III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-14718)
Resolución de 28 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para los años 2022 a 2025 del Convenio colectivo de Servicios Integrales de Fincas Urbanas de Madrid, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124585
acuerdos y convenios colectivos a que se refiere el artículo 83.2 no podrán disponer de
la prioridad aplicativa prevista en este apartado.”»
Teniendo en cuenta que SIFU Madrid es un Centro Especial de Empleo de iniciativa
social, corresponde hace un encuadramiento ajustado a Derecho con respecto el
convenio colectivo sectorial para centros especiales de empleo, garantizando los
derechos de las personas trabajadoras. Así las cosas, se decide establecer la siguiente
equiparación:
Grupo I y II Convenio SIFU Madrid = Grupo II Convenio CEE Sectorial.
Grupo III y IV Convenio SIFU Madrid = Grupo III Convenio CEE Sectorial (técnico
Auxiliar).
Grupo V y IV Convenio SIFU Madrid = Grupo IV Convenio CEE Sectorial.
Segundo.
Tablas salariales para los años 2022 a 2025: retribuciones anuales.
Grupo Año 2022 Año 2023
Año 2024
Año 2025
I
15.000
15.300
15.606
15.918,12
II
14.500
14.790
15.085,8
15.085,8
III
14.500
14.790
15.085,8
15.085,8
IV
14.000
14.382
14.669,64 14.963,03
V
14.000
14.180
14.669,64 14.963,03
VI
14.000
14.180
14.565,6
14.856,91
Tercero.
cve: BOE-A-2022-14718
Verificable en https://www.boe.es
Se designa a don Alberto Martín Aguilar como persona encargada para el registro de
la presente documentación en el REGCON.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124585
acuerdos y convenios colectivos a que se refiere el artículo 83.2 no podrán disponer de
la prioridad aplicativa prevista en este apartado.”»
Teniendo en cuenta que SIFU Madrid es un Centro Especial de Empleo de iniciativa
social, corresponde hace un encuadramiento ajustado a Derecho con respecto el
convenio colectivo sectorial para centros especiales de empleo, garantizando los
derechos de las personas trabajadoras. Así las cosas, se decide establecer la siguiente
equiparación:
Grupo I y II Convenio SIFU Madrid = Grupo II Convenio CEE Sectorial.
Grupo III y IV Convenio SIFU Madrid = Grupo III Convenio CEE Sectorial (técnico
Auxiliar).
Grupo V y IV Convenio SIFU Madrid = Grupo IV Convenio CEE Sectorial.
Segundo.
Tablas salariales para los años 2022 a 2025: retribuciones anuales.
Grupo Año 2022 Año 2023
Año 2024
Año 2025
I
15.000
15.300
15.606
15.918,12
II
14.500
14.790
15.085,8
15.085,8
III
14.500
14.790
15.085,8
15.085,8
IV
14.000
14.382
14.669,64 14.963,03
V
14.000
14.180
14.669,64 14.963,03
VI
14.000
14.180
14.565,6
14.856,91
Tercero.
cve: BOE-A-2022-14718
Verificable en https://www.boe.es
Se designa a don Alberto Martín Aguilar como persona encargada para el registro de
la presente documentación en el REGCON.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X