III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-14719)
Resolución de 30 de agosto de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación ONCE, para la organización de actividades en el marco de la programación de la temporada 2022-2023 del Centro Dramático Nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124588
– Programación del espectáculo Lectura fácil, que tendrá lugar en el Teatro Valle
Inclán de Madrid entre el 18 noviembre de 2022 y el 8 enero de 2023.
– Organización del Taller Dramout, que tendrán lugar en el Centro Dramático
Nacional entre el 8 y el 10 de noviembre de 2022.
Del presente convenio no se deriva ningún impacto ni compromiso económico para el
INAEM.
Fundación ONCE correrá con los siguientes gastos:
– Gastos derivados de los servicios de accesibilidad de todas las funciones del
espectáculo Madre de azúcar, hasta una cantidad máxima de seis mil cuatrocientos
veinte euros (6.420 €) + 10 % IVA.
– Gastos derivados de los servicios de accesibilidad de dos (2) funciones del
espectáculo La cabeza del dragón, hasta una cantidad máxima de mil setecientos
sesenta euros (1.760 €) + 10 % IVA.
– Gastos derivados de los servicios de accesibilidad de dos (2) funciones del
espectáculo Lectura fácil, hasta una cantidad máxima de mil setecientos sesenta euros
(1.760 €) + 10 % IVA.
– Gastos derivados de la organización del Taller Dramout, hasta una cantidad
máxima de tres mil euros (3.000 €) + 10 % IVA.
La estimación económica de la participación de la Fundación ONCE se cuantifica en
un máximo de catorce mil quinientos euros (14.500 €), IVA incluido.
Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
Para el cumplimiento de los compromisos asumidos en virtud de la presente
cláusula, la Fundación ONCE podrá contratar tanto con empresas externas como con las
empresas pertenecientes a ILUNION que considere convenientes.
Dado que los fondos aplicados a dichas contrataciones celebradas por la Fundación
ONCE van a provenir de forma directa de la aportación efectuada por la misma con
cargo al presente convenio, en ningún caso podrán considerarse como aportación
propia, ni en todo ni en parte, del INAEM.
En consecuencia, atendiendo a la naturaleza privada de la Fundación ONCE, dichas
contrataciones se regirán por los principios del Derecho privado, sin que les resulten de
aplicación a las mismas los principios de contratación pública recogidos en la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Tercera. Ingresos.
El INAEM ingresará en su cuenta el 100 % de la recaudación de taquilla
correspondiente a las Actividades descritas en el presente Convenio, siendo el
responsable de las liquidaciones con las Sociedades de Gestión que corresponda.
Las partes se comprometen a destacar su colaboración y participación en las
Actividades, incluyendo sus respectivos logotipos en cuantos medios se utilicen para su
promoción y difusión (inserciones en prensa y televisiones, redes sociales, páginas web,
programas, folletos, comunicaciones, etc.), así como en las actividades y en la
documentación que se genere como consecuencia del desarrollo de las Actividades,
respetando, en todo caso, el logotipo y directrices de imagen externa que cada parte
indique. Igualmente, las partes se comprometen a incluir en dichas actuaciones el
nombre y logotipo del INAEM.
A tales efectos, las partes facilitarán los elementos gráficos y de imagen
correspondiente a su identidad corporativa, que sólo podrán ser utilizados con tal
exclusiva finalidad.
cve: BOE-A-2022-14719
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta. Difusión de la colaboración.
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124588
– Programación del espectáculo Lectura fácil, que tendrá lugar en el Teatro Valle
Inclán de Madrid entre el 18 noviembre de 2022 y el 8 enero de 2023.
– Organización del Taller Dramout, que tendrán lugar en el Centro Dramático
Nacional entre el 8 y el 10 de noviembre de 2022.
Del presente convenio no se deriva ningún impacto ni compromiso económico para el
INAEM.
Fundación ONCE correrá con los siguientes gastos:
– Gastos derivados de los servicios de accesibilidad de todas las funciones del
espectáculo Madre de azúcar, hasta una cantidad máxima de seis mil cuatrocientos
veinte euros (6.420 €) + 10 % IVA.
– Gastos derivados de los servicios de accesibilidad de dos (2) funciones del
espectáculo La cabeza del dragón, hasta una cantidad máxima de mil setecientos
sesenta euros (1.760 €) + 10 % IVA.
– Gastos derivados de los servicios de accesibilidad de dos (2) funciones del
espectáculo Lectura fácil, hasta una cantidad máxima de mil setecientos sesenta euros
(1.760 €) + 10 % IVA.
– Gastos derivados de la organización del Taller Dramout, hasta una cantidad
máxima de tres mil euros (3.000 €) + 10 % IVA.
La estimación económica de la participación de la Fundación ONCE se cuantifica en
un máximo de catorce mil quinientos euros (14.500 €), IVA incluido.
Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
Para el cumplimiento de los compromisos asumidos en virtud de la presente
cláusula, la Fundación ONCE podrá contratar tanto con empresas externas como con las
empresas pertenecientes a ILUNION que considere convenientes.
Dado que los fondos aplicados a dichas contrataciones celebradas por la Fundación
ONCE van a provenir de forma directa de la aportación efectuada por la misma con
cargo al presente convenio, en ningún caso podrán considerarse como aportación
propia, ni en todo ni en parte, del INAEM.
En consecuencia, atendiendo a la naturaleza privada de la Fundación ONCE, dichas
contrataciones se regirán por los principios del Derecho privado, sin que les resulten de
aplicación a las mismas los principios de contratación pública recogidos en la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Tercera. Ingresos.
El INAEM ingresará en su cuenta el 100 % de la recaudación de taquilla
correspondiente a las Actividades descritas en el presente Convenio, siendo el
responsable de las liquidaciones con las Sociedades de Gestión que corresponda.
Las partes se comprometen a destacar su colaboración y participación en las
Actividades, incluyendo sus respectivos logotipos en cuantos medios se utilicen para su
promoción y difusión (inserciones en prensa y televisiones, redes sociales, páginas web,
programas, folletos, comunicaciones, etc.), así como en las actividades y en la
documentación que se genere como consecuencia del desarrollo de las Actividades,
respetando, en todo caso, el logotipo y directrices de imagen externa que cada parte
indique. Igualmente, las partes se comprometen a incluir en dichas actuaciones el
nombre y logotipo del INAEM.
A tales efectos, las partes facilitarán los elementos gráficos y de imagen
correspondiente a su identidad corporativa, que sólo podrán ser utilizados con tal
exclusiva finalidad.
cve: BOE-A-2022-14719
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta. Difusión de la colaboración.