancia. En el caso de
titulaciones extranjeras, se acompañará equivalencia de la titulación en el sistema
español de educación superior.
b) Acreditar preparación teórica específica en materias relacionadas con los
órganos o actividades de la Unión Europea y el sistema constitucional y parlamentario
español y, en su caso, experiencia práctica sobre tales materias.
c) No haber disfrutado de otra beca del Congreso de los Diputados o del Senado.
d) Poseer una competencia suficiente en lengua castellana y en lengua inglesa,
como mínimo, y en otras lenguas de países miembros de la Unión Europea.
e) Haber nacido después del 1 de enero de 1992.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes deberán reunir
las condiciones psicofísicas requeridas para la realización efectiva de las prácticas, y no
deberán haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado
o de cualquier ente territorial.
Quinta.
Solicitudes.
a) Expediente universitario y formación académica adicional en los ámbitos de las
ciencias jurídicas, humanidades o políticas. Hasta un máximo de 9 puntos.
b) Idiomas inglés, francés u otras lenguas oficiales de la Unión Europea,
excluyendo el español. Solo se valorarán los certificados de centros oficiales que
acrediten nivel alcanzado dentro del Marco Común de referencia para las lenguas. Hasta
un máximo de 4 puntos.
c) Otros méritos relacionados con el objeto de la beca. Hasta un máximo de 4
puntos.
cve: BOE-A-2022-14751
Verificable en https://www.boe.es
1. Los solicitantes deben presentar una instancia según el modelo oficial anexo a
esta convocatoria dirigida a la Secretaría General del Congreso de los Diputados, dentro
de los quince días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el
«Boletín Oficial del Estado», en la Secretaría de la Dirección de Estudios, Análisis y
Publicaciones del Congreso de los Diputados (calle de Floridablanca, s/n, primera
ampliación, 2.ª planta, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario
de 10 a 14 horas, de lunes a viernes, o bien, remitirla por correo certificado, con
constancia indubitada de la fecha de remisión y envío por e-mail
(secretaria.estudios@congreso.es), del nombre del solicitante, DNI o pasaporte, fecha
del envío y número de certificado de correos.
2. La instancia deberá cumplimentarse exclusivamente en el modelo que figura en
el anexo, con letra clara y legible, y con expresión de los méritos que concurran en el
candidato, y se acompañará necesariamente de copia del documento nacional de
identidad o pasaporte.
3. El Jurado hará la selección entre los candidatos admitidos, conforme a los
siguientes criterios: